{"id":160815,"date":"2025-11-14T05:04:31","date_gmt":"2025-11-14T08:04:31","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=160815"},"modified":"2025-11-13T20:08:18","modified_gmt":"2025-11-13T23:08:18","slug":"proteger-el-trabajo-dignifica-a-las-personas-y-a-los-pueblos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/proteger-el-trabajo-dignifica-a-las-personas-y-a-los-pueblos\/","title":{"rendered":"Proteger el trabajo dignifica a las personas y a los pueblos"},"content":{"rendered":"<p>El trabajo hace a la realizaci\u00f3n de las personas, las que naturalmente se sienten convocadas a trabajar y, esa vocaci\u00f3n innata, tiene una gran proyecci\u00f3n social. Desde siempre, es el presupuesto que permite planificar objetivos estables de mayor alcance, como el de constituir una familia, tener hijos, acceder a una casa, entre otros fines personales importantes a encarar. Adem\u00e1s, anuda las generaciones y ayuda a formar comunidad, con historia com\u00fan, presupuesto del sentimiento de Patria.<\/p>\n<p><strong>Deber de trabajar\u00a0<\/strong><br \/>\nComo lo refiere la Constituci\u00f3n de la Provincia de C\u00f3rdoba (CPCba), \u00abEl trabajo es un derecho y un deber fundado en el principio de la solidaridad social. Es una actividad y constituye un medio para jerarquizar los valores espirituales y materiales de la persona y de la comunidad;\u00a0es fundamento de la prosperidad general\u00bb, (art. 54 CPCba). Y agrega, que es un\u00a0deber de toda persona \u201ctrabajar en la medida de sus posibilidades\u201d, (art. 38, inc. 10 CPCba).<\/p>\n<p><strong>Derecho al trabajo y protecci\u00f3n ante el desempleo\u00a0<\/strong><br \/>\nExiste el derecho al trabajo, que\u00a0hace a la posibilidad de poder acceder a fuentes laborales. La Constituci\u00f3n Nacional (CN) establece, como obligaci\u00f3n estatal, la de \u201cproveer lo conducente &#8230; a la generaci\u00f3n de empleo\u201d, (art. 75, inc.19 CN).<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos (DUDH), que tiene jerarqu\u00eda constitucional, (art. 75, inc. 22 CN), determina, que \u201ctoda persona tiene derecho al trabajo,\u00a0a la libre elecci\u00f3n de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo\u00a0y a la\u00a0protecci\u00f3n contra el desempleo\u201d, (art. 23, inc. 1 DUDH).<\/p>\n<p>No solo que hay que garantizar el acceso a un empleo sino asegurar su preservaci\u00f3n debida del mismo y la CN determina, la necesidad de \u201cla\u00a0protecci\u00f3n contra el despido arbitrario\u201d y la\u00a0\u201cestabilidad del empleado p\u00fablico\u201d. A su vez, a\u00a0los representantes gremiales se les asegura \u201cla estabilidad de su empleo\u201d, para garantizarles la posibilidad de ejercer su funci\u00f3n representativa, sin inseguridades en su trabajo, (art. 14 bis C.N. y otras normas).<\/p>\n<p><strong>Derechos del trabajador<\/strong><br \/>\nTambi\u00e9n nuestra Constituci\u00f3n Nacional protege a las personas en su trabajo y dispone, que \u201cel trabajo en sus diversas formas gozar\u00e1 de la protecci\u00f3n de las leyes, las que asegurar\u00e1n al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribuci\u00f3n justa; salario m\u00ednimo vital m\u00f3vil; igual remuneraci\u00f3n por igual tarea; participaci\u00f3n en las ganancias de las empresas, con control de la producci\u00f3n y colaboraci\u00f3n en la direcci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, se reconocen los derechos sindicales, como la organizaci\u00f3n libre y democr\u00e1tica, \u201cconcertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliaci\u00f3n y el arbitraje; el derecho de huelga\u201d, (art. 14 bis C.N. y otras normas).<\/p>\n<p><strong>Trabajo y familia<\/strong><br \/>\nComo se ha dicho, el trabajo constituye la base que permite organizar la vida familiar, porque garantiza los medios de subsistencia que, generalmente, provienen del trabajo, con un ingreso dinerario adecuado y previsible<\/p>\n<p>En la Carta Enc\u00edclica \u201cLaborem Exercens\u201d (Sobre el trabajo Humano), del Papa San Juan Pablo II, del 14\/09\/1981, sostiene, que \u201cel trabajo es, en un cierto sentido, una condici\u00f3n para hacer posible la fundaci\u00f3n de una familia, ya que \u00e9sta exige los medios de subsistencia, que el hombre adquiere normalmente mediante el trabajo.\u00a0Trabajo y laboriosidad condicionan a su vez todo el proceso de educaci\u00f3n dentro de la familia, &#8230; que\u00a0es, al mismo tiempo, una comunidad hecha posible gracias al trabajo y la primera escuela interior de trabajo para todo hombre\u201d.<\/p>\n<p>En funci\u00f3n de ello, se debe cuidar que pueda cumplir uno de sus fines b\u00e1sicos. As\u00ed, la Constituci\u00f3n Nacional dispone que el Estado, al proteger el trabajo, debe garantizar, \u201cla protecci\u00f3n integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensaci\u00f3n econ\u00f3mica familiar y el acceso a una vivienda digna\u201d, (arts. 14 bis y 75, inc. 22 CN, Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humano -CADH-Pacto de San Jos\u00e9 de Costa Rica- art. 17 y otras normas).