{"id":112865,"date":"2021-03-08T06:18:12","date_gmt":"2021-03-08T09:18:12","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=112865"},"modified":"2021-03-08T06:18:12","modified_gmt":"2021-03-08T09:18:12","slug":"el-fmigate-pone-en-el-banquillo-a-macri-con-sus-economistas","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/el-fmigate-pone-en-el-banquillo-a-macri-con-sus-economistas\/","title":{"rendered":"El FMIgate pone en el banquillo a Macri con sus economistas"},"content":{"rendered":"<p>Alberto Fern\u00e1ndez impuls\u00f3 una medida in\u00e9dita para un Presidente en democracia: no s\u00f3lo investigar la deuda externa y la fuga de esos d\u00f3lares, sino tambi\u00e9n iniciar una querella criminal para los responsables. Falsa comparaci\u00f3n de economistas medi\u00e1ticos con la causa judicial \u00abd\u00f3lar futuro\u00bb. Al Capone cay\u00f3 por evasi\u00f3n impositiva, no por sus peores delitos.<br \/>\nPor\u00a0Alfredo Zaiat<\/p>\n<p>Acordar un pr\u00e9stamo del FMI es un acto de gobierno judiciable si se violan leyes que regulan la administraci\u00f3n financiera de la Naci\u00f3n. Este es el caso del cr\u00e9dito por 57 mil millones de d\u00f3lares, de los cuales se desembolsaron casi 45 mil millones de d\u00f3lares.<\/p>\n<p>Intervenir en el mercado cambiario a trav\u00e9s del Banco Central mediante el instrumento financiero denominado \u00abContratos de d\u00f3lar futuro\u00bb no es judiciable si se cumplen cada una de las normas de esa actividad. Esto fue lo que sucedi\u00f3 en el segundo mandato de Cristina Fern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>Igualar ambas situaciones busca desestimar la investigaci\u00f3n acerca de c\u00f3mo fue el proceso para recibir ese ins\u00f3lito cr\u00e9dito con el Fondo y cuestionar la orden impartida por el presidente Alberto Fern\u00e1ndez de iniciar una demanda judicial a los responsables de ese ruinoso acuerdo. Es una estrategia pol\u00edtica de confusi\u00f3n deliberada.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de inaudito por el monto involucrado y de constituir la peor herencia dejada por el gobierno de Macri, el recorrido para\u00a0la aprobaci\u00f3n del cr\u00e9dito del FMI es opaco e irregular.<\/p>\n<p>El\u00a0FMIgate fue detallado el domingo pasado\u00a0en estas p\u00e1ginas, un d\u00eda antes del\u00a0discurso presidencial.<\/p>\n<p><strong>Extraordinaria<\/strong><br \/>\nLa decisi\u00f3n de Fern\u00e1ndez es extraordinaria\u00a0porque es la primera vez que un Presidente no s\u00f3lo impulsa una investigaci\u00f3n sobre el origen de la deuda externa y la posterior fuga de esos d\u00f3lares, sino que avanza en\u00a0disponer una querella criminal\u00a0\u00aba los autores y part\u00edcipes de la mayor administraci\u00f3n fraudulenta y de la mayor malversaci\u00f3n de caudales que nuestra memoria registra\u00bb.<\/p>\n<p>En la primavera democr\u00e1tica, el gobierno de\u00a0Ra\u00fal Alfons\u00edn\u00a0hab\u00eda promovido una investigaci\u00f3n en el Banco Central, bajo la conducci\u00f3n de Enrique Garc\u00eda V\u00e1zquez, sobre el origen de la deuda de la dictadura militar, que en menos de un a\u00f1o qued\u00f3 desactivada.<\/p>\n<p>La causa Olmos\u00a0que tuvo sentencia condenatoria para los responsables de la deuda de la dictadura fue una iniciativa personal del historiador, sin consecuencias penales para los endeudadores y grupos econ\u00f3micos.