{"id":15613,"date":"2014-10-01T10:27:45","date_gmt":"2014-10-01T13:27:45","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=15613"},"modified":"2015-04-28T16:10:56","modified_gmt":"2015-04-28T19:10:56","slug":"convivencia-divorcio-y-adopcion-los-cambios-del-nuevo-codigo-civil","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/convivencia-divorcio-y-adopcion-los-cambios-del-nuevo-codigo-civil\/","title":{"rendered":"Convivencia, divorcio y adopci\u00f3n, los cambios del nuevo C\u00f3digo Civil"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/390649.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-15614\" src=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/390649.jpg\" alt=\"390649\" width=\"630\" height=\"375\" srcset=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/390649.jpg 630w, http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/390649-300x178.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 630px) 100vw, 630px\" \/><\/a><br \/>\nPara divorciarse no har\u00e1 falta tener una causa, sino que alcanzar\u00e1 con expresar ese deseo. Las uniones de convivencia tendr\u00e1n status legal. La adopci\u00f3n ser\u00e1 m\u00e1s simple y se priorizar\u00e1 el inter\u00e9s del ni\u00f1o. No se realizar\u00e1n distinciones entre var\u00f3n y mujer para definir qui\u00e9nes pueden casarse.<\/p>\n<p>El texto final del nuevo C\u00f3digo Civil para la Rep\u00fablica Argentina fue debatido en numerosas audiencias p\u00fablicas en todo el pa\u00eds, sufri\u00f3 180 modificaciones y fue aprobado en la C\u00e1mara Alta el 28 de noviembre del a\u00f1o pasado sin la presencia de la oposici\u00f3n, que se retir\u00f3 del recinto al momento de votar, despu\u00e9s de 12 horas de debate. El proyecto actualiza las regulaciones en materia de matrimonio, divorcio, contratos prenupciales, uniones convivenciales, adopci\u00f3n, derecho de las minor\u00edas y pesificaci\u00f3n de los contratos y empezar\u00eda a regir, seg\u00fan indica el texto, a partir del 1\u00ba de enero de 2016. A pesar de haber pasado por varias modificaciones antes de obtener media sanci\u00f3n, se descontaba que los diputados iban a hacerle aun m\u00e1s cambios, lo cual derivar\u00eda en su regreso a la c\u00e1mara de origen, pero el anuncio realizado por la diputada del FPV, Diana Conti, incluy\u00f3 la decisi\u00f3n pol\u00edtica de aprobarlo a libro cerrado en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n. Eso implicar\u00e1, por ejemplo, que la regulaci\u00f3n de los embriones no implantados quede pendiente para una ley complementaria, al igual que la protecci\u00f3n de la propiedad comunitaria ind\u00edgena, ambos mencionados en el texto, pero con necesidad de reglamentarse aparte, como la responsabilidad del Estado, que ya fue aprobada por el Congreso.<\/p>\n<p>Los legisladores desmienten que hayan existido presiones o acuerdos con la Iglesia Cat\u00f3lica para agilizar el tratamiento y dicen que es un tema que se hab\u00eda resuelto unos d\u00edas antes, tras la aprobaci\u00f3n de la Ley de Abastecimiento, pero algunos sectores consideraron sugestivo que el anuncio se diera en el marco de la visita de la presidenta Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner al Vaticano. Algunos sectores de la Iglesia s\u00ed tuvieron abierta participaci\u00f3n en la discusi\u00f3n legislativa. De hecho, poco antes de su aprobaci\u00f3n en Senadores, Conti consider\u00f3 que el proyecto hab\u00eda conseguido un equilibrio entre el anteproyecto de la comisi\u00f3n que comand\u00f3 el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti (junto a la ministra Elena Highton de Nolasco y la doctora A\u00edda Kemelmajer de Carlucci), las modificaciones que quer\u00eda cada bloque, las voluntades de agrupaciones de la sociedad civil y las observaciones de la Iglesia.<\/p>\n<p>Seg\u00fan public\u00f3 Tiempo Argentino, uno de los puntos que m\u00e1s controversia hab\u00eda generado en la discusi\u00f3n bicameral fue el art\u00edculo 19, que legisla sobre el comienzo de la vida humana. Para satisfacci\u00f3n de la Iglesia, por una modificaci\u00f3n introducida en el Senado por la puntana Liliana Negre de Alonso (Alianza Compromiso Federal), el texto que se va a tratar hoy en Diputados entiende que la vida humana comienza desde el momento de la concepci\u00f3n o implantaci\u00f3n del embri\u00f3n en el seno materno. Conti aclar\u00f3 que eso no pone en riesgo el derecho al acceso a los tratamientos de fertilizaci\u00f3n asistida, que desde el a\u00f1o pasado tienen su propia normativa.