<\/p>\n<p><strong>Reformas laborales<\/strong><br \/>\nEl gobierno de Javier Milei, como diagn\u00f3stico de situaci\u00f3n econ\u00f3mica que se vive, parte del principio que el problema econ\u00f3mico del pa\u00eds radica en malas leyes laborales. Si bien muchos aspectos pueden ser perfectibles, ante situaciones novedosas que se presentan, de ninguna manera se puede eludir cumplir las bases constitucionales antes referidas.<\/p>\n<p><strong>Retroceso filos\u00f3fico<\/strong><br \/>\nEl tema laboral lo trata el gobierno nacional, al mejor estilo de\u00a0Robustiano Patr\u00f3n Costas, pol\u00edtico salte\u00f1o que supo decir, \u201clo que yo nunca le voy a perdonar a Per\u00f3n es que, durante su gobierno, el negrito que ven\u00eda a pelear por su salario se atrev\u00eda a mirarnos a los ojos. \u00a1Ya no ped\u00eda, discut\u00eda!\u201d.<\/p>\n<p>Resulta que ahora, a criterio del empleador, se pretende que los horarios de trabajo sean hasta 12 horas diarias flexibles, de esa manera, nunca la persona sabr\u00eda sus horarios concretos de labor, porque podr\u00eda exig\u00edrseles horas extras, en cualquier momento, no pagas y se har\u00eda un banco de horas extras, que el empleador las devolver\u00eda seg\u00fan sus criterios. Tambi\u00e9n se tendr\u00eda un salario dependiendo de la productividad; se autorizar\u00eda a la patronal a fraccionar las vacaciones, entre otras propuestas regresivas de derechos.<\/p>\n<p>Todo eso atenta contra los requisitos necesarios para que los trabajadores\/as puedan tener su empleo prestado dignamente y organizar su vida y la de su familia, aspectos estos fundamentales, que deben ser garantizados, como lo dispone la constituci\u00f3n nacional y se ha mencionado.<\/p>\n<p><strong>Desempleo y cierre de fuentes de trabajo<\/strong><br \/>\nDesde que asumi\u00f3 Javier Milei, se perdieron 54.176 empleos en el Estado nacional, adem\u00e1s, una gran cantidad de trabajadores p\u00fablicos est\u00e1n en situaci\u00f3n de disponibilidad y con una inseguridad torturante en la que muchos y muchas no saben si quedaran afuera o no de su empleo y se los despide por correo electr\u00f3nico.<\/p>\n<p>Mientras, el gobierno, perversamente, muestra como un triunfo el desemplear, s\u00f3lo porque permite ahorrar para pagar intereses de deudas p\u00fablicas, muchas de ellas odiosas e il\u00edcitas.<\/p>\n<p>Asimismo, actual el gobierno nacional ha destruido m\u00e1s de 220.000 puestos de trabajo registrados y desaparecieron m\u00e1s de\u00a015.564 empresas\u00a0y otras est\u00e1n en concurso preventivo, por la recesi\u00f3n y la importaci\u00f3n indiscriminada, (fideos de Albania y peras de China).<\/p>\n<p><strong>No se habla de la usura financiera<\/strong><br \/>\nEl gobierno culpa a los trabajadores\/as y a los jubilados del desequilibrio econ\u00f3mico, en ning\u00fan momento analiza que la crisis econ\u00f3mica radica en la pol\u00edtica financiera usuraria que consiente y opera el gobierno. No se propone reformar la ley de Entidades Financiera de la \u00e9poca del Proceso Militar y se tolera delitos de usura, como los que se dan, por ejemplo, en algunas financiaciones de tarjetas de cr\u00e9ditos, que cobran intereses usurarios del 150 a 170 % anuales; o los que se pagan por el Estado a los bancos para mantener un d\u00f3lar bajo ficticiamente o los que se abonan por determinadas deudas externas odiosas, ileg\u00edtimas y usurarias.<\/p>\n<p><strong>Progresividad de los derechos<\/strong><br \/>\nNo se puede perder la firmeza en temas esenciales a la vida de nuestro pueblo y evitar retroceder. Adem\u00e1s, lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos consagrados constitucionalmente, (art. 26 de la CADH).<\/p>\n<p>Miguel Julio Rodr\u00edguez Villafa\u00f1e<br \/>\nAbogado constitucionalista cordob\u00e9s y periodista de opini\u00f3n.<\/p>\n<h6>Fuente: cba24n.com.ar<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El trabajo hace a la realizaci\u00f3n de las personas, las que naturalmente se sienten convocadas a trabajar y, esa vocaci\u00f3n innata, tiene una gran proyecci\u00f3n social.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":160816,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[21],"class_list":["post-160815","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opiniones","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/160815","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=160815"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/160815\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":160817,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/160815\/revisions\/160817"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/160816"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=160815"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=160815"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=160815"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}