{"id":105608,"date":"2020-07-31T07:09:48","date_gmt":"2020-07-31T10:09:48","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=105608"},"modified":"2020-07-31T07:09:48","modified_gmt":"2020-07-31T10:09:48","slug":"mucho-se-debe-discutir-sobre-la-corte","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/mucho-se-debe-discutir-sobre-la-corte\/","title":{"rendered":"Mucho se debe discutir sobre la Corte"},"content":{"rendered":"<p>La oposici\u00f3n pol\u00edtica y medi\u00e1tica le baja el precio a la Reforma Judicial anunciada por el presidente Alberto Fern\u00e1ndez. En particular desacredita con sa\u00f1a al Consejo Consultivo\u00a0 (\u00abel Consejo\u00bb en adelante). Sin embargo, la agenda del Consejo abarca una cantidad de temas relevantes y necesarios.<\/p>\n<p>Contra lo que vocifera la Vulgata, el n\u00famero de integrantes de la Corte Suprema no es el \u00fanico \u00edtem ni el principal. Solo para empezar, los juristas deber\u00e1n expedirse sobre el Consejo de la Magistratura, la quinta rueda del carro que jam\u00e1s funcion\u00f3 bien. Sobre el Ministerio P\u00fablico. Sobre el juicio por jurados, instituci\u00f3n democr\u00e1tica establecida en la Constituci\u00f3n de 1853. Todav\u00eda no se puso en pr\u00e1ctica en la Naci\u00f3n aunque hay experiencias interesantes en muchas provincias.<\/p>\n<p>Proponer mejoras sobre esos temas es factible. Tal vez relativamente sencillo porque actualmente dejan mucho que desear.<\/p>\n<p>La Corte Suprema necesita aggiornarse. Interviene en demasiados pleitos,\u00a0 tarda horrores en dictar sentencias. No hay ninguna norma que determine un plazo m\u00e1ximo para que se pronuncie. Para sacarse juicios de encima rechaza una cantidad pasmosa sin fundamentos. Dichas carencias son reconocidas hasta por los propios cortesanos.<\/p>\n<p>**<\/p>\n<p>Una ley con telara\u00f1as:\u00a0Carradas de litigios llegan a la Corte por v\u00eda del recurso extraordinario regulado por la ley 48 del a\u00f1o 1863. Una ley puede ser modificada por otra, esta antigualla clama por pasar a archivo. La vetusta la ley 48 fue objeto de sucesivas interpretaciones. Una tendencia irrefrenable ampli\u00f3 la posibilidad de llegar al M\u00e1ximo tribunal invocando arbitrariedad de sentencias o de decisiones definitivas. Se considera arbitraria, definamos mal y pronto, aquella resoluci\u00f3n que es producto solo del capricho del sentenciante y no derivaci\u00f3n razonada del derecho vigente. A fuer de irrazonable se torna inconstitucional. Las partes lo plantean, la Corte tiene resolverlo.<\/p>\n<p>La cifra de expedientes que llegan por esa v\u00eda aumenta exponencialmente seg\u00fan pasan los a\u00f1os. Ni los actuales cinco Supremos ni siete ni nueve da(r\u00eda)n abasto para estudiar y resolver todos en un tiempo sensato. . . Reescribamos el proverbio jur\u00eddico:\u00a0la Corte lenta no es justicia o no la imparte.<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1l ser\u00eda un t\u00e9rmino razonable para expedirse? No est\u00e1 escrito en ninguna norma. A diferencia de lo que ocurre con todos los magistrados de la Argentina para los cortesanos no hay ley que determine un plazo en el que deben pronunciarse.<\/p>\n<p>El juez supremo Horacio Rosatti se autoimpuso preparar sus votos en un lapso m\u00e1ximo de noventa d\u00edas h\u00e1biles. Dice cumplirlos pero su ejemplo no cunde. Su criterio, elogiable, vale solo como imperativo kantiano individual que no obliga a nadie legalmente\u2026 ni siquiera al doctor Rosatti.<\/p>\n<p>**<\/p>\n<p>El nefasto 280:\u00a0La laxitud con que se conceden recursos extraordinarios hace llegar a la Corte reclamos poco serios, de modo torrencial. Una de las labores cotidianas del tribunal es desembarazarse de la sobrecarga. A menudo lo hace de un modo dr\u00e1stico, infundado, inconstitucional si se lo mira con severidad. Rechaza expedientes invocando el art\u00edculo 280 del C\u00f3digo Procesal. Estas decisiones no se fundamentan: apenas se expresa en cuatro renglones que el recurso no re\u00fane los requisitos exigidos por la ley. En jerga, se apoda \u201cplancha\u201d (sin\u00f3nimo de \u201csello de goma\u201d) a ese modo de terminar el proceso.<\/p>\n<p>La Corte incurre diariamente en una violaci\u00f3n del derecho de defensa en juicio.