{"id":4806,"date":"2014-03-25T07:43:18","date_gmt":"2014-03-25T10:43:18","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=4806"},"modified":"2014-03-25T07:43:18","modified_gmt":"2014-03-25T10:43:18","slug":"capilla-del-monte-concejales-recurren-al-tsj-contra-decretos-del-intendente-sez","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/capilla-del-monte-concejales-recurren-al-tsj-contra-decretos-del-intendente-sez\/","title":{"rendered":"Capilla del Monte: concejales recurren al TSJ contra decretos del intendente Sez"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/citytour-capilla-del-monte-a.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-4807\" alt=\"citytour-capilla-del-monte-a\" src=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/citytour-capilla-del-monte-a.jpg\" width=\"505\" height=\"380\" srcset=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/citytour-capilla-del-monte-a.jpg 505w, http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/citytour-capilla-del-monte-a-300x225.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 505px) 100vw, 505px\" \/><\/a>Plantear\u00e1n la existencia de un conflicto de poderes contra el jefe comunal por sendos decretos ambientales.<\/p>\n<p>El Concejo Deliberante de Capilla del Monte decidi\u00f3 iniciar una serie de acciones ante el Tribunal Superior de Justicia de C\u00f3rdoba (TSJ) con el fin de lograr la declaraci\u00f3n de ilegalidad de los decretos 025\/14 y 028\/14 suscriptos por el intendente Gustavo Sez el pasado 6 de febrero con el fin de regular la construcci\u00f3n de nuevas viviendas en la zona monta\u00f1osa.<\/p>\n<p>A juicio de los ediles, el jefe comunal se extralimit\u00f3 en sus funciones, al regular en una materia que le compete legislar de manera exclusiva al Concejo Deliberante, seg\u00fan la Ley Org\u00e1nica 8102.<\/p>\n<p>El cuerpo legislativo autoriz\u00f3 adem\u00e1s a su presidente a contratar alg\u00fan abogado con el fin de que le brinde asistencia t\u00e9cnica y patrocinio legal en el planteo de conflicto municipal de poderes con el Departamento Ejecutivo que se presentar\u00e1 ante el Tribunal Superior.<\/p>\n<p>A la hora de aprobar esta acci\u00f3n, los concejales de Capilla del Monte tuvieron en cuenta que el intendente Gustavo Sez avanz\u00f3 con los mencionados decretos de febrero en la regulaci\u00f3n de un tema ambiental m\u00e1s que pol\u00e9mico para la ciudad como es la prohibici\u00f3n de nuevas construcciones por encima de la Cota 1060. Para los integrantes del Concejo Deliberante, las medidas adoptadas por el Departamento Ejecutivo vulneraron atribuciones propias y exclusivas del cuerpo, en materia de legislaci\u00f3n sobre planes urban\u00edsticos, uso de suelos, planes de edificaci\u00f3n y medio ambiente.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el Concejo Deliberante de Capilla del Monte, los decretos de Sez representan una flagrante violaci\u00f3n al principio de divisi\u00f3n de poderes y atribuciones conferidas a cada organismo por lo que devienen en nulos.<\/p>\n<p>Finalmente, los ediles sostienen que \u201cal arrogarse el Departamento Ejecutivo funciones que ninguna norma le reconoce de forma expresa, ni impl\u00edcitamente, deja planteado un conflicto institucional entre los \u00f3rganos de gobierno de la \u00f3rbita municipal, los cuales deber\u00e1n ser resueltos restableciendo el orden quebrantado, por el Tribunal Superior de Justicia de C\u00f3rdoba\u201d.<\/p>\n<p>En consecuencia y teniendo en cuenta los fundamentos mencionados, los ediles rechazaron por ilegales, inconstitucionales y arbitrarios los decretos 025\/14 y 028\/24 del intendente Gustavo Sez por haber regulado materia de exclusiva competencia del Concejo Deliberante. En la misma sesi\u00f3n, decidieron avanzar con el planteo de conflicto de poderes ante el Tribunal Superior de Justicia.<\/p>\n<h3>Antecedentes<\/h3>\n<p>La decisi\u00f3n de prohibir o no nuevas construcciones por encima de la Cota 1060 mantiene dividida a la ciudad de Capilla del Monte desde hace varios a\u00f1os.<\/p>\n<p>Mientras diversas organizaciones ambientalistas y algunos partidos pol\u00edticos sostienen la necesidad de impedir edificaciones por sobre ese nivel, la mayor\u00eda de los concejales sostiene que muchos vecinos de la ciudad tienen terrenos desde hace a\u00f1os por arriba de la Cota 1060 y en consecuencia no se les puede prohibir edificar. Hacerlo implicar\u00eda generar decenas de juicio contra el Estado municipal.<\/p>\n<p>Los ambientalistas sostienen que la legislaci\u00f3n provincial protege esas \u00e1reas ambientales, por sus caracter\u00edsticas de flora y fauna y por estar en el origen de muchos de los recursos h\u00eddricos de la ciudad.<\/p>\n<p>Desde la otra vereda se argumenta en cambio que la norma provincial s\u00f3lo rige para sectores no urbanizados y que los que est\u00e1n en juego en Capilla del Monte pertenecen a vecinos que tienen derecho a construir siempre y cuando respeten determinadas exigencias.<\/p>\n<h6>Fuente: La Ma\u00f1ana de C\u00f3rdoba<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Plantear\u00e1n la existencia de un conflicto de poderes contra el jefe comunal por sendos decretos ambientales. 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