{"id":163676,"date":"2026-09-25T04:50:32","date_gmt":"2026-09-25T07:50:32","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=163676"},"modified":"2026-09-23T19:52:30","modified_gmt":"2026-09-23T22:52:30","slug":"en-medio-de-los-desalojos-figueroa-le-otorgo-la-personeria-mapuche-a-una-comunidad-de-villa-la-angostura","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/en-medio-de-los-desalojos-figueroa-le-otorgo-la-personeria-mapuche-a-una-comunidad-de-villa-la-angostura\/","title":{"rendered":"En medio de los desalojos, Figueroa le otorg\u00f3 la personer\u00eda mapuche a una comunidad de Villa La Angostura"},"content":{"rendered":"<p>Es la comunidad Melo, que la reclamaba hace 14 a\u00f1os. El decreto llega un d\u00eda despu\u00e9s de conocerse un nuevo mandamiento por desalojo.<\/p>\n<p>El Gobierno de Neuqu\u00e9n reconoci\u00f3 la personer\u00eda jur\u00eddica de la comunidad mapuche Lof Melo, con domicilio legal en el paraje Paso Coihue, departamento Los Lagos, en Villa La Angostura. Una comunidad que estuvo bajo \u00f3rdenes de desalojo por la ocupaci\u00f3n de tierras reclamadas por privados.<\/p>\n<p>La medida qued\u00f3 formalizada a trav\u00e9s del Decreto 1402, firmado por el gobernador Rolando Figueroa y refrendado por el ministro de Gobierno, Jorge Tobares, publicado el pasado viernes en una edici\u00f3n especial del Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p>La norma reconoce tambi\u00e9n el estatuto comunitario presentado por la comunidad, que establece sus pautas de organizaci\u00f3n, los mecanismos de designaci\u00f3n de autoridades y los procedimientos de ingreso y exclusi\u00f3n de miembros.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el texto oficial, la constituci\u00f3n del Lof Melo qued\u00f3 validada mediante actas de fecha 27 y 29 de septiembre de 2014, y una tercera del 18 de agosto de este a\u00f1o, en la que se aprob\u00f3 el estatuto y se eligieron autoridades.<\/p>\n<p><strong>Personer\u00eda mapuche: un tema complejo en Neuqu\u00e9n<\/strong><br \/>\nLas personer\u00edas son parte del conflicto que tiene la Confederaci\u00f3n Mapuche del Neuqu\u00e9n con el gobierno provincial, y que desencaden\u00f3 el pasado 20 de julio de 2025 un desalojo frente a Casa de Gobierno: en ese momento estaban reclamando los Melo, los Fvta Xayen (Tratay\u00e9n en Vaca Muerta) y Ragnileo C\u00e1rdenas (cerca del parque e\u00f3lico de Pic\u00fanb Leuf\u00fa) y Newen Cura en Rinc\u00f3n de los Sauces.<\/p>\n<p>El decreto que le da la personer\u00eda a los Melo se apoya en un extenso marco normativo. En primer t\u00e9rmino, la Constituci\u00f3n Nacional y Provincial, el Convenio 169 de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo, la Ley 23.302, el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, y el convenio suscripto entre el Instituto Nacional de Asuntos Ind\u00edgenas y la provincia, ratificado por el Decreto 2462\/13. El expediente hab\u00eda sido iniciado en 2021 ante la Inspecci\u00f3n Provincial de Personas Jur\u00eddicas.<\/p>\n<p><strong>Un reconocimiento en medio del conflicto territorial<\/strong><br \/>\nLa resoluci\u00f3n llega en un contexto marcado por el conflicto que enfrenta a la comunidad con la Justicia provincial por la permanencia en el Lote Pastoril 42, conocido como El Pedregoso, un predio de aproximadamente 625 hect\u00e1reas entre Villa La Angostura y Bariloche que tambi\u00e9n reclama el Lof Quintriqueo.<\/p>\n<p>El pasado 19 de agosto, un d\u00eda antes de la fecha prevista, efectivos de la Polic\u00eda de Neuqu\u00e9n y del grupo especial GEOP ingresaron al territorio para ejecutar una orden de desalojo.