{"id":160864,"date":"2025-11-17T06:02:34","date_gmt":"2025-11-17T09:02:34","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=160864"},"modified":"2025-11-17T06:02:34","modified_gmt":"2025-11-17T09:02:34","slug":"adonde-quiere-llegar-la-reforma-laboral-de-milei","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/adonde-quiere-llegar-la-reforma-laboral-de-milei\/","title":{"rendered":"Adonde quiere llegar la reforma laboral de Milei"},"content":{"rendered":"<p>Los puntos principales de la reforma que el Ejecutivo elevar\u00e1 al Congreso en diciembre. Precarizaci\u00f3n laboral y pol\u00edtica antisindical, ejes de una propuesta que Milei le pedir\u00e1 a los gobernadores que acompa\u00f1en<\/p>\n<p>El proyecto de reforma laboral que elabora el Poder Ejecutivo promete estar listo para el 15 de diciembre, en condiciones de ser enviado al Congreso para su tratamiento en extraordinarias, pero ya con la nueva composici\u00f3n parlamentaria surgida de las elecciones del \u00faltimo 26 de octubre.<\/p>\n<p>A pesar de su agresivo contenido respecto de las condiciones laborales vigentes &#8211;al menos las escritas, ya que no todas se cumplen&#8211;, el gobierno de Javier Milei espera obtener la aprobaci\u00f3n con un \u201crespaldo amplio\u201d. No es totalmente contradictorio, cuando se escucha a m\u00e1s de un especialista advertir que \u201cel gobierno elabor\u00f3 una propuesta de m\u00e1xima, para ir cediendo paulatinamente hasta alcanzar los n\u00fameros que quiere tener en el Congreso\u201d.<\/p>\n<p>En la mira de los \u201cacuerdos\u201d est\u00e1n los sectores empresarios, los gobernadores y hasta alguna fracci\u00f3n \u201ccolaboracionista\u201d. Mart\u00edn Rapallini, titular de la UIA, ya coment\u00f3 que sus \u201cequipos t\u00e9cnicos est\u00e1n trabajando con el gobierno para tener listo el proyecto para el 15 de diciembre\u201d.<\/p>\n<p>Por su parte, Diego Santilli, flamante ministro del Interior, el encargado del \u201ctoma y daca\u201d con los gobernadores m\u00e1s amigables con la Casa Rosada, manifest\u00f3 este s\u00e1bado que \u201cel gobierno trabaja en la reforma que esta semana discutiremos en Gabinete, para luego iniciar un camino de di\u00e1logo que apunte a una modernizaci\u00f3n laboral\u201d.<\/p>\n<p>Aunque todav\u00eda no se conozca en detalle el contenido punto por punto de la reforma, s\u00ed se han dejado trascender algunos aspectos, anticipados por funcionarios del gobierno o por muy allegados a este \u00faltimo.<\/p>\n<p>Juan Manuel Ottaviano, especialista en derecho laboral que trabaja en una propuesta alternativa \u201ccon un enfoque inclusivo\u201d del mundo del trabajo, se\u00f1ala que \u201clos objetivos de esta reforma son repetidos y ratificados por el presidente de la Naci\u00f3n, el ministro de Econom\u00eda, el secretario de Trabajo y el ministro de Desregulaci\u00f3n: crear empleo a trav\u00e9s de la flexibilizaci\u00f3n; formalizar el trabajo no registrado a trav\u00e9s de la legalizaci\u00f3n o convalidaci\u00f3n de la contrataci\u00f3n irregular, y subir salarios baj\u00e1ndolos\u201d.<\/p>\n<p>Todo lo cual, refiere, \u201canticipa una nueva frustraci\u00f3n\u201d. \u201cEl gobierno ya logr\u00f3 aprobar una reforma laboral en la ley Bases, que no produjo los efectos esperados\u201d. En un art\u00edculo publicado recientemente, Ottaviano enumera dos de esos previsibles o comprobados fracasos.<\/p>\n<p>La extensi\u00f3n del per\u00edodo de prueba\u00a0no provoc\u00f3 un aumento de la contrataci\u00f3n formal en el sector de servicios, sino solamente acelerar la rotaci\u00f3n de trabajadores j\u00f3venes;<\/p>\n<p>La eliminaci\u00f3n de multas por trabajo no registrado\u00a0no hizo que se formalizaran puestos ni otorgar previsibilidad a las empresas que contratan pero no registran a sus trabajadores.<\/p>\n<p>En cuanto a las propuestas principales que forman parte del proyecto, al menos de acuerdo a los trascendidos, figuran:<\/p>\n<p>Indemnizaci\u00f3n por despido: Se la reemplaza por un sistema de \u201cFondos Comunes de Inversi\u00f3n Abiertos de Cese Laboral\u201d, donde las empresas aportar\u00e1n un porcentaje del salario o un monto fijo peri\u00f3dicamente. Estos fondos ser\u00e1n inembargables y administrados financieramente por el estado. Mantiene el esquema de c\u00e1lculo de un mes de salario por a\u00f1o trabajado, pero le establece un tope de diez sueldos.<\/p>\n<p>Jornada laboral: A contramano de las tendencias internacionales se propone extender la jornada laboral hasta 12 horas, con la posibilidad de acordar horas extras y descansos compensatorios.