{"id":78956,"date":"2018-07-09T19:35:04","date_gmt":"2018-07-09T22:35:04","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=78956"},"modified":"2018-07-09T19:35:04","modified_gmt":"2018-07-09T22:35:04","slug":"78956-2","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/78956-2\/","title":{"rendered":"Paridad en la Legislatura catamarque\u00f1a"},"content":{"rendered":"<p>El Senado de Catamarca sancion\u00f3 la ley de paridad de g\u00e9nero en la representaci\u00f3n parlamentaria. Fue por unanimidad de los 16 senadores, todos hombres. En la C\u00e1mara de Diputados tambi\u00e9n hubo voto un\u00e1nime. La norma cuenta con el apoyo del Ejecutivo.<\/p>\n<p>Y la ola verde-violeta lleg\u00f3 a Catamarca. El Senado de Catamarca convirti\u00f3 en ley por unanimidad el proyecto de la Paridad de G\u00e9nero en el \u00e1mbito de Representaci\u00f3n Parlamentaria y Pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Diecis\u00e9is senadores, todos hombres, dieron sanci\u00f3n al proyecto iniciado este a\u00f1o en Diputados, tambi\u00e9n aprobado all\u00ed por unanimidad. La ley, que obtuvo el n\u00famero 5539, establece la paridad de g\u00e9nero tanto en las listas que postulen candidatos a ocupar cargos provinciales de representaci\u00f3n parlamentaria (diputados\/as y senadores\/as provinciales), como en los cargos pol\u00edticos de los organismos de los partidos pol\u00edticos y establece \u201csu cumplimiento irrestricto en el mecanismo de preselecci\u00f3n de candidatos a trav\u00e9s de la Elecciones Primarias Abiertas, Simultaneas y Obligatorias\u201d, como dicen los fundamentos del proyecto.<\/p>\n<p>La norma modifica la Ley 4628 Electoral Provincial, la Ley 3894 R\u00e9gimen de los Partidos Pol\u00edticos, y la Ley 5437 que instituye el r\u00e9gimen de las PASO. Adem\u00e1s, invita a los Municipios a \u201cadherir a los principios y disposiciones establecidas en la ley y a dictar normas an\u00e1logas municipales que garanticen la vigencia y el respeto al principio de paridad de g\u00e9nero, para la elecci\u00f3n de los cargos de Concejales Municipales\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLas listas que se presenten para cargos p\u00fablicos de representaci\u00f3n parlamentaria, deber\u00e1n conformarse con postulantes de ambos sexos en una distribuci\u00f3n igualitaria del cincuenta por ciento (50 por ciento) para cada g\u00e9nero entre la totalidad de los candidatos postulados para cargos a cubrir, integr\u00e1ndose las mismas de manera intercalada entre mujeres y varones, desde el\/la primer\/a canditato\/a titular y hasta el\/la ultimo\/a candidato\/a suplente\u201d, establece la nueva norma. Luego, en su art\u00edculo 3\u00b0, es muy precisa sobre c\u00f3mo debe ser aplicada en distintos escenarios pol\u00edticos:<\/p>\n<p>\u201ca) Cuando se convoquen a elegir Diputados Provinciales en cantidad de n\u00fameros pares, las listas de candidatos\/as titulares y suplentes se integraran de manera alternada, intercalando uno (1) de cada g\u00e9nero por cada tramo de dos (2) candidaturas.<\/p>\n<p>b) Cuando la convocatoria prevea la elecci\u00f3n de Diputados Provinciales en n\u00fameros impares, las listas de candidatos\/as titulares y suplentes, se integrara respetando la paridad de g\u00e9nero prevista en el inciso a), y el \u00faltimo cargo podr\u00e1 ser cubierto indistintamente. El orden de los\/as suplentes deber\u00e1 invertirse en la misma proporci\u00f3n, de modo que si un g\u00e9nero tiene mayor\u00eda en la lista de candidatos titulares, el otro g\u00e9nero deber\u00e1 tenerla en la n\u00f3mina de candidatos suplentes.<\/p>\n<p>c) Cuando la elecci\u00f3n para Senadores Provinciales se realice por cargo uninominal, el\/la candidata\/a suplente ser\u00e1 de genero distinto al que se postule como titular.<\/p>\n<p>d) Producida una vacante, por causa de fallecimiento, renuncia, separaci\u00f3n, inhabilidad o incapacidad de un candidato titular, se cubrir\u00e1 en forma inmediata y en primer t\u00e9rmino, por el candidato del mismo g\u00e9nero que siga en el orden establecido en la lista oficializada por la Justicia o la Junta Electoral, y el suplente completara el periodo del titular al que reemplace.