{"id":21522,"date":"2014-12-20T11:13:20","date_gmt":"2014-12-20T14:13:20","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=21522"},"modified":"2014-12-20T11:13:20","modified_gmt":"2014-12-20T14:13:20","slug":"buenos-aires-efecto-cascada-fallo-de-la-corte-amenaza-la-legalidad-de-las-tasas-municipales-la-seguridad","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/buenos-aires-efecto-cascada-fallo-de-la-corte-amenaza-la-legalidad-de-las-tasas-municipales-la-seguridad\/","title":{"rendered":"Buenos Aires: Efecto cascada; fallo de la Corte amenaza la legalidad de las tasas municipales a la Seguridad"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/DSC05774.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter  wp-image-21523\" src=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/DSC05774.jpg\" alt=\"DSC05774\" width=\"592\" height=\"333\" srcset=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/DSC05774.jpg 1600w, http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/DSC05774-300x168.jpg 300w, http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/DSC05774-1024x576.jpg 1024w\" sizes=\"auto, (max-width: 592px) 100vw, 592px\" \/><\/a><br \/>\nLa reciente declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad de un tributo de patrullaje rural en Pringles sienta un precedente preocupante, en el que considera a la Seguridad como servicio provincial. Si los Municipios no pueden cobrar por este \u00edtem se abre un interrogante que puede poner en jaque sus arcas. La deuda de la autonom\u00eda municipal.<\/p>\n<p>Un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires encendi\u00f3 la voz de alarma en los Municipios. El M\u00e1ximo Tribunal declar\u00f3 la \u201cinconstitucionalidad\u201d del Fondo Especial para Patrulla Policial Rural en Coronel Pringles que sienta precedente y puede generarles m\u00e1s de un dolor de cabeza a los alcaldes.<\/p>\n<p>Es que, en los \u00faltimos a\u00f1os y con la suma de m\u00e1s responsabilidades, varios municipios avanzaron con tributos locales para la Seguridad: desde tasas propiamente dichas, hasta fondos especiales, contribuciones y adicionales para la Seguridad que aportan recursos, por ejemplo, para el sostenimiento de c\u00e1maras o el de m\u00f3viles policiales.<\/p>\n<p>Sin embargo, la Corte bonaerense dictamin\u00f3 contra la Municipalidad de Coronel Pringles que cobraba el Fondo Especial para Patrulla Policial Rural dentro de la Tasa Vial y gravaba con un valor fijo por hect\u00e1rea a los campos del distrito para prestar seguridad.<\/p>\n<p>En su fallo (Striebeck Guillermo Adolfo contra municipalidad de Coronel Pringles s\/ inconstitucionalidad Ord. Municipal 3527\/05), los jueces H\u00e9ctor Negri y Eduardo N\u00e9stor De Lazzari remarcaron que la seguridad es una \u201ccompetencia provincial\u201d y que por lo tanto los gastos deben ser absorbidos por el Fisco provincial.<\/p>\n<p>\u201cHay un servicio efectivo pero ese servicio no es prestado por el municipio que impuso el gravamen y se encarga de su recaudaci\u00f3n, sino por la Provincia de Buenos Aires a trav\u00e9s de la Polic\u00eda bonaerense cuyo sostenimiento econ\u00f3mico -tanto de personal como de los m\u00f3viles y dem\u00e1s necesidades que hacen a su correcto desempe\u00f1o- est\u00e1 a cargo del Fisco provincial\u201d, apunt\u00f3 el juez De Lazzari.<\/p>\n<p>De L\u00e1zzari consider\u00f3 adem\u00e1s que la recaudaci\u00f3n del Fondo para la Patrulla Rural \u201cser\u00eda una especie de incremento o incentivo netamente local a una tarea que, de cualquier modo, debe ser desempe\u00f1ada por quienes la tienen a su cargo\u201d, es decir la Provincia.<\/p>\n<p>En ese sentido, el magistrado de la Corte se\u00f1al\u00f3 que las tasas de los Municipios \u201cdebe respetar los principios de la tributaci\u00f3n y de armonizaci\u00f3n con el r\u00e9gimen impositivo provincial y federal\u201d, a la vez que pidi\u00f3 que los \u00f3rganos p\u00fablicos \u2013incluidas las comunas\u2013 se sometan a la observancia de las reglas \u201cpara asegurar un adecuado equilibrio entre las prerrogativas del poder y los derechos de las personas\u201d.<\/p>\n<h3>Rev\u00e9s en la Justicia o multas<\/h3>\n<p>El fallo \u2013aunque dividido\u2013, que respondi\u00f3 a una demanda de un vecino de Coronel Pringles, puede generar efectos inesperados, si otros lugare\u00f1os copian la acci\u00f3n en sus respectivos distritos. Por caso, partidos como Jun\u00edn y Necochea cobran una Tasa de Seguridad que est\u00e1 incluida en el servicio el\u00e9ctrico.<\/p>\n<p>Otro caso es el de Ca\u00f1uelas, que incluy\u00f3 un adicional para Seguridad Ciudadana en las tasas de Industria, Servicios Generales, Clubes de Campo y Red Vial, e inclusive una suma presente en las boletas de Cablevisi\u00f3n. A su vez, Pinamar, introdujo un tributo para la Seguridad dentro de la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (SUM).