<\/p>\n<p>Horas extras: Se propone un sistema de \u201cbanco de horas\u201d, donde las horas extras se acumulan y se pueden compensar con descansos o jornadas reducidas..<\/p>\n<p>Salario din\u00e1mico: Retribuciones variables por m\u00e9rito (por productividad individual, por ejemplo, sin que por ello se generen derechos adquiridos para el trabajador) o por situaci\u00f3n econ\u00f3mica de la empresa.<\/p>\n<p>Pago de hasta un 10% del salario con beneficios no remunerativos: habilita el empleo de ticket canasta u otro vale de comida, guarder\u00eda, gimnasio, prendas de vestir, celular o reintegros m\u00e9dicos como forma normal y habitual de pago.<\/p>\n<p>Convenios colectivos: Se busca reemplazar los convenios colectivos por acuerdos de empresa, lo que podr\u00eda fragmentar el sistema laboral, poniendo en desventaja a las micro y las peque\u00f1as empresas de menor capacidad negociadora<\/p>\n<p>Fraccionamiento de vacaciones. En tramos de no menos de una semana, y podr\u00e1n extender fuera del per\u00edodo tradicional \u201cmediante acuerdo entre las partes\u201d.<\/p>\n<p>Modificaci\u00f3n en las condiciones de trabajo: el proyecto le asigna la facultad al empleador \u201cel derecho a modificar las formas o modalidades de prestaci\u00f3n siempre que sea razonable\u201d. Si el trabajador acredita perjuicio material o moral, \u201cpodr\u00e1 considerarse \u201ddespedido sin causa\u00bb.<\/p>\n<p>Enfermedad o accidente inculpable\u00a0para el empleador: reduce la prestaci\u00f3n al 80 por ciento del salario. Ser\u00e1 de carac\u00e1cter no remunerativo.<\/p>\n<p>El proyecto oficial tambi\u00e9n contempla\u00a0restricciones al derecho de huelga, en tanto ampl\u00eda el listado de actividades calificadas como servicios esenciales. En estos casos, el sindicato o entidades responsable de la medida deber\u00e1 garantizar al menos el 75 por ciento de la prestaci\u00f3n del servicio.<\/p>\n<p>Se estima que el gobierno insistir\u00e1 en retringir el derecho de huelga en los mismos sectores sobre los que intent\u00f3 avanzar por decreto a mediados de este a\u00f1o. En ese caso, diferenci\u00f3 entre \u201cserivicios esenciales\u201d, con obligaci\u00f3n de garantizar el 75 por ciento del servicio en caso de medidas de fuerza, de otros calificados como \u201cde importancia trascendental\u201d, sobre los que pesar\u00eda la obligaci\u00f3n de garantizar el 50 por ciento de los servicios.<\/p>\n<p>Entre los primeros se se\u00f1alan a los servicios sanitarios y hospitalarios, as\u00ed como el transporte y distribuci\u00f3n de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmac\u00e9uticos. En segundo lugar, la producci\u00f3n, transporte y distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de\u00a0agua potable, gas y otros combustibles y energ\u00eda el\u00e9ctrica. Luego, los servicios e telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales.<\/p>\n<p>En el mismo rango se se consideran a la aeron\u00e1utica comercial y el control de tr\u00e1fico a\u00e9reo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios; los servicios aduaneros y migratorios, y dem\u00e1s vinculados al comercio exterior.<\/p>\n<p>Luego, el cuidado de menores y educaci\u00f3n de niveles guarder\u00eda, preescolar, primario y secundario, as\u00ed como la educaci\u00f3n especial.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, tambi\u00e9n califica como servicio esencial al transporte mar\u00edtimo y fluvial de personas y\/o mercader\u00edas y\/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a trav\u00e9s de los distintos medios que se utilicen para tal fin.<\/p>\n<p>A su vez, entre las actividades que considera de importancia trascendental estar\u00edan la producci\u00f3n de medicamentos y\/o insumos hospitalarios; el transporte terrestre y subterr\u00e1neo de personas y\/o mercader\u00edas; los servicios de radio y televisi\u00f3n; las actividades industriales continuas (siuderurgia, aliuminio, qu\u00edmica y cementera); la industria alimenticia en toda su cadena de valor; la producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de una amplia gama de bienes (abarca desde materiales de la construcci\u00f3n hasta la actividad minera, agropecuaria,correo, servicios log\u00edsticos y aeroportuarios); servicios bancarios, financieros, hoteleros y gastron\u00f3micos; el comercio electr\u00f3nico y la producci\u00f3n de bienes y\/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportaci\u00f3n.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los puntos principales de la reforma que el Ejecutivo elevar\u00e1 al Congreso en diciembre. 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