<\/p>\n<p>La investigaci\u00f3n sobre la\u00a0fuga de capitales de 2001\u00a0fue una propuesta empujada en el Congreso a trav\u00e9s de una comisi\u00f3n bicameral.<\/p>\n<p>Hace un a\u00f1o, Alberto Fern\u00e1ndez, tambi\u00e9n en la inauguraci\u00f3n de la Asamblea Legislativa, hab\u00eda reclamado al Banco Central una\u00a0pesquisa acerca de la fuga de capitales en los a\u00f1os del vertiginoso endeudamiento macrista.<\/p>\n<p>Nunca antes un Presidente hab\u00eda emprendido el necesario paso adicional. Es lo que hizo ahora Alberto Fern\u00e1ndez: exigi\u00f3 a quien corresponda de las \u00e1reas de gobierno que inicie\u00a0una querella criminal a los responsables del FMIgate.<\/p>\n<p><strong>Justicia<\/strong><br \/>\nLas pol\u00edticas econ\u00f3micas no son judiciables y, por lo tanto, tampoco los instrumentos utilizados para desplegarlas. Pueden ser subir o bajar impuestos, privilegiar determinadas actividades con reg\u00edmenes de promoci\u00f3n, intervenir en el mercado financiero a trav\u00e9s de la tasa de inter\u00e9s, de contratos d\u00f3lar futuro o de la compraventa de reservas del Banco Central, emitir deuda en pesos y en d\u00f3lares en el mercado local o internacional, contraer pr\u00e9stamos con organismos multilaterales, o dise\u00f1ar planes de administraci\u00f3n de precios.<\/p>\n<p>Muchas otras herramientas est\u00e1n a mano de los gobiernos para ordenar una pol\u00edtica econ\u00f3mica espec\u00edfica. Es obvio que esas decisiones, con saldos positivos o negativos para el bienestar general y la estabilidad macroecon\u00f3mica,\u00a0no deber\u00edan ser motivo de causas judiciales.<\/p>\n<p>Ahora bien, cuando alguna de esas medidas u otras son implementadas en forma irregular y violando normas de procedimiento, o en abierto conflicto de intereses (beneficiando a funcionarios y familiares de ellos), o cometiendo il\u00edcitos, como el provecho particular por el acceso a informaci\u00f3n privilegiada o por participar de una red de comisiones, deben ser\u00a0castigados sus responsables luego de cumplir con los pasos procesales correspondientes en el \u00e1mbito de la Justicia.<\/p>\n<p>No hacerlo es consagrar la impunidad\u00a0y convertir el aparato estatal en un veh\u00edculo de negocios espurios, con costos sociales y econ\u00f3micos muy elevados, los cuales son padecidos por los grupos vulnerados.<\/p>\n<p>No se trata de una cuesti\u00f3n moral\u00a0o de oposici\u00f3n a cierta orientaci\u00f3n de pol\u00edtica econ\u00f3mica;\u00a0son delitos\u00a0realizados por personas ejerciendo la funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Este es el caso del\u00a0FMIgate; no as\u00ed la absurda causa judicial \u00abd\u00f3lar futuro\u00bb.<\/p>\n<p><strong>Complicidad<\/strong><br \/>\nEl ins\u00f3lito cr\u00e9dito del FMI al gobierno de Mauricio Macri es pol\u00edticamente cuestionable con consecuencias nocivas para la econom\u00eda y la calidad de vida de la mayor\u00eda de la poblaci\u00f3n, y ser\u00e1 una carga pesada por muchos a\u00f1os. Como repite el\u00a0coro afinado de economistas medi\u00e1ticos, voceros del poder econ\u00f3mico y medios de comunicaci\u00f3n de derecha, no es judiciable tomar un pr\u00e9stamo con un organismo financiero internacional.