{"id":130355,"date":"2022-10-13T06:05:04","date_gmt":"2022-10-13T09:05:04","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=130355"},"modified":"2022-10-13T06:05:04","modified_gmt":"2022-10-13T09:05:04","slug":"los-detalles-del-reciente-proyecto-de-ley-para-permitir-la-mineria-en-malargue","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/los-detalles-del-reciente-proyecto-de-ley-para-permitir-la-mineria-en-malargue\/","title":{"rendered":"Los detalles del reciente proyecto de ley para permitir la miner\u00eda en Malarg\u00fce"},"content":{"rendered":"<p>El escrito de 17 p\u00e1ginas ingres\u00f3 oficialmente a la Legislatura este martes. Aqu\u00ed, las precisiones de lo propuesto pro la intendencia de Malarg\u00fce para lograr la excepci\u00f3n parcial de la ley 7722 en la comuna sure\u00f1a.<\/p>\n<p>El secreto a voces respecto a la presentaci\u00f3n de un proyecto para crear el \u00e1rea de inter\u00e9s minero en Malarg\u00fce fue confirmado este martes cuando la senadora J\u00e9sica Laferte y el intendente sure\u00f1o Juan Manuel Ojeda entregaron los detalles del planteo para excluir a su comuna del alcance de la normativa 7722.<\/p>\n<p>La iniciativa fue trabajada durante largo tiempo por\u00a0Laferte\u00a0y el equipo municipal de\u00a0Ojeda. Ambos sostienen que \u00abel potencial minero resulta altamente promisorio\u00bb y que\u00a0\u00abMalarg\u00fce\u00a0es el \u00fanico espacio donde se podr\u00eda desarrollar la explotaci\u00f3n minera sin reparos\u00bb.\u00a0La excepci\u00f3n parcial de la ley 7722 solamente se solicita para dicho departamento en algunas zonas, que \u00abposee un inter\u00e9s leg\u00edtimo propio, vocaci\u00f3n territorial, social y ambiental\u00bb.<\/p>\n<p>En concreto, entre los aspectos destacados del proyecto se contempla: \u00abLos habitantes malarg\u00fcinos no tienen posibilidades de desarrollos agr\u00edcolas en raz\u00f3n de no disponer de tierras adecuadas para los cultivos y con un clima muy poco favorable por sus bajas temperaturas. A su vez, se dispone de pocas pasturas naturales para la ganader\u00eda y solo en este rubro prevalece la crianza de caprinos. Malarg\u00fce, fue creada y fundada por la miner\u00eda, quiere seguir siendo minera y haciendo miner\u00eda ya que la mayor\u00eda de sus habitantes est\u00e1n preparados para cumplir con los requerimientos del quehacer minero y muchos de sus j\u00f3venes recibidos localmente como T\u00e9cnicos Mineros quieren evitar el desarraigo y conformar familias en su propio terru\u00f1o, lo que los legitima en un inter\u00e9s propio\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abLa diversidad de metales presentes en Malarg\u00fce representa un gran atractivo para la industria minera, principalmente aquellos relacionados al Cobre con Oro, Cobre en manto, Hierro, Vanadio, Fluorita y Manganeso. El departamento posee cinco fajas metalogen\u00e9ticas con un alto inter\u00e9s exploratorio, sin lugar a dudas los de 3 mayor relevancia son los dep\u00f3sitos de Cobre tales como Cerro Amarillo, Las Choicas, Papagayos, Universidad, todos ellos con excelentes perspectivas de desarrollo futuro. La segunda faja corresponde a dep\u00f3sitos de Cobre en manto como los proyectos Elisa y Villagra. El exponente que presenta la mayor inversi\u00f3n en trabajos de exploraci\u00f3n en Malarg\u00fce es la mina de Oro Don Sixto. Menos explorados tenemos San Pedro, San Jorge, Grupo la Salvadora, y Mina Potos\u00ed. Tambi\u00e9n se presentan con buenas perspectivas de desarrollo los dep\u00f3sitos de Cerro San Pedro, Anchoriz, Arrollo la Chilca-Zanj\u00f3n, El Buitre y Cerro Tres Hermanos\u00bb, indica el escrito.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en los argumentos se deja de manifesto que \u00abexisten 82 nuevas \u00e1reas con altas probabilidades de mineralizaci\u00f3n metal\u00edfera, que ocupan una superficie de 264 km2, y las razones expuestas permiten afirmar que el potencial minero resulta altamente promisorio. De esta manera se alcanza el objetivo de aportar una herramienta elemental para el departamento de Malarg\u00fce que posee un inter\u00e9s leg\u00edtimo propio en la explotaci\u00f3n minera. \u00bfQu\u00e9 quiere el Departamento de Malarg\u00fce y sus habitantes? La idea es pedir autorizaci\u00f3n para realizar la actividad restringida donde es uno de los ejes de la econom\u00eda en ese terreno de meseta patag\u00f3nica donde desenvuelven su vida las familias malarg\u00fcinas. En realidad, lo que se proyecta, adem\u00e1s de la excepci\u00f3n legal para el desarrollo minero, generar un polo industrial, minero y petrolero en la zona de Pata Mora, el \u00faltimo pueblo antes de cruzar a Neuqu\u00e9n, zona que qued\u00f3 como congelada a causa de la huida de la empresa brasilera Vale del proyecto de la mina de sal de Potasio, que ahora retorn\u00f3 a manos de Mendoza\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abMalarg\u00fce es el \u00fanico espacio donde se podr\u00eda desarrollar la explotaci\u00f3n minera sin reparos. Malarg\u00fce es un departamento minero que tiene vocaci\u00f3n territorial por sobre todas las cosas, pero tambi\u00e9n tiene un capital social directamente asociado al desarrollo de la miner\u00eda. Hay que hablar de un plan estrat\u00e9gico minero provincial basado en el desarrollo de un parque industrial, minero, energ\u00e9tico