{"id":136659,"date":"2023-06-02T05:35:19","date_gmt":"2023-06-02T08:35:19","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=136659"},"modified":"2023-06-01T17:37:10","modified_gmt":"2023-06-01T20:37:10","slug":"la-corte-suprema-rechazo-que-unac-sea-candidato","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/la-corte-suprema-rechazo-que-unac-sea-candidato\/","title":{"rendered":"La Corte Suprema rechaz\u00f3 que U\u00f1ac sea candidato"},"content":{"rendered":"<p>Los supremos resolvieron que el gobernador sanjuanino se encuentra \u00abinhabilitado\u00bb y no podr\u00e1 presentarse para la reelecci\u00f3n en las pr\u00f3ximas elecciones. El m\u00e1ximo tribunal ya hab\u00eda suspendido los comicios previstos para el 10 de mayo luego de hacerle lugar a una cautelar interpuesta por Juntos por el Cambio.<\/p>\n<p>Sergio U\u00f1ac, el actual gobernador de San Juan, no podr\u00e1 postularse para un nuevo mandato. As\u00ed lo defini\u00f3 la Corte Suprema de Justicia que lo declar\u00f3 \u00abinhabilitado\u00bb para competir \u00abpara el cargo de gobernador en las pr\u00f3ximas elecciones\u00bb. Comicios que los supremos hab\u00edan suspendido el 10 de mayo pasado a trav\u00e9s de una cautelar que hab\u00edan interpuesto dirigentes de Juntos por el Cambio sanjuanino.<\/p>\n<p>A partir de ahora, U\u00f1ac deber\u00e1 definir la nueva fecha de elecciones de gobernador de su provincia y la f\u00f3rmula que su sector dentro del Frente de Todos sanjuanino ofrecer\u00e1 como su relevo. Se especulaba con que su candidato a vice, Cristian Andino, sea el candidato a gobernador y el actual senador nacional Rub\u00e9n U\u00f1ac lo acompa\u00f1e como vice.<\/p>\n<p><strong>Qu\u00e9 dice la Corte<\/strong><br \/>\n\u00abDe conformidad con la conclusi\u00f3n del dictamen del se\u00f1or Procurador General de la Naci\u00f3n interino, se hace lugar a la demanda\u00a0y se declara la inhabilitaci\u00f3n del ciudadano Sergio Mauricio U\u00f1ac para competir por el cargo de gobernador\u00a0en las pr\u00f3ximas elecciones a celebrarse en la Provincia de San Juan\u00bb, dice el texto que lleva la firma de los supremos Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.<\/p>\n<p>Esta semana, el procurador interino, Eduardo Casal, hab\u00eda opinado en un dictamen ante la Corte Suprema que Sergio U\u00f1ac no puede ser candidato a gobernador de San Juan ya que su postulaci\u00f3n violar\u00eda la Constituci\u00f3n provincial que &#8211;seg\u00fan su lectura&#8211; impide m\u00e1s de dos reelecciones consecutivas sin distinguir entre los cargos de gobernador o vice. Aunque los supremos no estaban obligados a hacer lo que sugiri\u00f3 el jefe de los fiscales, esa posici\u00f3n les funcion\u00f3 como un respaldo.<\/p>\n<p>En la resoluci\u00f3n de este jueves, los supremos se\u00f1alan que la reelecci\u00f3n para sucesivos mandatos \u00abconlleva el riesgo de que el pueblo deje de ser debidamente representado por sus elegidos y que el sistema de gobierno se asemeje m\u00e1s a una autocracia que a una democracia\u201d. Un apartado que bien podr\u00eda representar un anticipo de lo que puede decir la Corte cuando revise los pedidos de inconstitucionalidad de la reelecci\u00f3n indefinida de la provincia de Formosa.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n del m\u00e1ximo tribunal recuerda que el candidato a gobernador por Evoluci\u00f3n Liberal,\u00a0Sergio Vallejos Mini, promovi\u00f3 la\u00a0acci\u00f3n\u00a0prevista en el art\u00edculo 322 del C\u00f3digo Procesal Civil y Comercial de la Naci\u00f3n contra la Provincia de San Juan \u201ca fin de que cese el estado de incertidumbre respecto del\u00a0art\u00edculo 175 de la Constituci\u00f3n provincial\u00a0y el art\u00edculo 5\u00b0 de la Constituci\u00f3n Nacional\u201d, al entender que tales normas\u00a0\u201cinhabilitan al ciudadano Sergio Mauricio U\u00f1ac a ser nuevamente candidato a gobernador en las elecciones de este a\u00f1o\u00bb.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 175, repasa la presentaci\u00f3n de Vallejos Mini, establece que\u00a0\u201cel Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro a\u00f1os en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces\u201d.\u00a0Sergio U\u00f1ac result\u00f3 elegido vicegobernador para el per\u00edodo 2011-2015, luego gobernador para el per\u00edodo 2015-2019 y nuevamente gobernador para el per\u00edodo 2019-2023. Por eso, seg\u00fan Vallejos Mini, le cabe \u00abla inhabilitaci\u00f3n para volver a oficiar de candidato y ocupar el cargo de gobernador o vicegobernador de la Provincia de San Juan para el per\u00edodo 2023-2027\u00bb, dado que habilitar la candidatura para un cuarto per\u00edodo contrariar\u00eda el l\u00edmite de ser reelegido &#8216;hasta dos veces\u2019\u201d.