{"id":124061,"date":"2022-03-21T06:11:29","date_gmt":"2022-03-21T09:11:29","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=124061"},"modified":"2022-03-21T06:11:29","modified_gmt":"2022-03-21T09:11:29","slug":"boric-los-cambios-prometidos-y-el-lastre-de-la-constitucion-de-pinochet","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/boric-los-cambios-prometidos-y-el-lastre-de-la-constitucion-de-pinochet\/","title":{"rendered":"Boric, los cambios prometidos y el lastre de la Constituci\u00f3n de Pinochet"},"content":{"rendered":"<p>Ante la inminencia de una reforma constitucional, especialistas consultados por T\u00e9lam se\u00f1alan que con la actual Carta Magna ciertas leyes necesiten un respaldo superior a la mayor\u00eda absoluta para avanzar, por lo cual \u00abresulta muy dif\u00edcil introducir grandes cambios\u00bb.<\/p>\n<p>Cuando Gabriel Boric rompi\u00f3 el f\u00e9rreo protocolo para saludar la estatua de Salvador Allende antes de ingresar por primera vez como presidente en La Moneda, inaugur\u00f3 una serie de actos simb\u00f3licos que acompa\u00f1ar\u00e1n su intento de construir un Estado Social en Chile, una ruta que enfrentar\u00e1 resistencias en los anclajes a\u00fan vigentes en la Constituci\u00f3n impuesta por la dictadura.<\/p>\n<p>Este 2022 ser\u00e1 de grandes definiciones para la institucionalidad chilena.\u00a0Si se cumplen los plazos establecidos, el \u00f3rgano elegido en mayo de 2021 para elaborar una nueva Constituci\u00f3n deber\u00e1 presentar una propuesta antes de mayo de este a\u00f1o, prorrogable por \u00fanica vez otros tres meses, y que ser\u00e1 plebiscitada 60 d\u00edas despu\u00e9s.<\/p>\n<p>Este texto a\u00fan en debate impactar\u00e1 en un calendario institucional sobre el que por ahora hay m\u00e1s dudas que certezas, y que incluye\u00a0la posibilidad de que el mandato de Boric dure menos que los cuatro a\u00f1os establecidos por la actual Carta Magna.<\/p>\n<p>\u00abSi esta nueva Constituci\u00f3n establece un r\u00e9gimen transitorio que diga que, por ejemplo, un a\u00f1o despu\u00e9s de entrada en vigencia la Constituyente, el Gobierno va a llamar a elecciones, \u00e9ste lo tendr\u00e1 que hacer\u00bb, explicaba a fines de febrero el exvicepresidente del \u00f3rgano Jaime Bassa, aludiendo a esta posibilidad.<\/p>\n<p>En este c\u00famulo de alternativas, en todo caso, hay algo claro: si es aprobado el nuevo texto constitucional, de todas formas una proporci\u00f3n importante del mandato de Boric ocurrir\u00e1 bajo la vigencia de la Constituci\u00f3n de 1980, impuesta por el dictador Augusto Pinochet.<\/p>\n<p>Esta Carta Magna impone qu\u00f3rum altos a cualquier modificaci\u00f3n legislativa y define al Estado chileno como \u00absubsidiario\u00bb, es decir, lo consagra como un \u00f3rgano al que no le corresponde absorber aquellas actividades \u00abque son desarrolladas adecuadamente por los particulares\u00bb, una definici\u00f3n que en la pr\u00e1ctica lo jibariza al extremo de transferirle la provisi\u00f3n de servicios y derechos fundamentales al sector privado.<\/p>\n<p>El pasado jueves, el pleno de la Convenci\u00f3n Constitucional rechaz\u00f3 plasmar en el borrador del texto un art\u00edculo que defin\u00eda al pa\u00eds como \u00abun Estado social y democr\u00e1tico de derecho\u00bb en reemplazo del estatus actual de rol subsidiario, un adelanto de las dificultades que se vislumbran.<\/p>\n<p>El liderazgo de Boric est\u00e1 profundamente ligado al proceso constituyente.\u00a0Quienes lo votaron depositaron en \u00e9l las esperanzas de cambio que se hab\u00edan expresado en el estallido social de octubre de 2019 (salud, educaci\u00f3n, jubilaciones) y la ampliaci\u00f3n de derechos en temas feministas, ambientales y g\u00e9nero, entre otros.<\/p>\n<p>T\u00e9lam consult\u00f3 a dos polit\u00f3logas para entender qu\u00e9 tan gravitante ser\u00e1 para su proyecto la aprobaci\u00f3n de esta nueva \u00abLey de leyes\u00bb y cu\u00e1nto ser\u00e1 posible avanzar en esa transformaci\u00f3n mientras a\u00fan est\u00e9 vigente la actual.<\/p>\n<p>Para\u00a0Claudia Heiss, jefa de la carrera de Ciencia Pol\u00edtica en el Instituto de Asuntos P\u00fablicos de la Universidad de Chile, lo primero es entender c\u00f3mo la vieja Constituci\u00f3n circunscribe y delimita cualquier intento transformador.<\/p>\n<p>\u00abLo que hace la Constituci\u00f3n del 80 es consagrar el modelo de estado subsidiario y b\u00e1sicamente proteger el status quo, que es tremendamente neoliberal\u00bb, explica Heiss a T\u00e9lam.<\/p>\n<p>En esa l\u00ednea, recuerda la reforma de Salud que intent\u00f3 implementar el expresidente Ricardo Lagos (2000-2006), que entre otros objetivos buscaba establecer un pilar solidario entre los sistemas p\u00fablico y privado de salud, es decir, entre las llamadas Isapres (Institutos de salud Previsional) y el Fonasa (Fondo Nacional de Salud). \u00abEl Senado le aclar\u00f3 entonces a Lagos que si enviaba ese proyecto ser\u00eda declarado inconstitucional, porque la Constituci\u00f3n produce un muro de divisi\u00f3n entre la provisi\u00f3n p\u00fablica y privada de servicios sociales\u00bb, detalla Heiss.