{"id":112270,"date":"2021-02-11T05:13:52","date_gmt":"2021-02-11T08:13:52","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=112270"},"modified":"2021-02-10T19:25:09","modified_gmt":"2021-02-10T22:25:09","slug":"santa-fe-que-dice-el-proyecto-del-ejecutivo-sobre-declaraciones-juradas-de-los-funcionarios-publicos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/santa-fe-que-dice-el-proyecto-del-ejecutivo-sobre-declaraciones-juradas-de-los-funcionarios-publicos\/","title":{"rendered":"Santa Fe: Qu\u00e9 dice el proyecto del Ejecutivo sobre declaraciones juradas de los funcionarios p\u00fablicos"},"content":{"rendered":"<p>Se pretende renovar el sistema vigente. Plantea que las declaraciones juradas tambi\u00e9n deber\u00e1n incluir los bienes del c\u00f3nyuge del funcionario y de sus hijos. Cualquier persona que quiera acceder al contenido podr\u00e1 hacerlo.<\/p>\n<p>El Poder Ejecutivo provincial ingres\u00f3 su propio proyecto para renovar el sistema vigente de presentaci\u00f3n de declaraciones juradas de los funcionarios p\u00fablicos. Lo hizo a trav\u00e9s de la C\u00e1mara de Diputados, donde d\u00edas atr\u00e1s, el bloque de Juntos de por el Cambio y otros legisladores radicales m\u00e1s Amalia Granata, tambi\u00e9n presentaron una iniciativa similar.<\/p>\n<p>El mensaje que lleva la firma de\u00a0Omar Perotti\u00a0exige que la declaraci\u00f3n jurada sea presentada dentro de los treinta d\u00edas h\u00e1biles de la asunci\u00f3n en sus cargos. La informaci\u00f3n deber\u00e1 ser actualizada de manera anual, y renovada una vez m\u00e1s, treinta d\u00edas antes de dejar el lugar que se ocupa.<\/p>\n<p>El segundo art\u00edculo establece que\u00a0deber\u00e1n presentarla: gobernador y vice, senadores y diputados provinciales, ministros, procurador y dem\u00e1s magistrados del Poder Judicial. Tambi\u00e9n, vocales del Tribunal de Cuentas, magistrados del Ministerio P\u00fablico de la Acusaci\u00f3n, defensor del Pueblo y adjuntos; ministros, secretarios, fiscal de Estado, secretarios ministeriales y subsecretarios, al s\u00edndico de la provincia, miembros de las sociedades del Estado, directores\/as, subdirectores\/as, administradores\/as.<\/p>\n<p>Asimismo, jefe\/a y subjefe\/a de polic\u00eda, miembros de la plana mayor, director de Drogas Peligrosas, jefes de las unidades regionales; directores de los hospitales, y personal docente jerarquizado. Excluye a intendentes, concejales y jefes comunales.<\/p>\n<p>Bienes de los familiares<br \/>\nEl proyecto de ley del Gobierno plantea que las declaraciones juradas tambi\u00e9n deber\u00e1n incluir\u00a0los bienes del c\u00f3nyuge del funcionario y de sus hijos. Se deber\u00e1n incorporar bienes inmuebles y muebles, capital invertido en t\u00edtulos o acciones, dep\u00f3sitos bancarios, cr\u00e9ditos o deudas hipotecarias, ingresos y egresos derivados del trabajo en relaci\u00f3n de dependencia o ejercicio de actividades, o derivados de retiros o jubilaciones. Las declaraciones quedar\u00e1n depositadas en la Escriban\u00eda General de Gobierno y una copia estar\u00e1 a disposici\u00f3n de la Comisi\u00f3n Provincial de \u00c9tica P\u00fablica.<\/p>\n<p>El funcionario que no presente su declaraci\u00f3n jurada en tiempo y forma,\u00a0ser\u00e1 sancionado, previa intimaci\u00f3n, con la suspensi\u00f3n del cobro de sus haberes. En caso de que al egresar de la funci\u00f3n p\u00fablica todav\u00eda no la haya presentado, estar\u00e1 impedido de ocupar otros cargos, hasta tanto no cumpla con ese postulado.<\/p>\n<p>En el Bolet\u00edn Oficial<br \/>\nEl listado de declaraciones juradas, con indicaci\u00f3n del nombre de los funcionarios respectivos, deber\u00e1 ser publicado en el Bolet\u00edn Oficial. En tanto,\u00a0cualquier persona que quiera acceder al contenido de esas declaraciones podr\u00e1 hacerlo, siempre que lo solicite formalmente. \u00c9sta es una diferencia sustancial respecto del sistema que rige en la actualidad; hoy por hoy, los funcionarios entregan sus declaraciones en sobre cerrado al Escribano Mayor de Gobierno y esa informaci\u00f3n es pr\u00e1cticamente inaccesible.<\/p>\n<p>Para obtener una copia del listado patrimonial de un funcionario, el interesado deber\u00e1 presentar una\u00a0solicitud por escrito\u00a0en la que se indique nombre y apellido, documento, ocupaci\u00f3n y domicilio. Tambi\u00e9n deber\u00e1 consignar el objeto que motiva la petici\u00f3n y el destino que se dar\u00e1 al informe.<\/p>\n<p>Quien acceda a una declaraci\u00f3n no podr\u00e1 utilizarla con ning\u00fan prop\u00f3sito ilegal. Tampoco podr\u00e1 usarla con fines comerciales. Todo uso ilegal de una declaraci\u00f3n jurada ser\u00e1 pasiva de sanci\u00f3n de multa; sin perjuicio de las responsabilidades de otra naturaleza que pudieran corresponder.<\/p>\n<h6>FUente: Sin Mordaza<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se pretende renovar el sistema vigente. Plantea que las declaraciones juradas tambi\u00e9n deber\u00e1n incluir los bienes del c\u00f3nyuge del funcionario y de sus hijos. 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