{"id":150072,"date":"2024-09-13T05:29:16","date_gmt":"2024-09-13T08:29:16","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=150072"},"modified":"2024-09-12T19:32:01","modified_gmt":"2024-09-12T22:32:01","slug":"en-rio-cuarto-el-27-de-las-boletas-de-luz-y-gas-son-tasas-e-impuestos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/en-rio-cuarto-el-27-de-las-boletas-de-luz-y-gas-son-tasas-e-impuestos\/","title":{"rendered":"En R\u00edo Cuarto, el 27% de las boletas de luz y gas son tasas e impuestos"},"content":{"rendered":"<p>En una factura promedio de Ecogas hay 15 renglones, de los cuales 10 corresponden a aspectos impositivos y tasas de diferentes niveles estatales. De todos modos, y m\u00e1s all\u00e1 de que se apunta a municipios y provincias, la mayor carga la impone la Naci\u00f3n con el IVA, aunque es coparticipable y se distribuye hacia el interior<\/p>\n<p>El salto que vienen registrando las boletas de electricidad y gas que deben pagar los usuarios a medida que la Naci\u00f3n avanza en la quita de subsidios tuvo como contracara una buena noticia para los tres niveles estatales en materia de ingresos. Es que, en las facturas, los clientes de esos servicios esenciales no s\u00f3lo abonan el consumo energ\u00e9tico, sino que adem\u00e1s est\u00e1n tributando a la Naci\u00f3n, a la Provincia y al Municipio por distintos \u00edtems que figuran desglosados.<\/p>\n<p>Claro que la pr\u00e1ctica no es exclusivamente cordobesa, sino que los Estados subnacionales de todo el pa\u00eds encontraron hace a\u00f1os una forma segura de hacerse de recursos, incluyendo cargos en la factura el\u00e9ctrica, que no puede dejar de pagarse por el riesgo de corte en el servicio. Pero lo que empez\u00f3 t\u00edmidamente, hoy ya representa m\u00e1s de un cuarto del valor final de la boleta. En el caso de R\u00edo Cuarto, el 27% de la factura de electricidad y gas no corresponde al consumo, sino a tasas e impuestos.<\/p>\n<p>Se sabe que, cuando la econom\u00eda del pa\u00eds ingresa en terreno de crisis, una de las primeras formas que tienen las familias de resistir es discontinuando el pago de tributos a los municipios o la provincia: son los primeros que empiezan a advertir la ca\u00edda de recaudaci\u00f3n. Los que est\u00e1n dentro de la factura de la luz y gas no dan esa posibilidad.<\/p>\n<p>Pero el aumento de la presi\u00f3n tributaria y de tasas que en los \u00faltimos meses aplicaron ciertos municipios del conurbano bonaerense para intentar contrarrestar la ca\u00edda de la recaudaci\u00f3n por efecto de la recesi\u00f3n econ\u00f3mica encendi\u00f3 alarmas y gener\u00f3 un malestar adicional entre los contribuyentes. El Gobierno, advertido de esto, decidi\u00f3 ahora cortar de cuajo con la posibilidad de incluir en las facturas de luz y gas tributos provinciales o tasas municipales, algo que incluso desde hace d\u00e9cadas la Defensor\u00eda del Pueblo de la Naci\u00f3n ven\u00eda reclamando. Ayer, el cordob\u00e9s Eduardo Mondino, el \u00faltimo ombusman designado formalmente, remarc\u00f3: \u201cAhora hay que reducir los impuestos nacionales tambi\u00e9n, los usuarios solo deben pagar lo que consumen por un servicio. Eso es lo justo y as\u00ed tendremos tarifas razonables y que se puedan pagar\u201d.<\/p>\n<p>Lo cierto es que mientras el Nivel 1 de los residenciales (mayor poder adquisitivo), comercios e industrias pagan ya niveles cercanos al 100% del valor de la energ\u00eda y el Gobierno duda sobre c\u00f3mo seguir instrumentando la eliminaci\u00f3n de subsidios al resto de los usuarios, los tres niveles estatales empezaron a recibir mayores fondos por la recaudaci\u00f3n incluida en la factura el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>Tomando una factura de luz en R\u00edo Cuarto se observa que el 73,3% del monto final a pagar es \u201cenerg\u00eda pura\u201d, lo que se describe en la boleta como \u201cNeto Epec\u201d. El resto corresponde a otros cargos no vinculados estrictamente al servicio el\u00e9ctrico. Esto implica que, en una factura de 25.000 pesos mensuales, hay $18.000 de luz y $7 mil que el usuario paga con otra finalidad.