{"id":50558,"date":"2016-07-06T05:00:45","date_gmt":"2016-07-06T08:00:45","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=50558"},"modified":"2016-07-06T08:00:01","modified_gmt":"2016-07-06T11:00:01","slug":"tigre-una-favor-los-humedales","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/tigre-una-favor-los-humedales\/","title":{"rendered":"El Tigre: Una a favor de los humedales"},"content":{"rendered":"<p>La jueza Sandra Arroyo Salgado prohibi\u00f3 la continuaci\u00f3n de la obra de Venice Ciudad Navegable y Remeros Beach, en el Tigre, por carecer de la evaluaci\u00f3n ambiental. Critic\u00f3 severamente a los municipios y provincia por la falta de control.<\/p>\n<p>La Justicia federal fren\u00f3 la construcci\u00f3n de barrios privados en los diecis\u00e9is municipios de Buenos Aires que abarcan la cuenca del r\u00edo Luj\u00e1n y el Delta del Paran\u00e1. En un duro traspi\u00e9 de las megaempresas inmobiliarias, el fallo clausur\u00f3 dos countries (llamados Venice Ciudad Navegable y Remeros Beach) y exigi\u00f3 que la provincia cumpla con sus funciones y verifique las irregularidades de los emprendimientos. La causa fue iniciada por organizaciones sociales que denunciaron la directa vinculaci\u00f3n entre los countries en humedales y las inundaciones en la regi\u00f3n. El fallo cuestiona el accionar de los municipios y resalta el valor del principio precautorio (ante riesgo de que algo impacte en el ambiente y la salud, se deben tomar medidas preventivas).<\/p>\n<p>Los municipios de Vicente L\u00f3pez, San Isidro, San Fernando, Tigre, Luj\u00e1n, Exaltaci\u00f3n de la Cruz, Campana, San Andr\u00e9s de Giles, General Rodr\u00edguez, Mercedes, Suipacha, Pilar, Escobar, Moreno, Jos\u00e9 C. Paz y San Antonio de Areco no pueden autorizar nuevos emprendimientos ni ampliaciones de los ya existentes. As\u00ed lo determin\u00f3 la jueza Sandra Arroyo Salgado, del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N\u00b01 de San Isidro.<\/p>\n<p>La medida hab\u00eda sido impulsada por organizaciones sociales, vecinales y ambientales en 2012, cuando denunciaron el accionar de empresas inmobiliarias sobre humedales, que modificaron el caudal h\u00eddrico e hicieron frecuentes (y m\u00e1s graves) las inundaciones. El fiscal Fernando Dom\u00ednguez solicit\u00f3 en febrero la paralizaci\u00f3n de todas las obras. \u201cSe ha demostrado que la construcci\u00f3n de barrios cerrados no s\u00f3lo ha afectado al medio ambiente, sino que ha producido graves estragos y, consecuentemente, incalculables da\u00f1os a la propiedad p\u00fablica y privada, provocando tambi\u00e9n la p\u00e9rdida de vidas humanas\u201d, afirm\u00f3 el fiscal.<\/p>\n<p>El reciente fallo, del 1\u00ba de julio, puntualiza que el megaemprendimiento Venice Ciudad Navagable (de la empresa Marinas R\u00edo Luj\u00e1n) obtuvo la declaratoria de impacto ambiental de la municipalidad de Tigre, pero no cont\u00f3 con la evaluaci\u00f3n del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS). \u201cVenice Ciudad Navegable se encuentra en plena construcci\u00f3n y no cuenta con la declaraci\u00f3n de impacto ambiental; es decir no cuenta con el principal estudio que otorga la habilitaci\u00f3n para iniciar las obras\u201d, cuestiona la jueza Arroyo Salgado y clausur\u00f3 el emprendimiento.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n solicit\u00f3 al OPDS (presidido por Ricardo Pagola) que detalle qu\u00e9 obras se realizaron en el country y qu\u00e9 da\u00f1os ocasion\u00f3 al aire, napas de agua y ambiente. E inst\u00f3 al organismo a controlar que no se realice ninguna obra en otros emprendimientos.