{"id":79601,"date":"2018-07-26T19:50:50","date_gmt":"2018-07-26T22:50:50","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=79601"},"modified":"2018-07-26T19:50:50","modified_gmt":"2018-07-26T22:50:50","slug":"79601-2","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/79601-2\/","title":{"rendered":"FESTRAM Santa Fe denuncia maniobras para desvirtuar la cl\u00e1usula gatillo"},"content":{"rendered":"<p>PRETENDEN EVITAR EL PAGO DE DIFERENCIAS SALARIALES POR INFLACI\u00d3N Y SU PROPORCIONAL DEL S.A.C.<\/p>\n<p>La Federaci\u00f3n de Sindicatos de Trabajadores Municipales ha recabado denuncias presentadas por varios Sindicatos adheridos, en relaci\u00f3n al intento en Municipios y Comunas de liquidar los sueldos del mes de Julio sin la correspondiente proporcionalidad del Sueldo Anual Complementario, y desconocer las diferencias producidas por la inflaci\u00f3n en el mes de Mayo.<\/p>\n<p>La contradictoria e improcedente intervenci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Regiones, Municipios y Comunas viene a colaborar con el argumento utilizado por algunas autoridades municipales y\/o comunales, quienes de mala fe pretenden alterar la letra y el esp\u00edritu del Acuerdo Paritario, en particular de la cl\u00e1usula gatillo y su aplicaci\u00f3n, la que debe garantizar que los salarios no pierdan poder adquisitivo frente a la inflaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Acuerdo Paritario suscripto entre la representaci\u00f3n de los Intendentes y FESTRAM en fecha 03\/04\/2018 estableci\u00f3 un incremento en el mes de marzo del 10% real y efectivo, (que no contiene la cl\u00e1usula gatillo del 1,1 % correspondiente a la pol\u00edtica salarial 2017). Por lo tanto cuando en el mes de mayo el I.P.E.C. midi\u00f3 un 12,8 % de inflaci\u00f3n, gener\u00f3 una diferencia salarial del 2,8% en relaci\u00f3n al mes de marzo.<\/p>\n<p>Tal es as\u00ed, que por Circular Informativa N\u00ba 020\/18 de la Secretar\u00eda de Regiones, Municipios y Comunas de fecha 28\/06\/2018 se informaba a las administraciones locales que\u00a0\u201cse deber\u00e1 incluir un 2,8% de incremento salarial con la liquidaci\u00f3n de haberes correspondiente al mes de julio\u201d<\/p>\n<p>Contrariamente a la Comunicaci\u00f3n Oficial antes mencionada, la Secretar\u00eda de Regiones, Municipios y Comunas altera ahora el criterio interpretativo, facilitando la maniobra en algunas Intendencias y Comunas para eludir el pago de la cl\u00e1usula gatillo sobre el Sueldo Anual Complementario y las diferencias del mes de Mayo. El Organismo del Estado Provincial, cuyos dict\u00e1menes son apreciativos y de ninguna manera vinculantes, se arroga una facultad propia de la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Paritaria, generando confusi\u00f3n y situaciones conflictivas en torno a la liquidaci\u00f3n de salarios de los trabajadores municipales y comunales.<\/p>\n<p>Por todo lo expuesto, el Plenario de Secretarios Generales realizado en la ciudad de Fray Luis Beltr\u00e1n el pasado 25\/07\/2018 resolvi\u00f3 disponer que, en todas aquellas Municipalidades y Comunas que no den cumplimiento al pago de las diferencias salariales surgidas por la aplicaci\u00f3n de la cl\u00e1usula gatillo, que deben ser abonadas con los haberes del mes de Julio, se inicie la\u00a0retenci\u00f3n de tareas a partir de las 0 Hs del d\u00eda 8 de Agosto hasta completar el cobro de la totalidad de los salarios con la aplicaci\u00f3n de la cl\u00e1usula gatillo (2,8% Mayo; 6,9% Junio y diferencia proporcional S.A.C.)<\/p>\n<p>Desde FESTRAM recalcan que ni la inflaci\u00f3n descontrolada, ni la estrepitosa ca\u00edda de la coparticipaci\u00f3n, es responsabilidad de los trabajadores. Las Organizaciones Sindicales siempre han estado dispuestas a encontrar las formas de facilitar el cumplimiento de las obligaciones salariales, pero el desconocimiento a los Acuerdos Paritarios constituye una violaci\u00f3n a las condiciones salariales y una agresi\u00f3n a los derechos de los trabajadores.<\/p>\n<h6>PRENSA FESTRAM<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PRETENDEN EVITAR EL PAGO DE DIFERENCIAS SALARIALES POR INFLACI\u00d3N Y SU PROPORCIONAL DEL S.A.C.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":79602,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[10],"class_list":["post-79601","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-sindical","tag-santa-fe"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/79601","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=79601"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/79601\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/79602"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=79601"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=79601"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=79601"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}