{"id":162785,"date":"2026-03-30T04:03:49","date_gmt":"2026-03-30T07:03:49","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=162785"},"modified":"2026-03-30T06:05:30","modified_gmt":"2026-03-30T09:05:30","slug":"la-reforma-laboral-sumo-otro-traspie-en-la-justicia","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/la-reforma-laboral-sumo-otro-traspie-en-la-justicia\/","title":{"rendered":"La reforma laboral sum\u00f3 otro traspi\u00e9 en la Justicia"},"content":{"rendered":"<p>Un juez federal de San Mart\u00edn acept\u00f3 una medida cautelar presentada por el gremio de los mercantiles. Suspendi\u00f3 por seis meses la aplicaci\u00f3n de dos art\u00edculos que afectan la ultraactividad y los aportes<\/p>\n<p>A un mes de su sanci\u00f3n, la reforma laboral sum\u00f3 un nuevo dictamen judicial en su contra. En la tercera resoluci\u00f3n de este tipo, la Justicia federal orden\u00f3 al Estado nacional abstenerse de aplicar las modificaciones que limitaban la ultraactividad de los convenios y establec\u00edan nuevos topes a los aportes sindicales.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n fue tomada por el Juzgado Federal N\u00b0 2 de San Mart\u00edn, a partir de una\u00a0medida cautelar solicitada por la Federaci\u00f3n Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys). La definici\u00f3n se tom\u00f3 sobre los art\u00edculos 131 y 133 de la nueva ley. En principio, la vigencia de la resoluci\u00f3n judicial ser\u00e1 de\u00a0seis meses, lo que asegura la continuidad de todas las cl\u00e1usulas convencionales y establece que las empresas deben mantener la retenci\u00f3n y el dep\u00f3sito de las contribuciones solidarias pactadas.<\/p>\n<p>El juez federal Elpidio Portocarrero argument\u00f3 en su fallo que los art\u00edculos suprimidos pueden \u201cincidir sobre la autonom\u00eda colectiva y el normal desenvolvimiento de las asociaciones sindicales\u201d y advirti\u00f3 que \u201csuscitan interrogantes razonables en torno a su alcance e impacto sobre el sistema de negociaci\u00f3n colectiva\u201d.<\/p>\n<p>La ultraactividad refiere a un r\u00e9gimen que permite que un convenio colectivo de trabajo contin\u00fae vigente incluso despu\u00e9s de su fecha de vencimiento, hasta que se negocie uno nuevo. En tanto que el tope a los aportes sindicales sancionado por la ley establec\u00eda un l\u00edmite del 2% de los salarios de los trabajadores.<\/p>\n<p><strong>Efectos suspensivos<\/strong><br \/>\nLa resoluci\u00f3n ordena al Estado nacional que se abstenga de aplicar estas modificaciones. De esta manera, seg\u00fan el gremio de empleados de Comercio,\u00a0se asegura la continuidad de todas las cl\u00e1usulas convencionales y queda establecido que las empresas deben mantener la retenci\u00f3n y el dep\u00f3sito de las contribuciones solidarias pactadas.<\/p>\n<p>La medida judicial resulta clave para\u00a0evitar un escenario de desfinanciamiento que pondr\u00eda en riesgo la estructura operativa de los sindicatos y la prestaci\u00f3n de servicios esenciales. Al frenar estos art\u00edculos, se asegura el sostenimiento de los beneficios sociales, las capacitaciones y la cobertura de salud que los trabajadores mercantiles reciben a trav\u00e9s de sus delegaciones y de la obra social.<\/p>\n<p>Al respecto, el secretario del gremio, Armando Cavalieri, se\u00f1al\u00f3 que \u201ceste fallo es un acto de justicia que defiende la dignidad de los trabajadores mercantiles y nuestra autonom\u00eda para negociar\u201d. A su vez, manifest\u00f3: \u201cNo vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernizaci\u00f3n, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos hist\u00f3ricos\u201d.<\/p>\n<p>Cerr\u00f3 con la idea de que \u201cdefender el financiamiento\u201d del sindicato es \u201cdefender la salud de la familia de comercio y nuestra capacidad de di\u00e1logo para proteger el salario en todo el pa\u00eds\u201d.