<\/p>\n<p>Esta coordinada\u00a0complicidad con el desastre financiero dejado por la alianza macrismo-radicalismo\u00a0no considera, por conveniencia o por ignorancia, que\u00a0el cr\u00e9dito con el FMI ha violado normas y procedimientos\u00a0definidos por la Ley de Administraci\u00f3n Financiera e incluso de la Constituci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Muchos pueden evaluar que se trata de formalidades y que los d\u00f3lares del FMI llegaron a las arcas del Banco Central y, por lo tanto, no es para tanto esos desv\u00edos. El detalle no menor es que se trat\u00f3 de desembolsos por un total de casi 45.000 millones de d\u00f3lares, monto que exige cumplir estrictos criterios de\u00a0control, autorizaci\u00f3n previa y estudios financieros sobre el manejo de pasivos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Si esas condiciones para recibir\u00a0un cr\u00e9dito de esa magnitud\u00a0son consideradas cuestiones menores, que queda entonces para exigir a funcionarios sobre la responsabilidad en operaciones financieras de menor cuant\u00eda, licitaciones p\u00fablicas o manejos de presupuestos por montos muchos m\u00e1s bajos.<\/p>\n<p>Como se inform\u00f3 en estas p\u00e1ginas a mediados del \u00faltimo a\u00f1o del gobierno de Macri y cuando el Frente de Todos estaba ocupado en otras cosas porque reci\u00e9n nac\u00eda, el cr\u00e9dito del FMI estaba\u00a0flojo de papeles. No deber\u00eda entonces ser una novedad ni generar sorpresa. Lo que s\u00ed\u00a0alter\u00f3 los nervios del establishment\u00a0es que el presidente Alberto Fern\u00e1ndez se haya puesto al frente y anunciara que iniciar\u00e1 una querella criminal por ese pr\u00e9stamo.<\/p>\n<p><strong>Mesa de dinero<\/strong><br \/>\nLa demanda judicial no es por el cr\u00e9dito en s\u00ed, sino porque\u00a0los funcionarios responsables lo definieron y firmaron como si fueran due\u00f1os de una mesa de dinero clandestina. Lo suscribieron sin cumplir ninguna regla de procedimientos administrativos del Estado.<\/p>\n<p>No es un tema menor porque si esta fuera\u00a0la forma de gobernar, las tareas de responsabilidad p\u00fablica quedar\u00edan a la libre discrecionalidad de funcionarios. Y un pr\u00e9stamo total por 57 mil millones de d\u00f3lares es lo suficientemente importante como para ser muy estrictos con las normas de procedimientos.<\/p>\n<p>Los\u00a0economistas macristas\u00a0(Nicol\u00e1s Dujovne, Federico Sturzenegger, Luis Caputo, Hern\u00e1n Lacunza y Guido Sandleris) se manejaron como patrones del Estado con la\u00a0soberbia\u00a0de que no tienen que dar cuenta a nadie.<\/p>\n<p>Un trabajo conjunto del\u00a0Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas, con\u00a0Eduardo \u00abVasco\u00bb Mur\u00faa, del\u00a0Centro para la Integraci\u00f3n Financiera\/CEPPAS, con\u00a0Eduardo Codianni, y de la\u00a0Coordinadora de Abogadxs de Inter\u00e9s P\u00fablico\u00a0(CAIP), demostraron judicialmente que, para contraer el cr\u00e9dito m\u00e1s importante de la historia argentina y del propio FMI,\u00a0el macrismo viol\u00f3 todas y cada una de las normas nacionales que determinan c\u00f3mo se tienen que tomar decisiones administrativas de estas caracter\u00edsticas\u00a0(causas \u201cMur\u00faa\u201d y \u201cCodianni\u201d).<\/p>\n<p>En concreto, con la estrategia y acciones administrativas y judiciales impulsadas a lo largo de casi tres a\u00f1os de ese trabajo colectivo se\u00a0pudo demostrar, con documentos oficiales, que:<\/p>\n<p>1.