{"id":113007,"date":"2021-03-10T05:36:39","date_gmt":"2021-03-10T08:36:39","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=113007"},"modified":"2021-03-09T20:39:40","modified_gmt":"2021-03-09T23:39:40","slug":"el-gobierno-de-santa-fe-propuso-ampliar-por-ley-el-mandato-en-las-comunas","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/el-gobierno-de-santa-fe-propuso-ampliar-por-ley-el-mandato-en-las-comunas\/","title":{"rendered":"El Gobierno de Santa Fe propuso ampliar por ley el mandato en las comunas"},"content":{"rendered":"<p>El Ejecutivo envi\u00f3 un mensaje para que la iniciativa se trate durante el per\u00edodo de sesiones extraordinarias.<\/p>\n<p>El gobernador\u00a0Omar Perotti\u00a0propuso formalmente este lunes la\u00a0extensi\u00f3n del mandato de los jefes comunales luego de remitir al Senado una ley para ampliar el tiempo en el cargo a cuatro a\u00f1os.<\/p>\n<p>A trav\u00e9s del mensaje 4.928, el Ejecutivo encomend\u00f3 a la Legislatura provincial que se debata la ampliaci\u00f3n durante la apretada agenda de sesiones extraordinarias.\u00a0Perotti eligi\u00f3 la C\u00e1mara Alta como lugar de origen para su debate, ya que, el presidente de Diputados, Miguel Lifschitz, adelant\u00f3 que su bloque rechazar\u00e1 la propuesta.<\/p>\n<p>Si bien desde el socialismo coincidieron en la necesidad de ampliar los mandatos comunales de dos a cuatro a\u00f1os, discrepan con la v\u00eda jur\u00eddica, en tanto consideran que el cambio deber\u00eda hacerse a trav\u00e9s de una reforma de la Constituci\u00f3n de Santa Fe.<\/p>\n<p>Desde la Casa Gris afirman que no es posible iniciar ese proceso en el corto plazo, por lo que apuestan a una ley para la extensi\u00f3n de todos modos. Este proyecto es el primero que se plante\u00f3 en busca de\u00a0impulsar la autonom\u00eda municipal en Santa Fe\u00a0por fuera de las cuestiones coyunturales.<\/p>\n<p>\u201cLa\u00a0limitaci\u00f3n del mandato\u00a0de las comisiones comunales a un per\u00edodo de dos a\u00f1os en la Ley Org\u00e1nica de Comunas (de 1935), primero, y en la Constituci\u00f3n Provincial (de 1962), despu\u00e9s, tiene su raz\u00f3n en ese momento hist\u00f3rico. Pero la situaci\u00f3n cambi\u00f3 con la reforma de la Constituci\u00f3n Nacional de 1994 que reconoci\u00f3 a los municipios el car\u00e1cter de sujetos inexorables del r\u00e9gimen federal argentino, que se agregaban al Estado nacional y a las provincias y estableci\u00f3 el standard de la autonom\u00eda para todos los municipios. Esta sustancial transformaci\u00f3n constitucional no se qued\u00f3 s\u00f3lo en caracterizar a los municipios como aut\u00f3nomos, sino que orden\u00f3 a las provincias asegurar la autonom\u00eda municipal y garantizarla en el plano institucional, pol\u00edtico, administrativo, econ\u00f3mico y financiero\u00bb, record\u00f3 Perotti.<\/p>\n<p>El mandato de los presidentes comunales de dos a\u00f1os que \u201cestableci\u00f3 la Ley Org\u00e1nica de Comunas (en 1935) y luego la Constituci\u00f3n de Santa Fe (en 1962) no supera el standard de autonom\u00eda exigido por la Constituci\u00f3n Nacional en lo institucional, pol\u00edtico y administrativo\u201d, plante\u00f3 el mandatario.<\/p>\n<p>Es un per\u00edodo muy breve \u00abque\u00a0dificultad\u00a0de manera extrema las pol\u00edticas p\u00fablicas tendientes a satisfacer los intereses de la comunidad que libre y democr\u00e1ticamente los eligi\u00f3 para el cargo. Por lo tanto, se desconoce\u201d el mandato de la Asamblea Constituyente de 1994\u00bb, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>\u201cClaramente se advierte un desajuste\u00a0entre el mandato constitucional expresado en el art\u00edculo 123 de la Constituci\u00f3n Nacional y el ordenamiento jur\u00eddico\u201d de la provincia, que ya fue advertido varias veces por la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n. La \u00faltima, en el fallo del 26 de octubre de 2020, cuando plante\u00f3 que \u201cla falta de adaptaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n de Santa Fe, vigente desde 1962, al standard del art\u00edculo 123 de la Constituci\u00f3n Nacional, importa -entre otras consecuencias- mantener formalmente la vigencia de las leyes que &#8230; no operan como garant\u00edas de funcionamiento sino como un valladar de la autonom\u00eda\u201d y exhort\u00f3 al gobierno de Perotti \u201ca dictar las normas necesarias para el debido cumplimiento del mandato que emerge del art. 123 de la Constituci\u00f3n Nacional\u201d.<\/p>\n<p>Por lo tanto, es \u201cnecesario e indispensable modificar el mandato de dos a\u00f1os\u201d de los presidentes comunales y extenderlo a cuatro a\u00f1os. Y superar de esa manera \u00abun obst\u00e1culo que hoy tienen las comunas, que las priva de realizar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento efectivo y eficiente de sus cometidos y de ejercer de esa manera la autonom\u00eda institucional, pol\u00edtica y administrativa que la Constituci\u00f3n Nacional les reconoce\u201d, concluy\u00f3.<\/p>\n<h6>Fuente: Sin Mordaza<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ejecutivo envi\u00f3 un mensaje para que la iniciativa se trate durante el per\u00edodo de sesiones extraordinarias.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":113008,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[10],"class_list":["post-113007","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-politico","tag-santa-fe"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/113007","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=113007"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/113007\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/113008"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=113007"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=113007"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=113007"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}