{"id":51837,"date":"2016-08-04T08:57:21","date_gmt":"2016-08-04T11:57:21","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=51837"},"modified":"2016-08-04T08:57:21","modified_gmt":"2016-08-04T11:57:21","slug":"interponen-chubut-accion-amparo-suspender-venta-tierras-extranjeros","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/interponen-chubut-accion-amparo-suspender-venta-tierras-extranjeros\/","title":{"rendered":"Interponen en Chubut acci\u00f3n de amparo para suspender venta de tierras a extranjeros"},"content":{"rendered":"<p>El diputado del PJ FpV, Blas Meza Evans y el concejal de Lago Puelo, Alejandro Marques promover\u00e1n hoy una acci\u00f3n de amparo contra el Gobierno Nacional con el objeto de lograr un pronunciamiento judicial que deje sin efecto el Decreto Nacional N\u00b0 820\/16 y declare la nulidad absoluta e insanable, por su ilegalidad y arbitrariedad manifiestas ya que modifica las exigencias previstas para la participaci\u00f3n de extranjeros en la adquisici\u00f3n de campos. La medida, adem\u00e1s, elimina el monitoreo de la UIF y la AFIP en esas operaciones inmobiliarias y facilita la venta de terrenos con espejos de agua.<br \/>\nAsimismo se solicitar\u00e1 se declare todo acto administrativo y jur\u00eddico que se haya dictado o realizado desde el dictado del Decreto cuestionado y hasta que la sentencia que recaiga en estos autos quede firme.<br \/>\nLa acci\u00f3n de amparo, que tambi\u00e9n lleva la firma de los diputados Alejandra Marcilla y Jos\u00e9 Grazzini, se presenta con una voluminosa documentaci\u00f3n en defensa de los intereses, no s\u00f3lo nacionales sino tambi\u00e9n provinciales, dada las extensas e importantes tierras rurales apetecidas por inversores extranjeros en nuestro territorio. A ello se a\u00f1ade los pactos internacionales de los Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales, y las cl\u00e1usulas de los mismos que establecen el derecho de auto determinaci\u00f3n y la titularidad de los pueblos sobre sus recursos y riquezas naturales.<\/p>\n<p><strong>Preservar el agua y alimentos<\/strong><\/p>\n<p>Blas Mesa Evans explic\u00f3 que la Ley 26.737, denominada \u201cR\u00e9gimen de Protecci\u00f3n al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesi\u00f3n o Tenencia de las Tierras Rurales\u201d, sancionada en el a\u00f1o 2011, es alterada inconstitucionalmente por el Decreto N\u00ba 820\/2016, bajo la excusa de la pretendida \u201cmodificaci\u00f3n\u201d cuando esa Ley fue impulsada a fin de resguardar los recursos naturales de los argentinos teniendo en cuenta condiciones geopol\u00edticas de la Rep\u00fablica Argentina vinculadas a la producci\u00f3n de alimentos en un contexto de crecimiento exponencial de la poblaci\u00f3n mundial.<br \/>\nIndic\u00f3 que entre los principales fundamentos de la Ley 26.737 son \u201clas profundas consecuencias para el desarrollo futuro de los mercados alimentarios, en especial de los pa\u00edses emergentes, as\u00ed como la preservaci\u00f3n de recursos naturales, escasos y no renovables, a nivel internacional, como lo son la tierra y el agua dulce, y que ha dejado de ser una cuesti\u00f3n de tratamiento s\u00f3lo individual de determinados pa\u00edses y ha pasado a ser, tambi\u00e9n, una cuesti\u00f3n de tratamiento por parte de la ONU\u201d.<br \/>\nSostuvo que \u201cse considera a la tierra un recurso estrat\u00e9gico natural escaso y no renovable, de significaci\u00f3n estrat\u00e9gica para el desarrollo humano y social, por lo que era imperioso dictar una legislaci\u00f3n tuitiva, para impedir la consolidaci\u00f3n de procesos que, de ser librados a su propia din\u00e1mica, podr\u00edan comprometer gravemente el desarrollo, la soberan\u00eda nacional y la titularidad del pueblo argentino sobre sus recursos estrat\u00e9gicos no renovables\u201d.<\/p>\n<p><strong>No a la inversi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Explic\u00f3 que la protecci\u00f3n del dominio nacional sobre las tierras rurales tiene como fin dejar establecido que la adquisici\u00f3n u otras formas jur\u00eddicas de posesi\u00f3n de tierras rurales, no configura inversi\u00f3n, ya que se trata de un recurso natural no renovable, crecientemente escaso, en funci\u00f3n de variables dif\u00edciles o imposibles de revertir (crecimiento de la poblaci\u00f3n mundial \u2013siete mil millones de habitantes-, erosi\u00f3n e\u00f3lica, salinizaci\u00f3n, cambio clim\u00e1tico, etc.).<br \/>\nInsisti\u00f3 que el principio basal de la Ley 26.737 es el que quiebra, en todas sus disposiciones, el Decreto 820\/2016, que parte de la premisa que toda forma de adquisici\u00f3n de dominio, posesi\u00f3n o tenencia de tierras rurales configura una inversi\u00f3n.<br \/>\nRecord\u00f3 que la Ley 26.737 entre sus principales disposiciones establece que los extranjeros que pretendan adquirir la propiedad o posesi\u00f3n de tierras rurales en la Rep\u00fablica Argentina deben tramitar previamente un certificado de habilitaci\u00f3n ante el Registro de Tierras. Las limitaciones que establece la Ley de Tierras son:<br \/>\n\u2022 15% del territorio, a nivel nacional, provincial y subprovincial (partidos o departamentos seg\u00fan la organizaci\u00f3n pol\u00edtica de la provincia).<br \/>\n\u2022 El 30% de una misma nacionalidad, aplicado al 15% del territorio, es decir en t\u00e9rminos de superficie la limitaci\u00f3n por nacionalidad opera en un 4,5%.