<\/p>\n<p>e) Una vez agotados los reemplazos por candidatos del mismo g\u00e9nero del titular, podr\u00e1 continuarse la sucesi\u00f3n por el orden de la lista con candidatos del otro g\u00e9nero\u201d.<\/p>\n<p>Agrupaciones y sectores de Mujeres de diversos partidos pol\u00edticos ven\u00edan desde hace dos a\u00f1os organizando y participando en foros, charlas, debates, iniciativas en pos de la Paridad.<\/p>\n<p>En abril de este a\u00f1o, diputadas del Frente Justicialista para la Victoria hab\u00edan pedido a la C\u00e1mara de Senadores de la Provincia que otorgara \u201cpronto tratamiento y sanci\u00f3n definitiva al proyecto de ley\u201d para \u201casegurar una integraci\u00f3n efectiva igualitaria entre ambos sexos en la conformaci\u00f3n de las listas de candidatos de los distintos partidos pol\u00edticos y alianzas electorales\u201d.<\/p>\n<p>En su discurso del 1 de mayo, la gobernadora de Catamarca, Luc\u00eda Corpacci, hab\u00eda dedicado unas palabras a impulsar el proyecto, como ven\u00eda haci\u00e9ndolo en distintas ocasiones: \u201cConociendo que ya hubo una iniciativa legislativa que no logr\u00f3 la sanci\u00f3n definitiva, quiero solicitar a los se\u00f1ores legisladores que incluyan en este per\u00edodo de sesiones ordinarias, la adhesi\u00f3n a la Ley Nacional de Paridad de G\u00e9nero\u201d. Corpacci hac\u00eda referencia a que en 2016 un proyecto hab\u00eda obtenido la media sanci\u00f3n de Diputados pero este a\u00f1o ya hab\u00eda perdido estado parlamentario.<\/p>\n<p>Desde entonces, los tiempos se aceleraron. El 30 mayo, la C\u00e1mara de Diputados de la provincia, compuesta por 41 diputados, de los cuales solo 11 son mujeres, dio media sanci\u00f3n sobre tablas y por unanimidad y gir\u00f3 al Senado para su tratamiento un nuevo proyecto de Ley de Paridad parlamentaria y pol\u00edtica. Si bien es impulsado por el oficialismo, tiene el acompa\u00f1amiento de varios legisladores del FCS-Cambiemos.<\/p>\n<p>Finalmente se aprob\u00f3 en Senadores. Al hacer uso de la palabra, el presidente de la Comisi\u00f3n de Asuntos Constitucionales, Peticiones y Poderes, Ra\u00fal Chico, destac\u00f3 el logro de haber acordado entre todos una Ley en \u201cla que pesa lo colectivo ante lo individual\u201d.<\/p>\n<p>Catamarca estaba entre las provincias que no hab\u00eda alcanzado el est\u00e1ndar jur\u00eddico igualitario para la representaci\u00f3n parlamentaria. Desde el jueves, se suma a las provincias que cuentan con ley de paridad:C\u00f3rdoba, Santiago del Estero, Buenos Aires, Salta, Chubut, Neuqu\u00e9n y R\u00edo Negro. Desde noviembre de 2017 el pa\u00eds cuenta a nivel nacional con la ley 27.412 de paridad pol\u00edtica. Santa Fe, obtuvo el mes pasado la media sanci\u00f3n y se espera la aprobaci\u00f3n de Senadores.<\/p>\n<p>\u201cEste tambi\u00e9n es un logro producto de los avances en conquista de derechos que llevan adelante las mujeres\u201d, dijo a este diario la dirigente pol\u00edtica feminista catamarque\u00f1a Adriana D\u00edaz. \u201cEl clima de \u00e9poca, si se quiere, fue lo que influy\u00f3 seguramente en varios de los senadores -explic\u00f3-. El saber que se quedan afuera, que no aprobar es hoy \u2018pol\u00edticamente incorrecto\u2019. Esto vale para senadores y diputados, porque aunque estos \u00faltimos hayan aprobado por unanimidad en los pasillos, en el mismo d\u00eda de la sesi\u00f3n, algunos segu\u00edan diciendo que no estaban de acuerdo. Los varones, diputados y senadores, a\u00fan no convencidos tuvieron que levantar la mano, porque no les quedaba otra. Tambi\u00e9n, porque legisladores varones, hicieron lo suyo: apoyaron, expusieron que hab\u00eda que sacar la ley, actuaron minoritaria pero activamente\u201d.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Senado de Catamarca sancion\u00f3 la ley de paridad de g\u00e9nero en la representaci\u00f3n parlamentaria. 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