{"id":161415,"date":"2025-12-09T06:42:51","date_gmt":"2025-12-09T09:42:51","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=161415"},"modified":"2025-12-09T06:42:51","modified_gmt":"2025-12-09T09:42:51","slug":"reforma-laboral-cuales-son-los-cambios-en-indemnizaciones-vacaciones-banco-de-horas-y-periodo-de-prueba","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/reforma-laboral-cuales-son-los-cambios-en-indemnizaciones-vacaciones-banco-de-horas-y-periodo-de-prueba\/","title":{"rendered":"Reforma laboral: cu\u00e1les son los cambios en indemnizaciones, vacaciones, banco de horas y per\u00edodo de prueba"},"content":{"rendered":"<p>Los gremios de la CGT y -principalmente- de las dos CTA se pusieron en guardia frente a una ofensiva que interpretan como lesiva de derechos adquiridos, e ineficaz a la hora de generar los supuestos beneficios que declama el Gobierno sobre un aumento de las inversiones y de la productividad<\/p>\n<p>En el marco de las reformas econ\u00f3micas de segunda generaci\u00f3n, el Gobierno incluy\u00f3 en el temario de sesiones extraordinarias su ley de \u201cmodernizaci\u00f3n\u201d laboral,\u00a0una bater\u00eda de medidas que modifica la vieja ley de Contratos de Trabajo \u00abaggiornando\u00bb la normativa en un sentido flexibilizador, de manera tal que baja los costos para empleadores y debilita la posici\u00f3n relativa de los trabajadores en la negociaci\u00f3n colectiva.<\/p>\n<p>Los gremios de la CGT y -principalmente- de las dos CTA se pusieron en guardia frente a una ofensiva que interpretan como lesiva de derechos adquiridos, e ineficaz a la hora de generar los supuestos beneficios que declama el Gobierno sobre un aumento de las inversiones y de la productividad.<\/p>\n<p>La reforma laboral se tratar\u00eda inicialmente en el\u00a0Senado, al tiempo que la C\u00e1mara de Diputados priorizar\u00eda en una primera instancia el tratamiento del Presupuesto 2026 y de la Ley de Inocencia Fiscal durante el mes de diciembre<\/p>\n<p>El borrador del proyecto de Modernizaci\u00f3n Laboral, que introduce importantes modificaciones al r\u00e9gimen de trabajo. A continuaci\u00f3n, un detalle de los principales cambios.<\/p>\n<p><strong>Presunci\u00f3n de existencia de contrato de trabajo<\/strong><br \/>\nEn la versi\u00f3n original vigente, \u201cel hecho de la prestaci\u00f3n de servicios hace presumir la existencia de un contrato de trabajo\u201d, mientras que con la modificaci\u00f3n propuesta por el Poder Ejecutivo esa presunci\u00f3n \u201cno ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n cuando mediaren contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios, o cualquier otra modalidad que comprendan prestaciones de servicios sin relaci\u00f3n de dependencia, y se emitan los recibos o facturas correspondientes a dichas formas de contrataci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p><strong>Responsabilidad solidaria en la contrataci\u00f3n de terceros<\/strong><br \/>\nSe elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal\u00a0que contrata a una tercera empresa para la prestaci\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>\u201cLos trabajadores ser\u00e1n considerados empleados directos de aquellos que registren la relaci\u00f3n\u00a0laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestaci\u00f3n o de proporcionarlos a terceras empresas\u201d, se estipula.<\/p>\n<p>\u201cSiempre que una o m\u00e1s empresas, aunque tuviesen cada una de ellas personalidad jur\u00eddica propia, estuviesen bajo la direcci\u00f3n, control o administraci\u00f3n de otras, o de tal modo relacionadas que constituyan un conjunto econ\u00f3mico de car\u00e1cter permanente, ser\u00e1n a los fines de las obligaciones contra\u00eddas por cada una de ellas con sus trabajadores y con los organismos de seguridad social, solidariamente responsables, \u00fanicamente cuando hayan mediado maniobras fraudulentas o conducci\u00f3n temeraria que derivasen en insolvencia o falta de pago de la empresa empleadora\u201d,\u00a0dice la ley.<\/p>\n<p>La versi\u00f3n original de la ley 20.744 se\u00f1ala que estas empresas ser\u00e1n \u201csolidariamente responsables\u201d de las obligaciones con sus trabajadores en todos los supuestos, y no \u00fanicamente cuando mediaran maniobras fraudulentas.<\/p>\n<p><strong>Pago en moneda local o extranjera<\/strong><br \/>\nSe incorpora\u00a0la posibilidad de que el empleador remunere al trabajador en moneda extranjera, al margen de la moneda nacional, especie, habitaci\u00f3n o alimentos, modalidades ya comprendidas en el r\u00e9gimen actual.