{"id":72197,"date":"2018-01-19T07:00:04","date_gmt":"2018-01-19T10:00:04","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=72197"},"modified":"2018-01-19T07:00:04","modified_gmt":"2018-01-19T10:00:04","slug":"decreto-la-educacion-publica","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/decreto-la-educacion-publica\/","title":{"rendered":"Un decreto contra la educaci\u00f3n p\u00fablica"},"content":{"rendered":"<p>El art\u00edculo 10 de la ley 26.075 (de Financiamiento Educativo) establece con total claridad que \u00abel Ministerio de Educaci\u00f3n, Ciencia y Tecnolog\u00eda juntamente con el Consejo Federal de Cultura y Educaci\u00f3n y las entidades gremiales docentes con representaci\u00f3n nacional, acordar\u00e1n un convenio marco que incluir\u00e1 pautas generales referidas a: a) condiciones laborales, b) calendario educativo, c) salario m\u00ednimo docente y d) carrera docente\u00bb.<\/p>\n<p>Ese art\u00edculo fue reglamentado el 4 de Mayo de 2007 mediante el Decreto 457\/07. A trav\u00e9s del Decreto 52\/18 publicado el 17 de Enero de 2018, se disminuye de manera arbitraria y antidemocr\u00e1tica la representaci\u00f3n de la CTERA y se intenta que no se discuta salario en el \u00e1mbito nacional, entre otras cuestiones que brevemente abordaremos.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al primer tema, el decreto reglamentario original establec\u00eda que \u00abla integraci\u00f3n de la representaci\u00f3n de los trabajadores en cuanto a su n\u00famero, ser\u00e1 proporcional al promedio de la cantidad de afiliados activos\u00bb, en tanto el Decreto recientemente publicado dice que \u00abla representaci\u00f3n de los trabajadores docentes del sector p\u00fablico ser\u00e1 ejercida por un (1) miembro de cada asociaci\u00f3n sindical\u00bb. No cabe duda de que la norma apunta directamente contra la CTERA, que es la entidad gremial con mayor representatividad nacional, circunstancia que surge del n\u00famero de afiliados, e intenta, artificialmente, enfrentar a esta con el resto de los gremios docentes. Para ello, deja de lado el criterio democr\u00e1tico y equitativo de representaci\u00f3n fijado por el Decreto 457\/07: Todos tienen que estar representados, pero de acuerdo a la cantidad de afiliados que tienen.<\/p>\n<p>En cuanto al segundo tema, al eliminar el inciso a del art\u00edculo 6 del Decreto 457\/07 que inclu\u00eda en el Convenio Marco la \u00abretribuci\u00f3n m\u00ednima de los trabajadores docentes\u00bb, se intenta que no se discuta el salario en la paritaria nacional. En este aspecto hay dos cuestiones que abordar: la primera que esa intenci\u00f3n es contraria al art\u00edculo 10 de la ley 26.075 que mencion\u00e1ramos al comienzo. Y la otra, que el Decreto reciente dice que el \u00absalario m\u00ednimo docente, queda establecido que el mismo no podr\u00e1 ser inferior al veinte por ciento (20%) por encima del salario m\u00ednimo vital y m\u00f3vil vigente\u00bb. Por lo que, la propia letra del Decreto (que adem\u00e1s adolece de la t\u00e9cnica m\u00e1s elemental en materia jur\u00eddica), establece que ese es un \u00abpiso\u00bb que puede ser discutido a efectos de ser mejorado, puesto que ese porcentaje nunca debe ser inferior, se trata de un \u00abm\u00ednimo\u00bb.<\/p>\n<p>Otras cuestiones relevantes la constituyen la derogaci\u00f3n lisa y llana del art\u00edculo 5 del Decreto anterior que permit\u00eda a los gremios solicitar al Ministerio de Trabajo la conformaci\u00f3n de la comisi\u00f3n Negociadora; la eliminaci\u00f3n de la segunda parte del art\u00edculo 7 de ese Decreto que facultaba a los gremios a exigir informaci\u00f3n sobre previsiones presupuestarias, niveles de empleo en el \u00e1mbito educativo, perspectivas de desarrollo futuro, pol\u00edticas de inversiones, entre otras. Adem\u00e1s, se excluye al Ministerio de Trabajo como autoridad de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Decreto 52\/18 es un claro intento de dar por tierra con el Convenio o Acuerdo Marco previsto en el art\u00edculo 10 de la ley 26075 y en el Decreto 457\/07 que consagraba lo m\u00e1s avanzado de la legislaci\u00f3n en la materia. En definitiva, apunta a eliminar la paritaria docente como instancia de negociaci\u00f3n nacional, circunscribiendo la negociaci\u00f3n a cada jurisdicci\u00f3n provincial, con salarios a la baja y peores condiciones de trabajo.<\/p>\n<p>Por\u00a0Vildor Garavelli y Norberto Ferrari *<\/p>\n<p>* Abogados, Asesores de AMSAFE y CTA de los Trabajadores<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El art\u00edculo 10 de la ley 26.075 (de Financiamiento Educativo) establece con total claridad que \u00abel Ministerio de Educaci\u00f3n, Ciencia y Tecnolog\u00eda juntamente con el Consejo Federal de Cultura y Educaci\u00f3n y las entidades gremiales docentes con representaci\u00f3n nacional, acordar\u00e1n un convenio marco que incluir\u00e1 pautas generales referidas a: a) condiciones laborales, b) calendario educativo, c) salario m\u00ednimo docente y d) carrera docente\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":72198,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[21],"class_list":["post-72197","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opiniones","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72197","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=72197"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72197\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/72198"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=72197"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=72197"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=72197"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}