\u00a0El expediente a trav\u00e9s del cual debi\u00f3 haber tramitado la decisi\u00f3n de contraer el cr\u00e9dito se inici\u00f3 el 21 de junio de 2018. Esto es, nueve d\u00edas despu\u00e9s de la firma de la Carta de Intenci\u00f3n para solicitar el cr\u00e9dito. Sin expediente no hay procedimiento administrativo v\u00e1lido (art\u00edculo 7, incisos b y d, de la\u00a0Ley Nacional de Procedimientos Administrativos\u00a0\u2013LNPA-).<\/p>\n<p>2.\u00a0No se emiti\u00f3 dictamen jur\u00eddico previo a la firma de dicha\u00a0Carta de Intenci\u00f3n, y sin ese paso no hay decisi\u00f3n administrativa v\u00e1lida (art\u00edculo 7, inciso d, de la LNPA).<\/p>\n<p>3.\u00a0No se emiti\u00f3 el dictamen t\u00e9cnico previo del Banco Central sobre el impacto del cr\u00e9dito en la balanza de pagos. Sin este dictamen toda deuda externa es nula (art\u00edculo 61 y 66 de la\u00a0Ley de Administraci\u00f3n Financiera\u00a0N\u00b024.156).<\/p>\n<p>4.\u00a0No se dictaron actos administrativos que decidieran tomar el cr\u00e9dito (decreto presidencial ni resoluciones de Hacienda o del BCRA). El ministro de Hacienda y el presidente del Banco Central no ten\u00edan competencia para firmarlo solos; debi\u00f3 autorizarlo el Presidente (art\u00edculo 99, inciso 11, de la\u00a0Constituci\u00f3n Nacional).<\/p>\n<p>5.\u00a0Los datos y proyecciones que contienen\u00a0los memorandos adjuntos a la Carta de Intenci\u00f3n\u00a0no se fundan en ning\u00fan estudio, informe, dictamen u opini\u00f3n t\u00e9cnica. Sin causa v\u00e1lida toda decisi\u00f3n administrativa es nula (art\u00edculos 7, inciso b, y 14 de la LNPA).<\/p>\n<p>6.\u00a0No hay constancia de haberse suscripto acuerdo alguno ni del acto de aprobaci\u00f3n por parte del FMI, a pesar que la Carta dice que los memorandos \u201cdeben usarse para el dise\u00f1o del acuerdo stand-by\u201d.<\/p>\n<p><strong>Fuga de capitales<\/strong><br \/>\nLos\u00a0defensores del FMIgate\u00a0afirman que el art\u00edculo 60 de la Ley de Administraci\u00f3n Financiera except\u00faa los cr\u00e9ditos formalizados por el Poder Ejecutivo con organismos financieros internacionales. No es as\u00ed.<\/p>\n<p>Un documento del Banco Central explica que no \u00abse trat\u00f3 de un pr\u00e9stamo tomado para realizar inversiones para el desarrollo econ\u00f3mico del pa\u00eds declaradas de inter\u00e9s nacional por ley o por el Poder Ejecutivo, \u00fanico caso en que esa ley lo faculta a contratar pr\u00e9stamos con organismos internacionales a los que el pa\u00eds pertenezca como miembro, siempre que el pr\u00e9stamo se ajuste a las condiciones usuales de los respectivos convenios b\u00e1sicos, condici\u00f3n \u00e9sta que\u00a0tampoco se cumpl\u00eda por la excepcionalidad del monto en t\u00e9rminos cuantitativos, a la luz de la cuota correspondiente a la Argentina\u00bb.<\/p>\n<p>El Banco Central indica que los d\u00f3lares del cr\u00e9dito del Fondo (m\u00e1s otras reservas)\u00a0abastecieron la fuga de capitales del sector privado, que en total alcanz\u00f3 los 45.100 millones de d\u00f3lares.<\/p>\n<p>Por lo tanto, el informe menciona que ante \u201cla ausencia absoluta de medidas de contenci\u00f3n de dicha fuga da cuenta de la\u00a0flagrante violaci\u00f3n a los t\u00e9rminos del art\u00edculo VI del convenio constitutivo del FMI, aprobado por Argentina por Ley 21.648 que proh\u00edbe la utilizaci\u00f3n de los recursos generales del Fondo para hacer frente a una salida considerable y continua de capitales\u201d.