<\/p>\n<p>Para evitar una eventual declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad del Tribunal Constitucional (TC) por supuesta vulneraci\u00f3n de la libertad de emprendimiento y el derecho de propiedad, el exmandatario modific\u00f3 el proyecto.<\/p>\n<p>\u00abLa Constituci\u00f3n dice que consagra el derecho de elegir entre un sistema p\u00fablico y privado, por lo tanto cualquier cosa que sea universal puede f\u00e1cilmente ser declarada inconstitucional\u00bb, explica Heiss.<\/p>\n<p>Hubo muchos casos en los que el TC declar\u00f3 la inconstitucionalidad de medidas de orientaci\u00f3n redistributiva o de este car\u00e1cter, orientado a la provisi\u00f3n universal de servicios sociales, que es lo que est\u00e1 detr\u00e1s de la idea del Estado de bienestar.<\/p>\n<p>\u00abEsta constituci\u00f3n no permitir\u00eda algo como el National Health Service (NHS)\u00bb, el servicio p\u00fablico de salud brit\u00e1nico, ejemplifica por \u00faltimo la doctora en Ciencia Pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Por su parte,\u00a0Sthepanie Alenda, directora de Investigaci\u00f3n de la Facultad de Educaci\u00f3n y Ciencias Sociales de la Universidad Andr\u00e9s Bello,\u00a0considera tambi\u00e9n que los qu\u00f3rums supramayoritarios inscriptos en la Constituci\u00f3n -es decir, que ciertas leyes necesiten un respaldo superior a la mayor\u00eda absoluta para avanzar- \u00abconfiguran una arquitectura del poder donde resultaba muy dif\u00edcil introducir grandes cambios\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abLa Constituci\u00f3n actual tambi\u00e9n est\u00e1 protegida por esta supramayor\u00eda que impide, por ejemplo, el reconocimiento a los pueblos ind\u00edgenas o la construcci\u00f3n de un estado social y ya no subsidiario\u00bb, agrega, aunque matiza que ciertas reformas sociales importantes, como mejorar las jubilaciones, s\u00ed \u00abpudieron suceder sin cambiar una coma a la Constituci\u00f3n actual\u00bb.<\/p>\n<p>La denominada \u00abPensi\u00f3n Garantizada Universal\u00bb\u00a0promulgada recientemente instituye un sistema universal de jubilaci\u00f3n \u00abque permite que todos los adultos mayores puedan percibir una jubilaci\u00f3n superior al umbral de pobreza\u00bb (185.000 pesos, 230 d\u00f3lares).<\/p>\n<p>Alenda sostiene que la Carta Magna actual no necesariamente impide las reformas, y que el principal problema para responder a las enormes expectativas radicar\u00e1 tambi\u00e9n en \u00ablograr financiar las transformaciones que se quiere hacer en una coyuntura compleja con fuertes presiones inflacionarias, la desaceleraci\u00f3n de la econom\u00eda, y un nuevo dise\u00f1o institucional, que agrega m\u00e1s incertidumbre al cuadro general\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abTodo esto, que se suma a un contexto internacional muy complejo, podr\u00eda tener efectos negativos sobre el crecimiento econ\u00f3mico que el nuevo Gobierno necesita\u00bb, concluye.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, Alenda explica que un Estado proveedor de nuevos derechos amerita sobre todo \u00abun cambio de paradigma en relaci\u00f3n al esp\u00edritu de la Constituci\u00f3n del 80\u00bb.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a este \u00faltimo punto, Heiss subray\u00f3 que el problema con la actual Constituci\u00f3n no es s\u00f3lo lo que est\u00e1 escrito, \u00absino la forma en la que se ha interpretado por los tribunales, por el TC y por el sistema pol\u00edtico\u00bb.<\/p>\n<p>Es decir, la Constituci\u00f3n de la dictadura impuso \u00abuna orientaci\u00f3n de protecci\u00f3n del modelo neoliberal que ha sido interpretada de ese modo\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abAlgunos juristas incluso sostienen que la interpretaci\u00f3n fue a\u00fan m\u00e1s estricta, m\u00e1s neoliberal que el texto mismo\u00bb, se\u00f1ala y plantea que el nuevo texto debe no solamente ofrecer nuevas normas que permitan el desarrollo de un Estado Social de Derecho, sino sobre todo un \u00abethos\u00bb, una orientaci\u00f3n de origen que permita una interpretaci\u00f3n diferente, tanto de los jueces como de la justicia constitucional.<\/p>\n<h6>Fuente: Telam<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante la inminencia de una reforma constitucional, especialistas consultados por T\u00e9lam se\u00f1alan que con la actual Carta Magna ciertas leyes necesiten un respaldo superior a la mayor\u00eda absoluta para avanzar, por lo cual \u00abresulta muy dif\u00edcil introducir grandes 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