<\/p>\n<p>Respecto a la intervenci\u00f3n de la Corte en una elecci\u00f3n provincial, los magistrados argumentaron que \u00abel equilibrio entre los valores del federalismo y aquellos que sustentan el sistema republicano explican que esta Corte intente ejercer su atribuci\u00f3n de revisi\u00f3n judicial de las normas o actos provinciales\u00a0con prudencia, limitando las declaraciones de inconstitucionalidad a los m\u00e1s excepcionales supuestos, pero sin soslayar la\u00a0gravedad institucional que podr\u00eda suponer convalidar comicios con ofertas electorales inconstitucionales\u00bb.<\/p>\n<p><strong>Los argumentos a favor de U\u00f1ac y el reclamo por ir a las urnas<\/strong><br \/>\nLa provincia, en su presentaci\u00f3n en defensa de la candidatura de U\u00f1ac, hab\u00eda dicho que\u00a0en San Juan son muy distintas las funciones de gobernador y vicegobernador: el Poder Ejecutivo es unipersonal y la vicegobernaci\u00f3n es un \u00f3rgano extrapoder.\u00a0Adem\u00e1s, hab\u00eda asegurado que \u00aben modo alguno\u00bb la candidatura de U\u00f1ac puede afectar \u00ablos principios del sistema republicano de gobierno sobre &#8216;periodicidad&#8217; y &#8216;alternancia&#8217;, toda vez que, a su juicio, el \u00faltimo de ellos se satisface cuando el pueblo tiene la posibilidad, con periodicidad, de renovar los mandatos de sus autoridades\u00bb.<\/p>\n<p>Este mi\u00e9rcoles,\u00a0U\u00f1ac hab\u00eda reclamado p\u00fablicamente a la Corte que \u00abse expida r\u00e1pidamente\u00bb por \u00abrespeto\u00bb a los sanjuaninos y sanjuaninas.\u00a0\u00abLa misma Corte Suprema que suspendi\u00f3 parcialmente los comicios en San Juan 48 horas antes del comienzo de la veda electoral, ahora se toma semanas para expedirse sobre la cuesti\u00f3n de fondo\u00bb, se quej\u00f3.<\/p>\n<p>Igual pedido, aunque desde otra posici\u00f3n, hizo el diputado, exgobernador y ahora candidato otra vez a la gobernaci\u00f3n por San Juan Vuelve,\u00a0Jos\u00e9 Luis Gioja:\u00a0\u00abLa Corte se debe dejar de joder y permitirnos a los sanjuaninos concurrir a las urnas\u00bb, expres\u00f3. M\u00e1s all\u00e1 de esto, Gioja considera que la Constituci\u00f3n local le impide a U\u00f1ac volver a candidatearse. \u00abEl art\u00edculo 175 es claro cuando habla de un mandato y dos reelecciones, tanto para gobernador como para vice\u00bb, se\u00f1al\u00f3.<\/p>\n<p><strong>Alberto Fern\u00e1ndez: \u00abRompe el federalismo y debilita nuestra democracia\u00bb<\/strong><br \/>\nUno de los primeros en reaccionar a la decisi\u00f3n del m\u00e1ximo tribunal fue el presidente Alberto Fern\u00e1ndez. \u00abUna vez m\u00e1s,\u00a0la Corte Suprema se entromete en el proceso democr\u00e1tico y auton\u00f3mico de las provincias\u00bb, denunci\u00f3 en un hilo de Twitter.<\/p>\n<p>\u00abHa dictado una sentencia sin que previamente opinara el m\u00e1s alto tribunal de San Juan, atribuy\u00e9ndose una competencia originaria a partir de una interpretaci\u00f3n forzada e ileg\u00edtima\u00bb, se quej\u00f3 el mandatario.<\/p>\n<p>Y concluy\u00f3: \u00abLejos de impartir justicia, rompe el federalismo y debilita nuestra democracia. El pueblo es el que siempre elige\u00bb.<\/p>\n<p><strong>Qu\u00e9 podr\u00eda pasar en Formosa<\/strong><br \/>\nEn Formosa se vota el 25 de junio, a menos que la Corte ofrezca otra sorpresa y conceda a la oposici\u00f3n una medida cautelar.\u00a0Este caso tiene aristas que lo diferencia de los de San Juan y Tucum\u00e1n porque la constituci\u00f3n es n\u00edtida: permite la reelecci\u00f3n indefinida, como en Catamarca y Santa Cruz.<\/p>\n<p>Insfr\u00e1n gobierna desde 1995 y en su \u00faltima reelecci\u00f3n obtuvo el 70,54 por ciento de los votos. Dos l\u00edneas opositoras se presentaron ante el alto tribunal para pedir que se bloquee su nueva postulaci\u00f3n, pero para eso\u00a0requieren que se declare inconstitucional la Constituci\u00f3n formose\u00f1a.<\/p>\n<p>En este caso,\u00a0Casal\u00a0tambi\u00e9n le tir\u00f3 un centro a la Corte: si bien dijo que\u00a0no ser\u00eda su competencia originaria,\u00a0acot\u00f3 que el tribunal puede hacer lo que quiera &#8211;algo obvio&#8211; m\u00e1s a\u00fan si eval\u00faan las \u00abextremas circunstancias\u00bb denunciadas y si los cortesanos consideran que est\u00e1 en peligro el sistema republicano de gobierno, como marcaron en otros casos. Despu\u00e9s de San Juan, este es otro de los grandes asuntos electorales en el alto tribunal.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los supremos resolvieron que el gobernador sanjuanino se encuentra \u00abinhabilitado\u00bb y no podr\u00e1 presentarse para la reelecci\u00f3n en las pr\u00f3ximas elecciones.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":136660,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[21],"class_list":["post-136659","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-politico","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/136659","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=136659"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/136659\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/136660"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=136659"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=136659"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=136659"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}