<\/p>\n<p><strong>Leyes<\/strong><br \/>\nEl mismo d\u00eda que Alberto Fern\u00e1ndez anunci\u00f3 que instruy\u00f3 iniciar la querella criminal, la actual conducci\u00f3n del Banco Central inform\u00f3 acerca de los pasos que est\u00e1 haciendo en esa investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Explic\u00f3 que los expedientes que dieron origen a\u00a0los dos acuerdos firmados por la administraci\u00f3n de Macri con el Fondo Monetario\u00a0\u201cresultar\u00edan incumplimientos a los procedimientos establecidos en diversas leyes para la constituci\u00f3n de deuda p\u00fablica externa, as\u00ed como la violaci\u00f3n de obligaciones asumidas con el FMI\u201d.<\/p>\n<p>Como se mencion\u00f3 arriba, el Central se\u00f1ala que en el primer acuerdo firmado con el Fondo surge\u00a0la \u201causencia de dictamen jur\u00eddico previo\u201d\u00a0a la firma de la Carta de intenci\u00f3n y los Memor\u00e1ndums de pol\u00edtica econ\u00f3mica y financiera y de Entendimiento t\u00e9cnico, que luego se intent\u00f3 subsanar con un dictamen que se limit\u00f3 a analizar si el exministro de Hacienda se encontraba facultado para suscribir y cursar las misivas al FMI, de acuerdo al rol que le asigna el art\u00edculo V, secci\u00f3n I de su convenio constitutivo.<\/p>\n<p>Ese dictamen posterior a la firma no se pronuncia sobre las cuestiones medulares que necesariamente deber\u00edan haber sido objeto de estudio legal previo a la suscripci\u00f3n de la Carta de intenci\u00f3n con el FMI: si\u00a0el Poder Ejecutivo\u00a0y, en especial, el exministro de Hacienda eran competentes para decidir y formalizar una operaci\u00f3n de cr\u00e9dito p\u00fablico de esas caracter\u00edsticas.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la legislaci\u00f3n vigente\u00a0(como las leyes 11.672 permanente de Presupuesto, 19.549 de Procedimiento Administrativo y 24.156 de Administraci\u00f3n Financiera y de los Sistemas de Control del Sector P\u00fablico Nacional)\u00a0el Ejecutivo no tendr\u00eda facultades para la firma del acuerdo.<\/p>\n<p>En el segundo acuerdo con el FMI se incorpor\u00f3 el dictamen previo, pero sin entrar a considerar si, de acuerdo al\u00a0ordenamiento jur\u00eddico vigente, los \u00f3rganos que decidieron su ampliaci\u00f3n y tales modificaciones estaban facultados para tomar dicha decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Con la documentaci\u00f3n presentada por el Banco Central,\u00a0la Sigen y la Oficina Anticorrupci\u00f3n\u00a0deber\u00e1n determinar si existieron los incumplimientos, la existencia de perjuicio para el patrimonio p\u00fablico y las responsabilidades en los funcionarios.<\/p>\n<p><strong>Comparaci\u00f3n<\/strong><br \/>\nResulta notable\u00a0cotejar el cumplimiento de las normas y procedimientos administrativos\u00a0en las transacciones de\u00a0\u00abcontratos d\u00f3lar futuro\u00bb\u00a0por parte del Banco Central respecto al\u00a0cr\u00e9dito pactado con el FMI.<\/p>\n<p>En la presentaci\u00f3n ante el Tribunal de Casaci\u00f3n, el expresidente del Banco Central,\u00a0Alejandro Vanoli, present\u00f3 un detallado\u00a0documento\u00a0acerca de esa operatoria durante el kirchnerismo.<\/p>\n<p>Explic\u00f3 que\u00a0el BCRA comenz\u00f3 a operar en contratos de futuro en 2005\u00a0al amparo de la resoluci\u00f3n de directorio N\u00ba181, que autoriz\u00f3 la adhesi\u00f3n de la entidad monetaria como agente del Mercado a Futuro de Rosario (Rofex) y como miembro compensador de Argentina Clearing SA, a los efectos de realizar operaciones en dicho mercado.