{"id":116582,"date":"2021-07-15T06:23:44","date_gmt":"2021-07-15T09:23:44","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=116582"},"modified":"2021-07-15T06:23:44","modified_gmt":"2021-07-15T09:23:44","slug":"chubut-ingreso-a-legislatura-un-proyecto-para-modificar-el-reparto-de-regalias-petroleras-entre-municipios","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/chubut-ingreso-a-legislatura-un-proyecto-para-modificar-el-reparto-de-regalias-petroleras-entre-municipios\/","title":{"rendered":"Chubut: Ingres\u00f3 a Legislatura un proyecto para modificar el reparto de regal\u00edas petroleras entre municipios"},"content":{"rendered":"<p>El ex Cambiemos, Sebasti\u00e1n L\u00f3pez, es el impulsor de la propuesta. Pero una reciente pol\u00e9mica con el intendente de Comodoro Rivadavia sugiere que el proyecto tendr\u00eda apoyo de diputados que responden a Ricardo Sastre. Ese Municipio recibe el 40% en el reparto. Se abre una discusi\u00f3n con legisladores comodorenses de todos los bloques.<\/p>\n<p>Ingres\u00f3 a la Legislatura del Chubut un proyecto de Ley que propone un nuevo reparto de las regal\u00edas hidrocarbur\u00edferas entre los municipios de la provincia. El impulsor del proyecto, el diputado provincial Sebasti\u00e1n L\u00f3pez (ex Cambiemos y ahora en un bloque unipersonal), consider\u00f3 que los ingresos que percibe en ese concepto Comodoro Rivadavia, generan una gran inequidad con el resto de los municipios.<\/p>\n<p>El proyecto que lleva el n\u00famero 54\/21, hace prever una fuerte disputa en la Legislatura donde se mezclar\u00e1n posicionamientos incluso en cada bloque.<\/p>\n<p>LA FUNDAMENTACION<\/p>\n<p>El diputado L\u00f3pez fundament\u00f3 en su proyecto que \u00ablas regal\u00edas hidrocarbur\u00edferas son la contraprestaci\u00f3n econ\u00f3mica a favor del Estado provincial en t\u00e9rminos jur\u00eddicos y econ\u00f3micos, que este \u00faltimo recibe por la explotaci\u00f3n de recursos no renovables por parte de terceros que act\u00faan bajo la figura de concesionarios de la explotaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Sostiene la propuesta que \u00abestos recursos son propiedad del Estado provincial y su explotaci\u00f3n debe concurrir a contribuir al erario p\u00fablico, las finanzas locales y a la inversi\u00f3n social\u00bb. Y repasa que \u00abcon la sanci\u00f3n de la ley 17.319 y sus modificaciones, se fij\u00f3 el porcentaje en un 12 % de lo liquidado en las declaraciones juradas, lo que debe percibir en forma directa empresa\/Estado provincial\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abDISTRIBUCION CON CRITERIO CUESTIONABLE\u00bb<\/p>\n<p>El proyecto de L\u00f3pez indica luego que \u00aba partir de esos montos se establece una distribuci\u00f3n de los mismos, con el objetivo de lograr mejorar la calidad de vida de todos los habitantes de Chubut en forma justa, equitativa y solidaria\u00bb, a lo cual agrega que \u00abmediante Ley Provincial II N\u00f8 7 se ha determinado una modalidad de distribuci\u00f3n que es: el 84 % al Estado provincial y un 16% que se distribuye a las localidades de la provincia. Dicha distribuci\u00f3n se realiza con un criterio cuestionable que fundamenta el presente proyecto y reclama un tratamiento urgente para superar las inconsistencias de dicha distribuci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Seg\u00fan L\u00f3pez, \u00aben etapas de expansi\u00f3n econ\u00f3mica, donde los recursos provinciales son abundantes, la recepci\u00f3n de fondos por parte de los municipios y comunas tienen un significado diferente al que adquieren en ciclos de depresi\u00f3n econ\u00f3mica (como el que nos toca vivir)\u00bb. Y estima que \u00abes innegable que son los organismos municipales quienes deben contener y dar respuestas efectivas a todas aquellas acciones abandonadas por las pol\u00edticas p\u00fablicas provinciales, que, en un af\u00e1n de cubrir necesidades propias, secundariza las problem\u00e1ticas regionales\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abEs