<\/p>\n<p>Mart\u00edn Nunziata, de la Asamblea del Delta, se\u00f1al\u00f3 que el fallo es un \u201cprecedente jur\u00eddico muy importante\u201d, resultado de a\u00f1os de trabajo de un amplio conjunto de organizaciones, acad\u00e9micos y abogados. \u201cLa resoluci\u00f3n es muy clara en cuanto a la cantidad de violaciones a leyes vigentes en las que han incurrido tanto el municipio de Tigre como otros municipios y el organismo del estado provincial (OPDS)\u201d, subray\u00f3.<\/p>\n<p>El fallo remarca la importancia del principio precautorio (vigente en la Ley General del Ambiente), que estipula que cuando exista peligro de da\u00f1o grave o irreversible, la carencia de informaci\u00f3n o certidumbre cient\u00edfica no deber\u00e1 utilizarse como excusa para postergar medidas que impidan la degradaci\u00f3n del medio ambiente. La sentencia se\u00f1ala: \u201c(El barrio privado) Podr\u00eda traer aparejado consecuencias da\u00f1osas para su entorno y para las generaciones actuales y futuras. Los efectos negativos podr\u00edan ser irreversibles con lo cual deviene necesario detener las obras.\u201d<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n aborda la situaci\u00f3n del emprendimiento Remeros Beach (del Banco Macro, propiedad de Jorge Brito). Se\u00f1ala que a\u00fan no tuvo aprobaci\u00f3n del municipio y no fue remitido al organismo provincial (OPDS). Y prohibi\u00f3 cualquier avance del emprendimiento.<\/p>\n<p>\u201cLo cierto es que existen indicios como para sospechar que podr\u00edan (los barrios cerrados) haber sido un factor fundamental en la degradaci\u00f3n que se habr\u00eda generado. Motivo por el cual permitir que se contin\u00faen habilitando nuevos emprendimientos de este tipo resultar\u00eda il\u00f3gico\u201d, explica la sentencia.<\/p>\n<p>El fallo es muy duro con las autoridades municipales y provinciales: \u201cLos municipios y el Organismo Provincial para el Desa- rrollo Sostenible son quienes deber\u00edan haber dispuesto en el \u00e1mbito de sus jurisdicciones una medida de este tenor (frenar los emprendimientos)\u201d.<\/p>\n<p>La suspensi\u00f3n de nuevos barrios cerrados es temporal, hasta la realizaci\u00f3n de un estudio interdisciplinario que d\u00e9 cuenta del efecto \u201cacumulativo\u201d que han ocasionado los countries en el ambiente. El fiscal Dom\u00ednguez solicit\u00f3 un plazo de 90 d\u00edas para el estudio y propuso una lista de investigadores independientes de las empresas. La jueza confirm\u00f3 lo indispensable de ese estudio, pero no fij\u00f3 plazos ni precis\u00f3 qui\u00e9nes estar\u00e1n a cargo del mismo.<\/p>\n<p>Mart\u00edn Nunziata explic\u00f3 que las organizaciones sociales consideran que el peritaje judicial confirmar\u00e1 los impactos en el ambiente y definir\u00e1 la \u201cprohibici\u00f3n total y definitiva de los desarrollos urbanos privados sobre humedales y valles de inundaci\u00f3n\u201d. Se\u00f1al\u00f3 que est\u00e1n alerta porque saben de la influencia de intereses pol\u00edticos y empresarios en juego. Hizo especial hincapi\u00e9 en Sergio Massa, el banquero Jorge Brito y los dos principales empresarios del sector: Eduardo Constantini (empresa Consultatio) y Jorge O\u2019Reilly (compa\u00f1\u00eda Eidico).<\/p>\n<p>Las organizaciones de Tigre y Escobar se reunir\u00e1n este fin de semana para evaluar los detalles del fallo y consensuar los pasos a seguir para obtener la clausura definitiva de los countries en humedales.<\/p>\n<h6>fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La jueza Sandra Arroyo Salgado prohibi\u00f3 la continuaci\u00f3n de la obra de Venice Ciudad Navegable y Remeros Beach, en el Tigre, por carecer de la evaluaci\u00f3n ambiental. 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