{"id":122193,"date":"2022-01-13T04:36:54","date_gmt":"2022-01-13T07:36:54","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=122193"},"modified":"2022-01-13T20:12:20","modified_gmt":"2022-01-13T23:12:20","slug":"el-acuerdo-con-el-fmi-deberia-declararse-nulo","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/el-acuerdo-con-el-fmi-deberia-declararse-nulo\/","title":{"rendered":"El acuerdo con el FMI \u00abdeber\u00eda declararse nulo\u00bb"},"content":{"rendered":"<p>El minucioso estudio de una jurista de la Universidad de Leeds y un economista ex funcionario del FMI se\u00f1ala graves faltas al derecho internacional y al convenio constitutivo del Fondo. El an\u00e1lisis ya recorre los principales despachos oficiales.<\/p>\n<p>Un an\u00e1lisis jur\u00eddico elaborado en Londres por dos prestigiosos juristas sobre el Acuerdo Stand By del FMI con Argentina del a\u00f1o 2018 concluye que deber\u00eda \u00abser considerado nulo\u00bb por resultar \u00abviolatorio de los fines fundamentales del FMI, seg\u00fan su convenio constitutivo\u00bb. \u00abDado que Argentina no tiene los recursos para repagar el programa, deber\u00eda haber un per\u00edodo (quiz\u00e1s mayor a 10 a\u00f1os) que le permita al pa\u00eds recuperarse. Esto significa en la pr\u00e1ctica establecer un pr\u00e9stamo sin intereses, y la devoluci\u00f3n de todos los intereses y cargos (pagados) hasta la fecha\u00bb, recomienda el estudio brit\u00e1nico, tomando en cuenta las irregularidades y actos ajenos a la ley que involucr\u00f3 la aprobaci\u00f3n del acuerdo stand by entre Argentina y el FMI.<\/p>\n<p>En las \u00faltimas horas, este documento de 38 p\u00e1ginas (en su versi\u00f3n original, en ingl\u00e9s) circula por distintos \u00e1mbitos profesionales especializados, en centros financieros internacionales y en el pa\u00eds. Y\u00a0est\u00e1 siendo adem\u00e1s analizado en despachos oficiales\u00a0en Argentina, donde se considera que es \u00abel primer estudio profesional que incorpora todos los cuestionamientos macroecon\u00f3nomicos, hasta ahora planteados, a una evaluaci\u00f3n legal integral; no s\u00f3lo en el marco del derecho econ\u00f3mico internacional sino tambi\u00e9n de los estatutos y leyes internas del propio Fondo Monetario\u00bb.<\/p>\n<p>El an\u00e1lisis lleva la firma de Karina Patricio Ferreira Lima y Chris Marsh. La primera es investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Leeds, de Gran Breta\u00f1a, y profesora de derechos econ\u00f3mico y financiero internacional. Cuenta, adem\u00e1s, con un doctorado en reestructuraciones de deudas en la Universidad de Durham (Inglaterra). Marsh es macroeconomista (Cambridge, Inglaterra) y ex funcionario del FMI.<\/p>\n<p>Ya desde el Sumario, el informe de Ferreira Lima y Marsh sostiene que \u00abel Acuerdo Stand-By con Argentina de 2018 representa el mayor programa en la historia del Fondo Monetario. Sin embargo, fracas\u00f3 en todos sus objetivos centrales, violando los fines fundamentales del FMI seg\u00fan su Convenio Constitutivo y, por tanto, constituye un\u00a0ultra vires act\u00bb. Se explica que el\u00a0ultra vires act\u00a0es \u00abel principio jur\u00eddico internacional que considera inv\u00e1lidos los actos de las entidades p\u00fablicas o privadas que rebasan el l\u00edmite de la ley\u00bb. Es decir, el principio jur\u00eddico internacional que llevar\u00eda, demostrada su existencia, a\u00a0declarar \u00abnulo\u00bb el Acuerdo Stand By de 2018.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el an\u00e1lisis recurre a los principios de la macroeconom\u00eda \u00abpara demostrar c\u00f3mo esas\u00a0reglas sustantivas fueron violadas\u00a0por el Acuerdo Stand By de una manera que\u00a0es demasiado manifiesta para estar abierta a duda razonable\u00bb. Resalta de inmediato que \u00abaumenta as\u00ed la sospecha de que la aprobaci\u00f3n del acuerdo fue un acto\u00a0ultra vires\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abEn particular, el programa acordado se caracteriz\u00f3 por supuestos y\u00a0errores contables atroces, inconsistencias que significaban que\u00a0los objetivos eran imposibles de alcanzar\u00bb, sostiene. Resume su evaluaci\u00f3n negativa sobre el Acuerdo Stand By en las siguientes puntualizaciones:<\/p>\n<p>* Analizando los fundamentos macroecon\u00f3micos del Acuirdo, no se cumplieron los requisitos sustantivos para el ejercicio de la competencia funcional del FMI de prestar apoyo a la balanza de pagos de Argentina.<\/p>\n<p>* El programa financiero inicial no contemplaba un ajuste externo, ten\u00eda\u00a0supuestos poco realistas y un \u00abagujero negro\u00bb contable de al menos 20.000 millones de d\u00f3lares. Todo ello hizo que los objetivos cuantitativos del programa fuesen imposibles de cumplir.<\/p>\n<p>*\u00a0El an\u00e1lisis de sostenibilidad de la deuda estaba destinado al fracaso, y los criterios de acceso excepcional no fueron evaluados razonablemente.<\/p>\n<p>* Era razonablemente previsible que el dise\u00f1o del programa diera lugar a una\u00a0ampliaci\u00f3n de la duraci\u00f3n y del grado del desequilibrio de la balanza de pagos\u00a0de Argentina debido a la\u00a0falta de pedidos de controles de capitales, que el Fondo estaba legalmente obligado a solicitar. El Fondo evalu\u00f3 razonablemente el riesgo de que sus recursos generales se utilizaran para financiar salidas de capital importantes o sostenidas, como efectivamente ocurri\u00f3.<\/p>\n<p>* Hab\u00eda\u00a0supuestos rid\u00edculos sobre las entradas de capital\u00a0durante el programa, plagados de incoherencias internas y que inclu\u00edan\u00a0la confianza en entradas de capital financiero por casi 80 mil millones de d\u00f3lares.<\/p>\n<p>El informe concluye se\u00f1alando que, \u00aben s\u00edntesis, el programa deber\u00eda considerarse nulo. Dado que Argentina no tiene los recursos para repagar el programa, deber\u00eda haber un per\u00edodo (quiz\u00e1s mayor a 10 a\u00f1os) para que el pa\u00eds pueda recuperarse. Esto significa en la pr\u00e1ctica establecer un programa con un pr\u00e9stamo sin intereses, y la devoluci\u00f3n de todos los intereses y cargos (pagados) hasta la fecha\u00bb.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El minucioso estudio de una jurista de la Universidad de Leeds y un economista ex funcionario del FMI se\u00f1ala graves faltas al derecho internacional y al convenio constitutivo del Fondo. El an\u00e1lisis ya recorre los principales despachos oficiales.\u00a0<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":122194,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[21],"class_list":["post-122193","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-nacional","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/122193","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=122193"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/122193\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/122194"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=122193"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=122193"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=122193"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}