<br \/>\n\u2022 Las tierras rurales que limiten o contengan cuerpos de agua de envergadura y permanentes no podr\u00e1n ser adquiridas por extranjeros.<br \/>\n\u2022 El tope personal es de 1000 hect\u00e1reas en zona n\u00facleo, o su equivalente seg\u00fan propuesta de las provincias aprobadas por el Consejo Interministerial de Tierras Rurales.<br \/>\nMesa Evans explic\u00f3 que la ley establece un tope personal, las equivalencias se crearon a fin de poder equiparar tierras de diferente categor\u00eda, valor cultural, social, biol\u00f3gico, tur\u00edstico y no solo el criterio de superficie. Es decir, si en Pergamino Provincia de Buenos Aires donde el l\u00edmite es de 1000 hect\u00e1reas una persona o empresa extranjera tiene 500 hect\u00e1reas podr\u00e1 adquirir hasta 10.000 hect\u00e1reas en la meseta patag\u00f3nica, es decir el 50% del tope para la zona en la que el l\u00edmite es de 20.000 hect\u00e1reas.<br \/>\nLa Ley de Tierras establec\u00eda la obligaci\u00f3n de realizar un relevamiento catastral y dominial a trav\u00e9s el Registro Nacional de Tierras Rurales, en el que trabajaron arduamente las 23 provincias argentinas a trav\u00e9s de sus catastros y registros de la propiedad inmueble, y organismos de control en materia de personas jur\u00eddicas. En 2013 el Registro inform\u00f3 que el 5,93% de tierras rurales del pa\u00eds se encontraban en manos de extranjeros, es decir casi 16 millones de hect\u00e1reas.<\/p>\n<p><strong>Resultados del relevamiento<\/strong><\/p>\n<p>El Registro Nacional de Tierras Rurales inform\u00f3 el estado de implementaci\u00f3n de la Ley, en el informe surge que las tierras rurales extranjerizadas al 2015 llegan al 6,09% a nivel nacional es decir 16.253.279 hect\u00e1reas; esta modificaci\u00f3n de valores respecto a los del a\u00f1o 2013, se debi\u00f3 adem\u00e1s del otorgamiento de certificados de habilitaci\u00f3n, a declaraciones juradas extempor\u00e1neas y fiscalizaciones. La administraci\u00f3n actual del Presidente Macri recibi\u00f3 un organismo con personas altamente calificadas, con certificaci\u00f3n ISO 9001 a la gesti\u00f3n de calidad, firma digital, certificado digital, informatizado a los fines de equiparar situaciones dis\u00edmiles entre los profesionales del interior con los de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires y con altos est\u00e1ndares de seguridad y transparencia.<br \/>\nPor otra parte, se detectaron en manos de empresas radicadas en Para\u00edsos Fiscales 1.113.654,85 Hect\u00e1reas; o sea, m\u00e1s de un mill\u00f3n de hect\u00e1reas (Antigua y Barbuda, Islas Caim\u00e1n, Islas V\u00edrgenes Brit\u00e1nicas, Luxemburgo entre otros). Es decir, solo en manos de Para\u00edsos Fiscales 55 veces la superficie porte\u00f1a.<\/p>\n<p><strong>El decreto y sus contenidos<\/strong><\/p>\n<p>Sobre los principales contenidos del Decreto 820\/2016 dijo que \u201cabre la puerta a que se puedan realizar transferencias de acciones y se extranjerice con solo \u201ccomunicar al Registro\u201d; incluso dice expresamente, \u201cno deber\u00e1 solicitar certificado de habilitaci\u00f3n\u2026 si la persona controlante supera los l\u00edmites del Art.10 de la Ley 26.737 (cuerpos de agua y 1000 hect\u00e1reas o su equivalente en otra zona del pa\u00eds) tiene 90 d\u00edas para readecuarse a la ley, transmitiendo a trav\u00e9s suyo o de sociedades controladas la propiedad de la tierra o modificando el tipo de explotaci\u00f3n\u201d.<br \/>\nManifest\u00f3 que el Decreto demuestra un acabado desconocimiento del Derecho P\u00fablico provincial y de las realidades provinciales, las facultades de ordenamiento territorial (cambios de uso de suelo, zonificaciones, fiscalizaci\u00f3n ambiental) que son eminentemente provinciales y en algunos casos transferidas a los municipios.<br \/>\nSostuvo que en consonancia con declaraciones del Instituto Sampay, \u201cla iniciativa macrista no trata solamente de modificar el criterio tuitivo de la Ley 26.737, sino que intenta perpetrar ese despojo al pueblo de la Naci\u00f3n Argentina mediante un simple decreto presidencial\u201d.<\/p>\n<p><strong>Epig<\/strong><\/p>\n<p>El diputado del PJ FpV, Blas Meza Evans y el concejal de Lago Puelo, Alejandro Marques promover\u00e1n hoy una acci\u00f3n de amparo contra el Gobierno para tratar de que se deje sin efecto el Decreto Nacional N\u00b0 820\/16 que permite a extranjeros la adquisici\u00f3n de campos<\/p>\n<h6>Fuente: El Diario de Madryn<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El diputado del PJ FpV, Blas Meza Evans y el concejal de Lago Puelo, Alejandro Marques promover\u00e1n hoy una acci\u00f3n de amparo contra el Gobierno Nacional<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":51838,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[14],"class_list":["post-51837","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-provincias","tag-chubut"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51837","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51837"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51837\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/51838"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51837"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51837"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51837"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}