y petrolero en la zona sur de Mendoza. Todo lo relatado demuestra en forma clara y contundente que el departamento de &#8216;Malarg\u00fce tiene un inter\u00e9s leg\u00edtimo propio&#8217;. Actualmente se proh\u00edbe la actividad minera metal\u00edfera, en violaci\u00f3n con los principios fundamentales establecidos en la Ley de Ambiente, como lo son el principio de congruencia, de prevenci\u00f3n, principio precautorio, de equidad, progresividad, responsabilidad, 4 subsidiaridad etc., como tambi\u00e9n viola los derechos establecidos en la Constituci\u00f3n Nacional a trabajar, a ejercer toda industria licita, a la igualdad ante la Ley, al derecho de propiedad. La contradicci\u00f3n normativa entre una norma local o provincial, que en lugar de regular proh\u00edbe una actividad que est\u00e1 reconocida y amparada por normas nacionales, constitucionales e internacionales, es lo que permite plantear un proyecto de ley de estas caracter\u00edsticas\u00bb, suma.<\/p>\n<p><strong>Cuesti\u00f3n ambiental<\/strong><br \/>\nEl proyecto para permitir la\u00a0miner\u00eda\u00a0en la zona indica que \u00abel departamento\u00a0Malarg\u00fce\u00a0contiene una gran densidad de dep\u00f3sitos minerales y diversidad de mineralizaciones, que se encuentran en una etapa de exploraci\u00f3n temprana, debido a una legislaci\u00f3n obstructiva; sin embargo, la regi\u00f3n reviste un gran atractivo para la industria minera, con un alto inter\u00e9s exploratorio capaz de contener dep\u00f3sito de &#8216;clase mundial'\u00bb y que \u00ablos argumentos que motivaron la ley provincial 7722, nunca fueron sobre la base de informes t\u00e9cnicos o cient\u00edficos que pudieran acreditar por ejemplo, que el uso del cianuro dentro de los controles y con la tecnolog\u00eda que utiliza la miner\u00eda moderna, fuera perjudicial para el medio ambiente, sino que respondieron a todo tipo de fundamentos, como la falta de credibilidad de controles en la Argentina; la competencia que significar\u00eda la\u00a0miner\u00eda\u00a0para otras industrias; las ventajas que tiene la industria minera respecto de otras; la falta de una ley de regal\u00edas para Mendoza, etc.\u00bb.<\/p>\n<p>Y agrega: \u00abLa protecci\u00f3n del medio ambiente no puede ser el argumento usado para violentar otros derechos de igual jerarqu\u00eda constitucional y m\u00e1s a\u00fan cuando se utiliza para ello una presunci\u00f3n infundada y falaz de que la industria minera, inexorablemente contaminar\u00e1 y causar\u00e1 graves e irreparables perjuicios cuando ello no es fruto no s\u00f3lo de una investigaci\u00f3n o an\u00e1lisis serio o cient\u00edfico, sino que tampoco se cuentan antecedentes en la provincia que justifiquen la prohibici\u00f3n. Cualquier proyecto o actividad econ\u00f3mica genera cambios en los sistemas biol\u00f3gicos o sociales de una regi\u00f3n. A estos cambios se los denominan gen\u00e9ricamente \u201cimpactos ambientales\u201d y ello origina conflictos intersectoriales debido a los diferentes valores o percepciones que tienen los distintos grupos sobre la calidad ambiental\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abAs\u00ed las evaluaciones ambientales, a trav\u00e9s de an\u00e1lisis interdisciplinarios y ejercicios de gesti\u00f3n ambiental, sirven para tomar decisiones que prevengan, minimicen o resuelvan los conflictos ambientales que se generan ante una iniciativa de desarrollo espec\u00edfica. La contaminaci\u00f3n ambiental puede ser del agua, aire o del suelo, es decir de los elementos abi\u00f3ticos de la biosfera, tiene por principal agente la actividad industrial, y el transporte automotor que acompa\u00f1an estas actividades al desarrollo 10 econ\u00f3mico de casi todos los pa\u00edses del mundo, la autoridad p\u00fablica en cada caso se halla en la necesidad de intervenir en la actividad privada vinculada a ese desarrollo dictando normas b\u00e1sicas que lo condicionen en su habilitaci\u00f3n y control de funcionamiento con vistas a tutelar el medio ambiente, esto como medida principal que es lo que se encarga la Naci\u00f3n y las provincias complementan con el dictado de leyes que no se contradigan con la C.N, tratados internacionales y leyes, en el caso particular hay una clara violaci\u00f3n y contradicci\u00f3n\u00bb, aporta el documento.<\/p>\n<h6>Fuente: MDZ<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El escrito de 17 p\u00e1ginas ingres\u00f3 oficialmente a la Legislatura este martes. Aqu\u00ed, las precisiones de lo propuesto pro la intendencia de Malarg\u00fce para lograr la excepci\u00f3n parcial de la ley 7722 en la comuna sure\u00f1a.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":130356,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[31],"class_list":["post-130355","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-municipal","tag-mendoza"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/130355","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=130355"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/130355\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/130356"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=130355"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=130355"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=130355"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}