<\/p>\n<p>El operativo pudo completarse en el sector ocupado por el Lof Quintriqueo, pero qued\u00f3 trunco en la parte donde permanece el Lof Melo, luego de que no se presentaran en el lugar funcionarios de los organismos de protecci\u00f3n de la infancia requeridos por la presencia de menores. Desde entonces, las comunidades definieron la situaci\u00f3n como un \u00abdesalojo a medias\u00bb y sostuvieron la ocupaci\u00f3n del predio, acompa\u00f1adas por movilizaciones que reunieron a cientos de personas de distintos puntos de Neuqu\u00e9n y R\u00edo Negro.<\/p>\n<p>El otorgamiento de la personer\u00eda jur\u00eddica se conoci\u00f3 apenas un d\u00eda despu\u00e9s de que trascendiera un nuevo mandamiento de desalojo sobre el mismo territorio, lo que profundiz\u00f3 la incertidumbre entre los integrantes de la comunidad respecto de una eventual nueva diligencia judicial, para la que hasta el momento no hay fecha confirmada.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 pasa con el conflicto despu\u00e9s de este decreto?<\/strong><br \/>\nEl reconocimiento estatal constituye, formalmente, un acto administrativo. Le otorga al Lof Melo existencia legal y capacidad para actuar institucionalmente como persona jur\u00eddica, pero no tiene efecto directo sobre las resoluciones judiciales vinculadas al predio en disputa. La orden de desalojo contin\u00faa vigente en el fuero judicial, que tramita de manera independiente del expediente de personer\u00eda resuelto por el Poder Ejecutivo.<\/p>\n<p>Desde la Confederaci\u00f3n Mapuche de Neuqu\u00e9n se\u00f1alaron que el tr\u00e1mite de reconocimiento llev\u00f3 14 a\u00f1os y reclamaron que esa nueva situaci\u00f3n jur\u00eddica sea incorporada como elemento a considerar en el expediente judicial de desalojo.<\/p>\n<p>La organizaci\u00f3n hab\u00eda cuestionado duramente al Gobierno provincial por el operativo de agosto, al que calific\u00f3 como parte de un conflicto vinculado a un reclamo territorial de la familia Broers sobre el mismo predio.<\/p>\n<p>Lucas Melo, lonko de la comunidad, hab\u00eda expresado semanas atr\u00e1s su decisi\u00f3n de sostener la ocupaci\u00f3n del territorio junto al Lof Quintriqueo, remarcando que el operativo de agosto no logr\u00f3 completarse pese a haber sido presentado como consumado.<\/p>\n<p><strong>Piden suspender cualquier desalojo<\/strong><br \/>\nTras conocerse el decreto, la defensa de la comunidad solicit\u00f3 formalmente que se suspenda el desalojo en el expediente judicial, al considerar que el reconocimiento de la personer\u00eda constituye un hecho nuevo sobreviniente.<\/p>\n<p>\u00abEstamos pidiendo que se suspenda el desalojo por el hecho nuevo sobreviniente\u00bb, plante\u00f3 el abogado Luis Virgilio S\u00e1nchez, que remarc\u00f3 adem\u00e1s que Melo nunca fue parte demandada en la causa y que la comunidad no puede ser tratada como una simple ocupante del predio.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el planteo, al reconocer formalmente ese estatus jur\u00eddico, la propia provincia queda obligada a garantizar la tutela efectiva de los derechos de la comunidad, en l\u00ednea con los est\u00e1ndares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Lhaka Honhat, que estableci\u00f3 la obligaci\u00f3n de los Estados de resguardar los derechos territoriales de las comunidades ind\u00edgenas.<\/p>\n<p>\u00abAl reconocer la provincia formalmente, ese estatus jur\u00eddico se debe cumplir con la tutela efectiva de los derechos de la comunidad\u00bb, sostuvo la defensa.<\/p>\n<p>El planteo se suma as\u00ed al reclamo de la Confederaci\u00f3n Mapuche, que tambi\u00e9n pidi\u00f3 que la nueva situaci\u00f3n jur\u00eddica del Lof Melo sea incorporada como elemento a evaluar en el expediente de desalojo.<\/p>\n<h6>Fuente: La Ma\u00f1ana Neuqu\u00e9n<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es la comunidad Melo, que la reclamaba hace 14 a\u00f1os. 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