{"id":55357,"date":"2016-11-01T07:37:35","date_gmt":"2016-11-01T10:37:35","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=55357"},"modified":"2016-11-01T07:37:35","modified_gmt":"2016-11-01T10:37:35","slug":"las-pymes-quedaron-horno","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/las-pymes-quedaron-horno\/","title":{"rendered":"Las pymes quedaron en el horno"},"content":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Federal de C\u00f3rdoba anul\u00f3 la protecci\u00f3n para las pymes de todo el pa\u00eds contra el aumento del gas, por el per\u00edodo abril-septiembre. Lo hizo por una cuesti\u00f3n formal. Apyme esperar\u00e1 para apelar.<\/p>\n<p>La Justicia cordobesa revoc\u00f3 un fallo de primera instancia que hab\u00eda frenado el tarifazo del gas a las pymes en todo el pa\u00eds. Est\u00e1 en disputa la facturaci\u00f3n durante el per\u00edodo abril-septiembre, que para los usuarios residenciales se retrotrajo al viejo cuadro tarifario gracias al fallo de la Corte Suprema. En cambio, los no residenciales siguieron bajo los valores del tarifazo inicial, con el tope del 500 por ciento que aplic\u00f3 el Gobierno para intentar suavizar el impacto. El tribunal de segunda instancia cuestion\u00f3 la legitimidad de la Asamblea de Peque\u00f1os y Medianos Empresarios (Apyme), entidad que inici\u00f3 la demanda, para representar intereses del grupo de usuarios no residenciales. Apyme lament\u00f3 el fallo que anul\u00f3 la cautelar aunque todav\u00eda no confirm\u00f3 si lo apelar\u00e1, ya que est\u00e1 a la espera de la sentencia definitiva.<\/p>\n<p>A fines de septiembre, las pymes obtuvieron de parte del juez federal de C\u00f3rdoba, Hugo Vaca Narvaja, una cautelar que las puso en pie de igualdad con los usuarios residenciales, al frenar el tarifazo en el gas hasta tanto se celebrara la audiencia p\u00fablica. Como ese encuentro finalmente tuvo lugar, el nuevo cuadro tarifario, publicado por el Gobierno la primera semana de octubre, aval\u00f3 los incrementos del servicio de gas para todos los usuarios. Las facturas de los hogares entre abril y septiembre quedaron bajo el cuadro tarifario previo al incremento, por eso ahora en muchos casos est\u00e1n llegando con cr\u00e9dito a favor, por los pagos acumulados de los meses anteriores.<\/p>\n<p>Sin embargo, como la Corte Suprema no se expidi\u00f3 en relaci\u00f3n a los usuarios no residenciales, su situaci\u00f3n tarifaria entre el dictado del incremento inicial a fines de marzo y hasta la celebraci\u00f3n de la audiencia p\u00fablica qued\u00f3 bajo el impacto de los aumentos con el tope del 500 por ciento decretados por el Gobierno, que incluso est\u00e1n por encima de lo que marca el nuevo cuadro tarifario, vigente en la actualidad.<\/p>\n<p>La cautelar otorgada por Vaca Narvaja orden\u00f3 a las empresas retrotraer las tarifas durante el per\u00edodo abril-septiembre y refacturar a los viejos valores para los \u201cpeque\u00f1os y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines que pudieran verse afectados con el dictado de las normas cuestionadas\u201d. El Ministerio de Energ\u00eda apel\u00f3 la medida y el juez dio lugar con efecto suspensivo, es decir que fren\u00f3 los efectos del fallo, dejando activo el tarifazo.<\/p>\n<p>La C\u00e1mara Federal de Apelaciones de C\u00f3rdoba resolvi\u00f3 ayer hacer lugar a la apelaci\u00f3n y dar marcha atr\u00e1s con el fallo de Vaca Narvaja. Utiliz\u00f3 argumentos formales sobre la legitimidad de Apyme para llevar a cabo la demanda pero no abord\u00f3 las cuestiones de fondo. El juez Eduardo Avalos justific\u00f3 que el universo de usuarios no residenciales involucrados en el fallo \u201cresulta de una heterogeneidad tal que no cumple con los est\u00e1ndares definidos anteriormente (&#8230;) por lo que no existe la posibilidad de identificar en forma precisa el colectivo involucrado. La enumeraci\u00f3n efectuada demuestra que el universo de usuarios y situaciones que la actora pretende abarcar resulta excesivamente vasto\u201d. \u201cEn el presente caso no se encuentran cumplidos los recaudos para hacer viable una acci\u00f3n colectiva en los t\u00e9rminos de la doctrina sentada por nuestro M\u00e1ximo Tribunal\u201d, concluy\u00f3. Los otros dos camaristas, Ignacio Mar\u00eda V\u00e9lez Funes y Graciela Montesi, coincidieron en la \u201cfalta de legitimaci\u00f3n procesal\u201d de Apyme.<\/p>\n<p>El fallo s\u00f3lo hace referencia a la cuesti\u00f3n formal pero no menciona en ning\u00fan momento la violencia del tarifazo ni la falta de audiencia p\u00fablica. \u201cEstamos analizando la decisi\u00f3n de la C\u00e1mara, veremos c\u00f3mo continuamos porque todav\u00eda est\u00e1 pendiente el fallo definitivo. Es evidente de la Justicia ignor\u00f3 el fondo del tema, lo lamentamos\u201d, dijo a este diario Eduardo Fern\u00e1ndez, presidente de Apyme.<\/p>\n<p>El aumento del gas anunciado el 31 de marzo elev\u00f3 la boleta bimestral para los usuarios no residenciales de la categor\u00eda 1 en un promedio del 651 por ciento, para la categor\u00eda 2, 858 por ciento, y para la 3, 576 por ciento, siempre teniendo en cuenta el mismo nivel de consumo en la comparaci\u00f3n interanual. Ante las protestas, el Gobierno introdujo un tope del 500 por ciento, que es el que sigui\u00f3 en vigencia hasta la puesta en marcha del nuevo cuadro tarifario, en octubre. A partir de all\u00ed, los incrementos medios para las categor\u00edas 1, 2 y 3 de no residenciales se ubican en un 279, 314 y 342 por ciento.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Federal de C\u00f3rdoba anul\u00f3 la protecci\u00f3n para las pymes de todo el pa\u00eds contra el aumento del gas, por el per\u00edodo abril-septiembre. Lo hizo por una cuesti\u00f3n formal. Apyme esperar\u00e1 para apelar.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":55358,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[21],"class_list":["post-55357","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-nacional","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55357","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55357"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55357\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/55358"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55357"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55357"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55357"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}