<\/p>\n<p>Pr\u00e1cticamente la mitad de ese plus se lo lleva el IVA, que, si bien es un impuesto nacional, es de los m\u00e1s importantes que nutren la masa coparticipable, por lo cual tambi\u00e9n llega a la Provincia y los municipios. En este caso el 21% se aplica sobre el monto \u201cNeto Epec\u201d. Vale recordar que el IVA se distribuye en un 11% para la seguridad social, un 35% queda en manos de la Naci\u00f3n y el 54% restante, entre las provincias.<\/p>\n<p>Es decir, la Naci\u00f3n tendr\u00e1 en esta decisi\u00f3n de quitar subsidios un doble beneficio: ahorro por dejar de aportar recursos y mayores ingresos tributarios.<\/p>\n<p>En segundo lugar en relevancia aparece el 10% del Fondo de Desarrollo Energ\u00e9tico Provincial (Fodep) creado en 2019 con la idea de fondear obras el\u00e9ctricas en C\u00f3rdoba. En la boleta de ejemplo, suma poco m\u00e1s de $1.800. Este fondo se cobra en las facturas del servicio que presta Epec en la provincia y tambi\u00e9n de cooperativas del interior. Cabe mencionar que enfrent\u00f3 la pol\u00e9mica por la supuesta contradicci\u00f3n con la ley 10.545 de 2018 que establec\u00eda que las facturas de los servicios de agua, energ\u00eda el\u00e9ctrica y gas de la provincia solo deben contener los cargos por consumo seg\u00fan el cuadro tarifario, m\u00e1s impuestos y subsidios; esto, a fin de que solamente se pague por el bien consumido. Originalmente, el Fodep ten\u00eda vigencia por tres a\u00f1os, hasta el 31 de diciembre de 2022, pero luego recibi\u00f3 una primera pr\u00f3rroga hasta fines de 2023 y el a\u00f1o pasado, cerca del vencimiento, el 15 de diciembre, se volvi\u00f3 a prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2027. En paralelo, el porcentaje naci\u00f3 en el 5% y con los a\u00f1os se duplic\u00f3.<\/p>\n<p>Tomando una factura de luz en R\u00edo Cuarto se observa que el 73,3% del monto final a pagar es \u201cenerg\u00eda pura\u201d, lo que se describe en la boleta como \u201cNeto Epec\u201d. El resto corresponde a otros cargos.<\/p>\n<p>En el tercer escal\u00f3n aparece la Ordenanza Impuesto Municipal (OIM) que sobre el \u201cNeto Epec\u201d carga un 5,73%. En la factura modelo son unos $1.050 adicionales. El surgimiento de ese \u00edtem fue aceptado por el gobierno provincial como una forma de asegurarse el cobro por parte de los gobiernos locales de la energ\u00eda destinada al alumbrado p\u00fablico. El Ersep le da luz verde siempre que esos fondos se destinen exclusivamente al pago espec\u00edfico del alumbrado<\/p>\n<p>Finalmente, hay dos renglones m\u00e1s en la factura de electricidad, individualmente insignificantes, pero que si se computan los 1,1 millones de clientes que tiene Epec en toda la provincia terminan generando un volumen importante de dinero: son la Tasa de Regulaci\u00f3n Ersep (0,4%) y Tasa de Seguridad El\u00e9ctrica (0,1%). En la factura del ejemplo aportan 73 y 19 pesos, respectivamente, por mes.