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se establece que \u00ablas remuneraciones en dinero debidas al trabajador deber\u00e1n pagarse, bajo pena de nulidad, \u00fanicamente mediante la acreditaci\u00f3n en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria, en instituci\u00f3n de ahorro oficial, en Proveedores de Servicios de Pago habilitados por el Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina para tal actividad, o en otras categor\u00edas de entidades que la autoridad de aplicaci\u00f3n autorice y considere apta\u201d.<\/p>\n<p>Vacaciones<br \/>\n\u201cEl empleador deber\u00e1 conceder el goce de vacaciones de cada a\u00f1o dentro del per\u00edodo comprendido entre el\u00a01\u00ba de octubre y el 30 de abril del a\u00f1o siguiente\u201d,\u00a0m\u00e1s all\u00e1 de excepciones que est\u00e9n justificadas por las caracter\u00edsticas de la actividad.<\/p>\n<p>A su vez, \u201cla fecha de inicio de las vacaciones deber\u00e1 ser notificada por escrito al trabajador con una antelaci\u00f3n no menor a cuarenta y cinco (45) d\u00edas, sin perjuicio de que las convenciones colectivas de trabajo u otros acuerdos celebrados con la representaci\u00f3n sindical en la empresa puedan establecer sistemas diferentes, conforme a las particularidades de cada actividad\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, \u201cel empleador y el trabajador podr\u00e1n convenir el fraccionamiento del per\u00edodo vacacional, siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a siete (7) d\u00edas\u201d.<\/p>\n<p><strong>Banco de horas<\/strong><br \/>\n\u201cSe podr\u00e1 utilizar el banco de horas de modo de compensar la mayor jornada de alg\u00fan d\u00eda con la menor de otro, siempre y cuando no se supere el m\u00e1ximo legal de la jornada semanal, o la que estipule el r\u00e9gimen laboral espec\u00edfico aplicable, ya sea, ley especial y\/o convenio colectivo de trabajo\u201d, establece la propuesta.<\/p>\n<p><strong>Preaviso de extinci\u00f3n de contrato de trabajo<\/strong><br \/>\nLa ley actual establece que cuando la antig\u00fcedad fuera mayor a 10 a\u00f1os, el preaviso de despido a un trabajador debe ser de tres meses.<\/p>\n<p>Con la reforma laboral proyectada por el Gobierno,\u00a0el preaviso para cualquier trabajador con m\u00e1s de cinco a\u00f1os de antig\u00fcedad es de dos meses.<\/p>\n<p>Se mantiene el mes de preaviso cuando la antig\u00fcedad sea inferior a los cinco a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>Indemnizaci\u00f3n por despido sin causa justa<\/strong><br \/>\nSe mantiene el criterio de pago al trabajador de \u201cuna indemnizaci\u00f3n equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada a\u00f1o de servicio o fracci\u00f3n mayor de TRES (3) meses, tomando como base de c\u00e1lculo la mejor remuneraci\u00f3n mensual, normal y habitual devengada durante el \u00faltimo a\u00f1o o durante el tiempo de prestaci\u00f3n de servicios si este fuera menor\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, se especifica que\u00a0\u201cno tendr\u00e1n incidencia los conceptos de pago no mensuales como el sueldo anual complementario, vacaciones, premios que no sean de pago mensual, etc\u00e9tera\u201d.<\/p>\n<p><strong>Indemnizaci\u00f3n por despido injustificado antes del plazo<\/strong><br \/>\nSeg\u00fan la reforma laboral del Gobierno, cuando un trabajador sea despedido injustificadamente antes del vencimiento del plazo convenido,\u00a0solo podr\u00e1 percibir la indemnizaci\u00f3n que corresponda por la extinci\u00f3n del contrato, pero ya no podr\u00e1 reclamar sumas de dinero adicionales por da\u00f1os y perjuicios, como establece la normativa vigente.<\/p>\n<p><strong>Fondo de cese laboral<\/strong><br \/>\n\u201cMediante convenio colectivo de trabajo,\u00a0las partes podr\u00e1n sustituir el presente r\u00e9gimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estar\u00e1 a cargo del empleador\u201d,\u00a0dice la ley.<\/p>\n<p><strong>Contribuciones patronales<\/strong><br \/>\nReducci\u00f3n de de tres puntos en contribuciones patronales para quienes cumplan con los aportes a los Fondos de Asistencia Laboral.<\/p>\n<p><strong>Per\u00edodo de prueba<\/strong><br \/>\n\u201cEl contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entender\u00e1 celebrado a prueba durante los primeros seis (6) meses de vigencia\u201d,\u00a0permitiendo el despido sin indemnizaci\u00f3n durante ese lapso.<\/p>\n<p>La Ley Bases ya hab\u00eda llevado\u00a0el per\u00edodo de prueba de 3 a 6 meses\u00a0como plazo general, con posibilidad de extensi\u00f3n a 8 o 12 meses por convenio colectivo, especialmente para PyMEs.<\/p>\n<p>\u00abEl empleador no podr\u00e1 contratar a un mismo empleado m\u00e1s de una (1) vez utilizando el per\u00edodo de prueba\u201d, se estima.