<\/p>\n<p>La\u00a0reforma laboral\u00a0sancionada a fines de febrero ya suma\u00a0tres resoluciones contrarias de la Justicia.<\/p>\n<p>El\u00a0primer fallo\u00a0se conoci\u00f3 el\u00a012 de marzo, cuando el juez Ricardo Gileta declar\u00f3 la\u00a0inconstitucionalidad del art\u00edculo 55. Este refiere a los\u00a0juicios laborales\u00a0y determina un l\u00edmite m\u00e1ximo de la actualizaci\u00f3n de las deudas por procesos en curso, contemplando la inflaci\u00f3n m\u00e1s un adicional del 3% anual y un m\u00ednimo del 67% de ese c\u00e1lculo.<\/p>\n<p>Posteriormente, el 17 de marzo el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N\u00ba 30, Herman Mendel, suspendi\u00f3 la transferencia del fuero laboral a la \u00f3rbita de la ciudad de Buenos Aires. Tomando una causa iniciada por el gremio de judiciales, dict\u00f3 una medida cautelar que suspendi\u00f3 lo establecido por la ley \u201chasta el dictado de la sentencia definitiva\u201d.<\/p>\n<p><strong>Paritarias a prueba<\/strong><br \/>\nEstas sentencias se conocen en medio del per\u00edodo de renovaci\u00f3n de acuerdos salariales. Por caso, el mismo\u00a0gremio mercantil acaba de anunciar que pact\u00f3 con las c\u00e1maras empresariales un incremento de 5% en tres tramos.<\/p>\n<p>Se aplicar\u00e1 sobre las escalas de las remuneraciones b\u00e1sicas del convenio, a cuyo efecto\u00a0se tomar\u00e1 como base de c\u00e1lculo los valores expresados para el mes de marzo de 2026, m\u00e1s las sumas no remunerativas a dicha fecha.<\/p>\n<p>La\u00a0suba\u00a0se abonar\u00e1 de acuerdo al siguiente detalle: 2% a partir de abril; 1,5% a partir de mayo y 1,5% a partir de junio. Por otra parte, se pact\u00f3 el otorgamiento de una suma fija no remunerativa de $20.000.<\/p>\n<p>El\u00a0acuerdo\u00a0fue firmado con la C\u00e1mara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederaci\u00f3n Argentina de la Mediana Empresa (Came), la Uni\u00f3n de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca) y la Federaci\u00f3n Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys).<\/p>\n<p>D\u00edas antes, la\u00a0Federaci\u00f3n Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados\u00a0acord\u00f3 una\u00a0recomposici\u00f3n salarial acumulativa\u00a0de marzo a junio de este 2026. Los incrementos se aplican sobre las escalas salariales vigentes para mejorar los ingresos remunerativos de los trabajadores del sector c\u00e1rnico. Los\u00a0porcentajes\u00a0establecidos en el acta de acuerdo, con car\u00e1cter acumulativo, son: marzo 3,8%, abril 3,1%, mayo 3,1% y junio 2,8%.<\/p>\n<p>Por otro lado, la\u00a0Uni\u00f3n Obrera Metal\u00fargica (UOM)\u00a0firm\u00f3 el\u00a0acuerdo paritario\u00a0que puso fin a la negociaci\u00f3n salarial del per\u00edodo abril 2025\u2013marzo 2026 y confirm\u00f3 los\u00a0aumentos y sumas fijas\u00a0que percibir\u00e1n los trabajadores del sector. El entendimiento rigi\u00f3 hasta marzo de 2026 y se mantiene vigente en abril mientras se aguarda una nueva actualizaci\u00f3n. El acta fue rubricada por los paritarios del sindicato y representantes de las c\u00e1maras Adimra, Afarte, Caiama, Fedehogar, Afac y Camima.<\/p>\n<p>Seg\u00fan inform\u00f3 el Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Censos (Indec),\u00a0los salarios registrados subieron 2% en enero mientras que la inflaci\u00f3n fue del 2,9% en ese mes. De esta manera, marcaron su\u00a0quinta ca\u00edda mensual consecutiva de poder adquisitivo, acumulando un baja del 7,9% real en el gobierno de Javier Milei.<\/p>\n<h6>Fuente: La Capital<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un juez federal de San Mart\u00edn acept\u00f3 una medida cautelar presentada por el gremio de los mercantiles. 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