<\/p>\n<p><strong>El caso de Ecogas<\/strong><br \/>\nEl caso de la factura de gas no es diferente al de la electricidad, donde los distintos niveles del Estado vuelcan tasas y tributos que se garantizan cobrar, y m\u00e1s en tiempos de crisis. Hay en ello un dato m\u00e1s: a medida que se retiran subsidios de la boleta, el ingreso al Estado nacional aumenta, al tiempo que se recortan l\u00f3gicamente los aportes. En suma, mejora ingresos y reduce egresos. La cuenta es redonda para la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Semanas atr\u00e1s, el economista cordob\u00e9s Nadin Arga\u00f1araz hab\u00eda explicado que \u201cen nuestro pa\u00eds, la prestaci\u00f3n del servicio de gas natural residencial est\u00e1 sujeta a la imposici\u00f3n de tributos directos e indirectos por parte de los tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal. Tambi\u00e9n, el gobierno nacional mantiene un subsidio que reduce el valor neto del servicio al usuario final\u201d.<\/p>\n<p>Por lo tanto, mientras el Estado nacional se ahorra recursos por la quita de subsidios, obtiene al mismo tiempo una mejora en su recaudaci\u00f3n tributaria porque los usuarios deben afrontar alzas en los montos que pagan de IVA dentro de la factura. Un efecto similar ocurre con los tributos provinciales y tasas municipales.<\/p>\n<p>En particular, la factura de Ecogas ya cuenta con un primer elemento que no es atribuible al Estado, sino a la empresa y es el enorme incremento en el costo fijo del servicio, que es invariable m\u00e1s all\u00e1 de lo que se consuma. Puntal public\u00f3 semanas atr\u00e1s que en los \u00faltimos ocho meses, algunas facturas de gas tuvieron un fuerte incremento en ese \u00edtem que lo llev\u00f3 de unos $ 900 a $ 14 mil.<\/p>\n<p>Ahora bien, sobre la presi\u00f3n tributaria, una factura de Ecogas que tiene 15 escalones de detalles, suma 10 que fueron incluidos por la Naci\u00f3n, la Provincia o el Municipio. All\u00ed se encuentra una Tasa por Ocupaci\u00f3n del Espacio P\u00fablico que sum\u00f3 el Municipio al igual que otro \u00edtem por el Uso del Suelo. Se agrega el Impuesto Ley 25.413 e Ingresos Brutos tanto para el Transporte como para la Distribuci\u00f3n. \u00bfPero qu\u00e9 es el Impuesto Ley 25.413? Es b\u00e1sicamente el traslado de una carga tributaria de la empresa distribuidora a sus clientes. El Enargas, mediante la Resoluci\u00f3n N\u00b0 2.700, autoriz\u00f3 a trasladar a las tarifas el Impuesto Ley 25.413 (Dec. Reglamentario 380\/01), correspondiente a D\u00e9bitos y Cr\u00e9ditos Bancarios, con vigencia a partir del 3 de abril de 2001. El valor a debitar al cliente no resulta de una al\u00edcuota fija, sino que depende de la determinaci\u00f3n del total del d\u00e9bito percibido por la distribuidora en el per\u00edodo facturado y distribuido proporcionalmente conforme al monto de la factura de los clientes.<\/p>\n<p>Se agrega luego el municipal \u201cContribuci\u00f3n Comercio e Industria\u201d, el IVA y el Fondo Fiduciario art\u00edculo 75, Ley 25.565. Con todo, en una factura de unos 33 mil pesos, hay 9 mil que no corresponden al consumo de gas en un cliente residencial, una proporci\u00f3n muy similar a la de la factura de electricidad.<\/p>\n<p><strong>Uno de los enigmas de las boletas<\/strong><br \/>\n\u00bfQu\u00e9 es el Impuesto Ley 25.413 que cobra Ecogas? Es b\u00e1sicamente el traslado de una carga tributaria de la empresa distribuidora a sus clientes. El Enargas, mediante la Resoluci\u00f3n N\u00b0 2700, autoriz\u00f3 a trasladar a las tarifas el Impuesto Ley 25.413 (Dec. Reglamentario 380\/01), correspondiente a D\u00e9bitos y Cr\u00e9ditos Bancarios, con vigencia a partir del 3 de abril de 2001.<\/p>\n<p>El valor a debitar al cliente no resulta de una al\u00edcuota fija, sino que depende de la determinaci\u00f3n del total del d\u00e9bito percibido por la distribuidora en el per\u00edodo facturado y distribuido proporcionalmente conforme al monto de la factura de los clientes.