<\/p>\n<p><strong>Objeci\u00f3n opositora<\/strong>. Ayer fue rechazada la medida cautelar impulsada por Elisa Carri\u00f3 para frenar el debate del C\u00f3digo Civil. De acuerdo a lo informado por T\u00e9lam, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Ernesto Marinelli, rechaz\u00f3 dictar la medida destinada a impedir que la C\u00e1mara de Diputados trate hoy el proyecto del nuevo C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n. La medida, contenida en una acci\u00f3n de amparo, hab\u00eda sido solicitada por los diputados nacionales Elisa Carri\u00f3 y Fernando S\u00e1nchez, quienes argumentaron que hubo \u201cgraves violaciones reglamentarias\u201d y no se cumplieron los tr\u00e1mites parlamentarios que habilitan el debate sobre el digesto jur\u00eddico. El magistrado, sin pronunciarse sobre el fondo de la demanda, record\u00f3 que la Corte Suprema de la Naci\u00f3n \u201cha destacado que la misi\u00f3n m\u00e1s delicada de los jueces es la de saber mantenerse dentro de la \u00f3rbita de su jurisdicci\u00f3n, sin menoscabar las funciones que incumben a los dem\u00e1s poderes\u201d.<\/p>\n<p><strong>Puntos centrales de la iniciativa a tratar hoy:<\/strong><\/p>\n<p><strong>1 &#8211; Matrimonio.<\/strong> &#8211; Se actualiza con la Ley de Matrimonio Igualitario, aprobada en 2010. No se realizar\u00e1n distinciones entre var\u00f3n y mujer para definir qui\u00e9nes pueden casarse. Los c\u00f3nyuges podr\u00e1n optar entre dos acuerdos prenupciales: el r\u00e9gimen de comunidad de ganancias (el \u00fanico existente hoy) y el de separaci\u00f3n de bienes. Se prev\u00e9 una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica en caso de que el divorcio vincular deje a uno de los c\u00f3nyuges en un \u201cdesequilibrio econ\u00f3mico manifiesto\u201d.<\/p>\n<p><strong>2 &#8211; Divorcio<\/strong>. &#8211; Se simplifican los tr\u00e1mites, por eso algunos lo calificaron como \u201cexpr\u00e9s\u201d. Se establece que alcanza con el deseo de uno de los c\u00f3nyuges (y no hace falta invocar una causa), en cualquier momento de la relaci\u00f3n matrimonial (ahora se debe esperar que pasen tres a\u00f1os desde el casamiento). Se elimina la doble audiencia previa al fallo.<\/p>\n<p><strong>3 &#8211; Uniones convivenciales<\/strong> . &#8211; Tendr\u00e1n un status legal y quedar\u00e1n inscriptos en el registro local, aunque podr\u00edan probarse sin ese tr\u00e1mite. Se impide la desprotecci\u00f3n de alguno de los convivientes.<\/p>\n<p><strong>4 &#8211; Reproducci\u00f3n asistida:<\/strong> &#8211; Los m\u00e9todos de fertilizaci\u00f3n est\u00e1n contemplados en el cap\u00edtulo 2, que regula el consentimiento \u201cprevio, informado y libre\u201d de las personas que se sometan a las t\u00e9cnicas, en consonancia con la ley sobre el tema. El v\u00ednculo filial se establece por medio de la \u201cvoluntad procreacional\u201d de quienes se someten voluntaria y conscientemente a estas nuevas t\u00e9cnicas. Podr\u00eda revelarse la identidad del donante por razones \u201cdebidamente fundadas\u201d evaluadas por autorizaci\u00f3n judicial, y tambi\u00e9n cuando exista un riesgo para la salud. No se genera v\u00ednculo con el donante reservado.<\/p>\n<p><strong>5 &#8211; Adopci\u00f3n.<\/strong> &#8211; Se simplifica el r\u00e9gimen y se agrega la adopci\u00f3n por integraci\u00f3n, que contempla a los hijos del c\u00f3nyuge. Prioriza el inter\u00e9s del ni\u00f1o por sobre el de los adultos comprometidos, incorporando su derecho a ser o\u00eddo. Tambi\u00e9n tendr\u00e1 derecho, si quisiera, a conocer su identidad y a la preservaci\u00f3n de los v\u00ednculos fraternos. No se hacen diferencias en el sexo de los adoptantes. Se busca eliminar la pr\u00e1ctica de las guardas extrajudiciales (\u201cguardas de hecho\u201d) y la situaci\u00f3n de \u201cadoptabilidad\u201d no podr\u00eda exceder los noventa d\u00edas.<\/p>\n<p><strong>6 &#8211; Derechos personal\u00edsimos<\/strong> .- Se reconocen expresamente los derechos a la dignidad, intimidad, honor e imagen, entre otros. Se incorpora la figura del \u201cadolescente\u201d y se elimina la categor\u00eda del \u201cmenor adulto o p\u00faber\u201d. Adecu\u00e1ndose a la Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o, \u201cse distingue la capacidad de derecho de la capacidad de ejercicio\u201d, es decir, se diferencia la idoneidad para adquirir derechos de la idoneidad para ejercerlos.<\/p>\n<p><strong>7 &#8211; Pesificaci\u00f3n de obligaciones<\/strong>. &#8211; Fue modificado por el Ejecutivo antes de llegar al Congreso. Dispone que \u201cla obligaci\u00f3n es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constituci\u00f3n de la obligaci\u00f3n. Si por el acto por el que se ha constituido la obligaci\u00f3n se estipul\u00f3 dar moneda que no sea de curso legal en la Rep\u00fablica, la obligaci\u00f3n debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotizaci\u00f3n oficial\u201d. El c\u00f3digo actual dice que \u201cse cumple la obligaci\u00f3n dando la especie designada\u201d.<\/p>\n<h6>Fuente: El Diario<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para divorciarse no har\u00e1 falta tener una causa, sino que alcanzar\u00e1 con expresar ese deseo. Las uniones de convivencia tendr\u00e1n status legal. La adopci\u00f3n ser\u00e1 m\u00e1s simple y se priorizar\u00e1 el inter\u00e9s del ni\u00f1o. No se realizar\u00e1n distinciones entre var\u00f3n y mujer para definir qui\u00e9nes pueden casarse. 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