<\/p>\n<p><strong>R\u00e9gimen de servicios de reparto por plataformas<\/strong><br \/>\nDebe garantizar la \u201clibertad de conexi\u00f3n del repartidor independiente de plataforma tecnol\u00f3gica del servicio de mensajer\u00eda urbana\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl repartidor independiente ser\u00e1 libre de conectarse a cualquiera de las plataformas a trav\u00e9s de sus respectivas aplicaciones, ofreciendo sus servicios en las jornadas y durante el tiempo que estime convenientes y de aceptar y\/o rechazar pedidos seg\u00fan su conveniencia.\u00a0Tambi\u00e9n ser\u00e1 libre de definir el modo en que preste el servicio\u201d, se indica.<\/p>\n<p>Por su parte, el empleador tiene la obligaci\u00f3n de \u201cfacilitar el acceso a los elementos de seguridad vial aplicables seg\u00fan el tipo de veh\u00edculo\u201d.<\/p>\n<p><strong>Limitaci\u00f3n de la ultra actividad de convenios colectivos<\/strong><br \/>\nLos convenios colectivos con plazo vencido no mantendr\u00e1n sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de un nuevo acuerdo colectivo.<\/p>\n<p>\u00abSolamente mantendr\u00e1 subsistentes las normas referidas a las condiciones de trabajo establecidas en virtud de ellas (cl\u00e1usulas normativas) y hasta tanto entre en vigencia una nueva convenci\u00f3n colectiva o exista un acuerdo de partes que la prorrogue. El resto de las cl\u00e1usulas (obligacionales) mantendr\u00e1n su vigencia s\u00f3lo por acuerdo de partes\u201d, se aclara.<\/p>\n<p><strong>Inmunidad o tutela sindical<\/strong><br \/>\nLa inmunidad ante eventuales despidos o suspensiones sin causa justa, o modificaci\u00f3n de las condiciones de trabajo, corre desde\u00a0\u201cla notificaci\u00f3n fehaciente al empleador de su postulaci\u00f3n para un cargo de representaci\u00f3n sindical\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEsta tutela regir\u00e1 solamente para los delegados o representantes gremiales legalmente electos y que ocupen los cargos de titulares\u201d, se aclara, ya que \u201caquellos designados suplentes y\/o congresales mantendr\u00e1n la protecci\u00f3n de estabilidad relativa no siendo aplicables las disposiciones de estabilidad absoluta\u201d.<\/p>\n<p>Se le conceden\u00a0\u201ca cada uno de los delegados del personal, para el ejercicio de sus funciones un cr\u00e9dito de hasta 10 horas mensuales retribuidas, salvo que el convenio colectivo aplicable disponga una cantidad mayor\u201d.<\/p>\n<p>\u00abEl ejercicio de este derecho no podr\u00e1 generar la interrupci\u00f3n de actividades en el \u00e1rea de trabajo\u201d,\u00a0se aclara.<\/p>\n<p><strong>Infracciones \u201cmuy graves\u201d<\/strong><br \/>\nSer\u00e1n consideradas\u00a0\u00abinfracciones muy graves\u00bb\u00a0cuando se cumplieran alguna de las siguientes hip\u00f3tesis:<\/p>\n<p>a. afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza mediante actos y\/o hechos y\/o intimidaciones o amenazas;<\/p>\n<p>b. provocar, y\/o instar y\/u organizar el bloqueo o tomar un establecimiento; impedir u obstruir total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y\/o cosas al establecimiento;<\/p>\n<p>c. ocasionar da\u00f1os en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros, se encuentren o no en el establecimiento del empleador (instalaciones, mercader\u00edas, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o retenerlas indebidamente.<\/p>\n<p><strong>Programa de Formaci\u00f3n Laboral B\u00e1sica<\/strong><br \/>\n\u201cCr\u00e9ase el Programa de Formaci\u00f3n Laboral B\u00e1sica para garantizar el desarrollo de las competencias m\u00ednimas necesarias para la incorporaci\u00f3n al mundo laboral de las personas que por diversas situaciones no hubieran podido adquirirlas\u201d<\/p>\n<h6>Fuente: El Ciudadano<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los gremios de la CGT y -principalmente- de las dos CTA se pusieron en guardia frente a una ofensiva que interpretan como lesiva de derechos adquiridos, e ineficaz a la hora de generar los supuestos beneficios que declama el Gobierno sobre un aumento de las inversiones y de la productividad<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":161416,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[21],"class_list":["post-161415","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-nacional","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/161415","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=161415"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/161415\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":161417,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/161415\/revisions\/161417"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/161416"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=161415"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=161415"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=161415"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}