por ello que, en oportunidad de distribuir fondos con los municipios, el Gobierno provincial cedi\u00f3 a estos los recursos provenientes del cobro de impuesto a los ingresos brutos y automotores\u00bb, sostiene la propuesta. Y se\u00f1ala que \u00ablos municipios que radican actividades generan ingresos diferenciales respecto de aquellos que no los generan por no contar con los mismos (pesca en el litoral costero, deportes invernales en la regi\u00f3n cordillerana, etc.) siendo los primeros beneficiados en forma exclusiva por fondos resultantes de actividades que \u00fanicamente se desarrollan en su ejido\u00bb.<\/p>\n<p>INEQUIDAD<\/p>\n<p>Seg\u00fan el planteo de L\u00f3pez, \u00abesto nos hace pensar que, si a ese beneficio mencionado, le sumamos que del reparto de la liquidaci\u00f3n de recursos no renovables de propiedad de \u00abLa provincia\u00bb le cedemos una parte importante de lo obtenido en compensaci\u00f3n, estar\u00edamos premiando doblemente al receptor de estos ingresos diferenciales, fundament\u00e1ndolo en la proximidad geogr\u00e1fica del recurso natural respecto de la localidad doblemente beneficiada\u00bb.<\/p>\n<p>Expresa que \u00abes por esto que consideramos que esta distribuci\u00f3n, que establece que el municipio de Comodoro Rivadavia, debe percibir el 40% de las regal\u00edas ingresadas a la provincia, genera una inequidad en la distribuci\u00f3n en desmedro de todos los habitantes de la provincia\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abTal es as\u00ed, que si bien las empresas petroleras concentran sus bases en la ciudad Comodoro Rivadavia, la distribuci\u00f3n del recurso excede ampliamente los l\u00edmites de su ejido, como la localidad de Sarmiento que comparte en su geograf\u00eda gran parte de la cuenca y percibe el 2,12%\u00bb, manifiesta en los considerandos.<\/p>\n<p>El legislador de Puerto Madryn afirma que \u00ablas distribuciones de estos ingresos fueron fijadas por Ley Provincial II N\u00f8 7 y modificados por el Decreto 1509\/13 fijando el valor de la distribuci\u00f3n del porcentaje correspondientes a las localidades de la Provincia, a excepci\u00f3n de la ciudad de Comodoro Rivadavia que no ve modificada su al\u00edcuota, la cual est\u00e1 fijada en un 40%\u00bb.<\/p>\n<p>En ese sentido, agrega que \u00abesta \u00faltima localidad deber\u00eda ser una m\u00e1s en el reparto, sin dejar de tener en cuenta que, la actividad es de liquidaci\u00f3n por la explotaci\u00f3n de un recurso natural no renovable, es decir, que se agotar\u00e1 en un futuro, pero que esto debiera ser compensado por los recursos que percibe el Gobierno provincial, ya que es el responsable de motorizar actividades sustitutivas de las que se agotan\u00bb.<\/p>\n<p>La iniciativa argumenta que \u00abno ser\u00eda justo no contemplar esta acci\u00f3n que perjudica a todos los habitantes de la provincia que, una vez agotado el recurso, deber\u00e1n sustentar su vida a partir de actividades que no est\u00e1n en la planificaci\u00f3n Provincial ni Municipal\u00bb. Y agrega que \u00abtenemos la obligaci\u00f3n de reservar una parte de estos fondos para que los municipios accedan a ellos y genere a partir de estos, actividades que suplanten las disminuciones que a largo plazo ser\u00e1n una realidad\u00bb.<\/p>\n<p>Concluye en la fundamentaci\u00f3n que \u00abpor lo expuesto, es necesaria una revisi\u00f3n de la actual distribuci\u00f3n de los porcentajes, la cual debe encontrar su fundamento en el principio de equidad y generar un nuevo modelo que resulte superador de la econom\u00eda, y direccionado a llevar igualdad de oportunidades a regiones con recursos para ser explotados y sin disponibilidad de recursos econ\u00f3micos para su planificaci\u00f3n y motorizaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<h6>Fuente: El Chubut<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El ex Cambiemos, Sebasti\u00e1n L\u00f3pez, es el impulsor de la propuesta. 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