<\/p>\n<p>Entre los motivos m\u00e1s absurdos para descartar recursos est\u00e1 exceder la extensi\u00f3n m\u00e1xima de los escritos, usar (u omitir) determinado tama\u00f1o de la letra. Tambi\u00e9n el tipo de papel que us\u00f3 el abogado puede tronchar la suerte de un recurso.<\/p>\n<p>**<\/p>\n<p>Don Kafka, lo est\u00e1n llamando:\u00a0En el af\u00e1n imposible de frenar la avalancha de expedientes la Corte determin\u00f3 l\u00edmites. Sin sentencia definitiva, en general, no procede el recurso extraordinario.<\/p>\n<p>Surge un problema de segunda generaci\u00f3n, producto de la astucia de los litigantes conjurado con la transigencia de jueces y camaristas. O de complicidades lisas y llanas. Una medida cautelar es provisoria\u2026 en principio. Pero si se eterniza causa efectos tan duraderos o graves como una sentencia. Clar\u00edn consigui\u00f3 con ese mecanismo paralizar la Ley de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisual (LSdCA).<\/p>\n<p>Las prisiones preventivas son las cautelares m\u00e1s c\u00e9lebres y preocupantes. Seg\u00fan la ley son admisibles para plazos breves, acotados cuanto menos. Se las prolonga convirti\u00e9ndolas en condenas anticipadas.<\/p>\n<p>No hace falta referirse a presos famosos, personajes p\u00fablicos. Hace unos a\u00f1os lleg\u00f3 a conocimiento del Corte el expediente de Jorge Gonz\u00e1lez Nieva. Un hombre com\u00fan acusado de un homicidio que pas\u00f3 entre rejas durante doce a\u00f1os sin condena. Tribunales inferiores jalonaron esa enormidad. La Corte sum\u00f3 su cuota; estuvo m\u00e1s de tres a\u00f1os sin dignarse resolver. La pena m\u00ednima por homicidio son ocho a\u00f1os, Gonz\u00e1lez Nieva ya la ten\u00eda padecida con creces sin haber sido declarado culpable. El ejemplo es uno, desconocido\u2026 representa una regla.<\/p>\n<p>**<\/p>\n<p>Para seguir charlando:\u00a0Ojo con la reformas, arguye la oposici\u00f3n real. Pueden venir con el cuchillo bajo el poncho. Vale la pena ser precavido, claro. Tambi\u00e9n intervenir en los debates, confiar en el di\u00e1logo democr\u00e1tico.<\/p>\n<p>Las contradicciones desnudan al discurso de la opo. Se fascinaron cuando se col\u00f3 en el sistema penal la figura del \u201carrepentido\u201d, mal seud\u00f3nimo de \u201cdelincuente delator premiado\u201d. Ante la perspectiva de trabajar una reforma general de un Poder estatal que funciona p\u00e9simo gritan para aturdir.<\/p>\n<p>Las personas designadas son prestigiosas. Cualquier lista de ese tipo es controvertible. Por ejemplo quien firma esta nota deplora que no haya abogados laboralistas ni especialistas en derecho previsional. Muchos litigantes lo son, muchos lo ser\u00e1n en los pr\u00f3ximos a\u00f1os de malaria. El derecho penal centraliza demasiadas miradas, en los medios y en los decisores.<\/p>\n<p>El Consejo es consultivo, no decidir\u00e1 nada ni suplir\u00e1 a otros poderes. La pol\u00e9mica comienza, una oportunidad para quien quiera emprenderla de buena fe. En su momento, dentro de varios meses, quiz\u00e1s el a\u00f1o pr\u00f3ximo, el material que produzca el Consejo llegar\u00e1 al Congreso. Un trayecto racional, no atolondrado, no asfixiante. Quien quiera o\u00edr que oiga y quien quiera aullar que a\u00falle<\/p>\n<p>Por\u00a0Mario Wainfeld<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La oposici\u00f3n pol\u00edtica y medi\u00e1tica le baja el precio a la Reforma Judicial anunciada por el presidente Alberto Fern\u00e1ndez. En particular desacredita con sa\u00f1a al Consejo Consultivo\u00a0 (\u00abel Consejo\u00bb en adelante). Sin embargo, la agenda del Consejo abarca una cantidad de temas relevantes y necesarios.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":105609,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[21],"class_list":["post-105608","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opiniones","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105608","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=105608"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105608\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/105609"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=105608"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=105608"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=105608"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}