<\/p>\n<p>El fundamento del directorio para adoptar esa decisi\u00f3n fue la necesidad de contar con todas las herramientas adecuadas que permitieran una\u00a0efectiva pol\u00edtica monetaria y cambiaria.<\/p>\n<p>La intervenci\u00f3n del Banco Central en este mercado se encuadra en el art\u00edculo 18, inciso a, de la Carta Org\u00e1nica, que lo faculta a comprar y vender a precios de mercado y t\u00e9rmino con fines de\u00a0regulaci\u00f3n monetaria y cambiaria.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n sobre la necesidad de ampliaci\u00f3n de\u00a0los montos para operar en el mercado de d\u00f3lar futuro\u00a0fue resorte exclusivo del directorio del Central. La fundamentaci\u00f3n de las decisiones de aumentar los l\u00edmites para operar se encuentra en los\u00a0informes de las gerencias t\u00e9cnicas\u00a0(Operaciones Externas y Principal de Operaciones de Mercado) que luego son considerados e incorporados a las resoluciones que adopt\u00f3 el directorio.<\/p>\n<p>Durante la gesti\u00f3n de\u00a0Mart\u00edn Redrado\u00a0los l\u00edmites aumentaron 19.900 por ciento, en la de\u00a0Mercedes Marc\u00f3 del Pont, 25 por ciento, y en la de\u00a0Alejandro Vanoli, 100 por ciento.<\/p>\n<p><strong>Fraude<\/strong><br \/>\nAl Capone\u00a0cay\u00f3 por un fraude menor (evasi\u00f3n impositiva) en relaci\u00f3n a los muchos delitos que comet\u00eda con sus negocios ilegales.<\/p>\n<p>Es dif\u00edcil imaginar un coro de\u00a0defensores de ese jefe de una banda de la mafia\u00a0diciendo que las irregularidades en la declaraci\u00f3n jurada de impuestos no deber\u00edan ser motivo de una causa judicial porque fue un desv\u00edo de su actividad, y que s\u00f3lo contribuir\u00eda a profundizar la grieta.<\/p>\n<p>La banda pol\u00edtica y empresarial que asalt\u00f3 el Estado en el per\u00edodo 2015-2019 cometi\u00f3 delitos administrativos con el pr\u00e9stamo del FMI que gener\u00f3 un desquicio econ\u00f3mico, financiero y social.<\/p>\n<p>Se abre la oportunidad de que a partir de las irregularidades del FMIgate, una causa judicial permita a la mayor\u00eda de la poblaci\u00f3n dimensionar el da\u00f1o generado por ese cr\u00e9dito y que, esta vez,\u00a0no haya impunidad para endeudadores seriales.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Alberto Fern\u00e1ndez impuls\u00f3 una medida in\u00e9dita para un Presidente en democracia: no s\u00f3lo investigar la deuda externa y la fuga de esos d\u00f3lares, sino tambi\u00e9n iniciar una querella criminal para los responsables.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":112866,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[21],"class_list":["post-112865","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-nacional","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/112865","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=112865"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/112865\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/112866"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=112865"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=112865"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=112865"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}