<\/p>\n<p><strong>Ya est\u00e1 en vigencia y se abre un plazo de 30 d\u00edas para su adecuaci\u00f3n<\/strong><br \/>\nPrimero lo anticip\u00f3 el ministro de Econom\u00eda de la Naci\u00f3n, Luis Caputo, en su programa de streaming y luego se public\u00f3, horas m\u00e1s tarde, en el Bolet\u00edn Oficial: las boletas de los servicios no podr\u00e1n incluir m\u00e1s cargos extras aplicados por provincias y municipios como impuestos y tasas.<\/p>\n<p>\u00abAnte reiteradas denuncias p\u00fablicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturaci\u00f3n de servicios esenciales, tales como la luz y el gas, la Secretar\u00eda de Industria y Comercio del Ministerio de Econom\u00eda dispuso, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 2024-267, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma \u00fanica y exclusiva la descripci\u00f3n y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio\u00bb, asegur\u00f3 Caputo.<\/p>\n<p>Ayer, en el Bolet\u00edn, se detall\u00f3 en dos art\u00edculos que:<\/p>\n<p>&#8211; La informaci\u00f3n relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley N\u00b0 24.240 y sus modificatorias, deber\u00e1n referirse en forma \u00fanica y exclusiva al bien o servicio contratado espec\u00edficamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra informaci\u00f3n de car\u00e1cter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable;<\/p>\n<p>&#8211; El incumplimiento a lo establecido en la presente resoluci\u00f3n ser\u00e1 pasible de ser sancionado conforme el r\u00e9gimen de penalidades previsto en la Ley N\u00b0 24.240 y sus modificatorias, y normas reglamentarias. Desde agosto, comenzaron los reclamos de diversas c\u00e1maras empresariales por los aumentos de las tasas municipales, que vienen incluidas en las boletas de los servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>En un tercer art\u00edculo se agreg\u00f3 que la entrada en vigencia era de manera inmediata con la publicaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n y que hab\u00eda un plazo de 30 d\u00edas para la adecuaci\u00f3n de parte de las empresas.<\/p>\n<p>Desde la Confederaci\u00f3n Argentina de la Mediana Empresa (CAME) advirtieron que \u00abla Naci\u00f3n va haciendo una reducci\u00f3n de impuestos, pero, a nivel local, lamentablemente, se van fortaleciendo las tasas municipales y a los vecinos se les va encareciendo la producci\u00f3n y haciendo m\u00e1s gravoso mantener las empresas\u00bb. Fue una de las entidades que en las \u00faltimas semanas advirti\u00f3 sobre lo que se agrav\u00f3 especialmente en el conurbano bonaerense cuando los gobiernos locales empezaron a sentir el impacto de la ca\u00edda de la recaudaci\u00f3n y echaron mano a las boletas de luz y gas para subir las al\u00edcuotas que ven\u00edan cobrando. A partir de all\u00ed, el Gobierno tom\u00f3 la decisi\u00f3n que alcanza a todo el pa\u00eds.<\/p>\n<h6>Fuente: Puntal<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En una factura promedio de Ecogas hay 15 renglones, de los cuales 10 corresponden a aspectos impositivos y tasas de diferentes niveles estatales.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":150073,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[3],"class_list":["post-150072","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-economico","tag-cordoba"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/150072","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=150072"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/150072\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/150073"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=150072"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=150072"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=150072"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}