<\/p>\n<p>El especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Nacional de La Plata, Carlos Andreucci, subray\u00f3 a este portal que esto puede generar un \u201cefecto cascada\u201d, porque cualquier vecino puede discutir una tasa de este tipo con legitimidad.<\/p>\n<p>\u201cEsto puede producir un efecto sorpresa Si bien los fallos de la Corte son individuales, produce un alerta porque todo aquel que discuta la tasa y llegue a la Corte puede obtener como respuesta el mismo fallo que contra Pringles, por el cual la tasa no la puede imponer el municipio\u201d, sostuvo.<\/p>\n<p>Pero las consecuencias pueden ser graves sin llegar a la Justicia. Desde el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires le adelantaron aINFOCIELO que esta sentencia, luego de ser comunicada formalmente por la Corte, ser\u00e1 tenida en cuenta al momento de analizar los n\u00fameros de los Municipios.<\/p>\n<p>Si los alcaldes persisten en este camino, estas tasas pueden llegar a ser observadas, e incluso, se puede dar el caso que haya multas y cargos por la aplicaci\u00f3n en a\u00f1os anteriores. \u201cPor precauci\u00f3n se deber\u00eda quitar\u201d, razon\u00f3 una fuente del organismo.<\/p>\n<h3>Autonom\u00eda<\/h3>\n<p>As\u00ed las cosas lo que vuelve a aparecer en el centro de la pol\u00e9mica es la nunca cerrada discusi\u00f3n en la Provincia sobre la autonom\u00eda de los Municipios. ParaAndreucci, el fallo de la Corte se inscribe en que la Constituci\u00f3n de la Provincia no les dio competencia a las comunas en ese aspecto.<\/p>\n<p>Sabido es que cuando se sancion\u00f3 la \u00faltima reforma constitucional en 1994, no se trat\u00f3 el cap\u00edtulo de las Municipalidades, a pesar que la reforma nacional \u2013sancionada un mes antes\u2013 declaraba la autonom\u00eda de los Municipios \u201cen el orden institucional, pol\u00edtico, administrativo, econ\u00f3mico y financiero\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEsto trae un atraso en la Provincia\u201d, destac\u00f3 el abogado platense. \u201cLos Municipios est\u00e1n en dos aguas, por un lado luchan por sobrevivir, y por el otro no son aut\u00f3nomos. Esto hace que estrictamente dependan de la regulaci\u00f3n de la Provincia\u201d.<\/p>\n<p>Esta discusi\u00f3n tambi\u00e9n tiene lugar en los pasillos de la Legislatura. La titular de la Comisi\u00f3n de Asuntos Municipales en la C\u00e1mara de Diputados bonaerense, Viviana Nocito, afirm\u00f3 a este portal que autonom\u00eda municipal es una deuda pendiente.<\/p>\n<p>Nocito, que se mostr\u00f3 cr\u00edtica de la sentencia de la Corte y consider\u00f3 que de alguna manera \u201cavanza sobre la autonom\u00eda municipal\u201d, pidi\u00f3 dar un debate amplio al respecto.<\/p>\n<p>\u201cEs una discusi\u00f3n que debemos dar en la Legislatura, hacer las modificaciones correspondientes, para que los Municipios sean aut\u00f3nomos y manejen los recursos. No encuentro otra salida\u201d, expres\u00f3.<\/p>\n<p>Por su parte, Andreucci propuso la firma de un convenio interjurisdiccional entre los Municipios y la Provincia como alternativa para que los intendentes puedan percibir recursos para el sostenimiento de la Seguridad.<\/p>\n<p>\u201cEn ese convenio debe quedar claro que la competencia es de la Provincia y que el municipio colabora, no como una prerrogativa propia, sino como parte de un acuerdo con la Provincia, con el que se fija la contraprestaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, las consecuencias pueden ser a\u00fan m\u00e1s inesperadas. En Pringles \u2013lugar de donde provino la demanda\u2013 algunos productores ya anunciaron que no pagar\u00e1n la tasa y hasta eval\u00faan reclamar por los aportes realizados durante todo este tiempo.<\/p>\n<p>Guillermo Striebeck, ex concejal del PJ de Pringles y quien promovi\u00f3 la demanda contra el Municipio en 2006, puso de manifiesto al peri\u00f3dico El Orden de ese distrito que puede darse esa posibilidad. \u201cSeguramente los que se presenten como damnificados de alguna manera, el municipio les va a tener que devolver el dinero\u201d.<\/p>\n<p>La situaci\u00f3n encendi\u00f3 una luz roja para la mayor\u00eda de las comunas bonaerenses que pueden ver afectadas sus arcas en caso de no encontrarse una soluci\u00f3n inmediata. En el mientras tanto, la deuda sobre la autonom\u00eda municipal aparece como imprescindible y se asemeja con la vieja promesa de la Ley Org\u00e1nica de las Municipalidades que nunca super\u00f3 los meros anuncios.<\/p>\n<h6>Fuente: InfoCielo<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reciente declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad de un tributo de patrullaje rural en Pringles sienta un precedente preocupante, en el que considera a la Seguridad como servicio provincial. Si los Municipios no pueden cobrar por este \u00edtem se abre un interrogante que puede poner en jaque sus arcas. La deuda de la autonom\u00eda municipal. 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