{"id":84671,"date":"2018-12-05T06:38:52","date_gmt":"2018-12-05T09:38:52","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=84671"},"modified":"2018-12-05T06:38:52","modified_gmt":"2018-12-05T09:38:52","slug":"vox-populi","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/vox-populi\/","title":{"rendered":"Vox populi"},"content":{"rendered":"<p>Con la \u00fanica oposici\u00f3n de Carlos Rosenkrantz, al que el Gobierno impuls\u00f3 a la presidencia del Tribunal, la Corte Suprema dio vuelta su propio fallo del 2X1 a favor de los represores. El anunciado vuelco fue producto del masivo rechazo que se expres\u00f3 en las calles y en el Parlamento<\/p>\n<p>La Corte Suprema revirti\u00f3 ayer su bochornoso fallo en el caso del represor Luis Mui\u00f1a que habilit\u00f3 el beneficio del c\u00e1lculo del 2&#215;1 para genocidas. En una decisi\u00f3n tomada por cuatro votos contra uno \u2013la \u00fanica disidencia fue la del presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz\u2013, la Corte determin\u00f3 que el beneficio no es aplicable a penas por delitos de lesa humanidad. Los jueces reconocieron las facultades del Congreso para sancionar la ley 27.362 que interpret\u00f3 la aplicaci\u00f3n del 2&#215;1, pero adem\u00e1s respald\u00f3 el argumento de los legisladores al se\u00f1alar que deb\u00edan ser excluidos del beneficio los represores. Los supremos se\u00f1alaron que con el dictado de esa ley no se incurri\u00f3 en ninguna discriminaci\u00f3n porque \u201cest\u00e1 dirigida al circunscripto n\u00facleo de quienes cometieron los delitos m\u00e1s aberrantes que registre el comportamiento humano\u201d. Los organismos de derechos humanos celebraron el cambio. \u201cEste fallo confirma que la sociedad argentina no admite retrocesos\u201d, dijo Abuelas de Plaza de Mayo (ver p\u00e1gina 4).<\/p>\n<p>El 3 de mayo del a\u00f1o pasado, con la firma de Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco, la Corte sorprendi\u00f3 \u2013y no para bien\u2013 al declarar aplicable el 2&#215;1 (que computa doble los d\u00edas que un detenido pasa en prisi\u00f3n sin tener condena) en el caso Mui\u00f1a, un represor civil que formaba parte de una patota que persegu\u00eda a trabajadores y pacientes del Hospital Posadas. Treinta trabajadores del Posadas fueron secuestrados y al menos once contin\u00faan desaparecidos. En esa sentencia, los jueces consideraron que si hab\u00eda alguna duda sobre la aplicabilidad del beneficio a delitos como los cometidos por Mui\u00f1a, \u201cdebe resolverse en favor del acusado en virtud de las exigencias del principio de legalidad\u201d.<\/p>\n<p>El fallo de la Corte desencaden\u00f3 una catarata de pedidos en la misma l\u00ednea por parte de otros represores, lo que en la pr\u00e1ctica su aplicaci\u00f3n implicaba una reedici\u00f3n de la ley de amnist\u00eda.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n gener\u00f3 el inmediato rechazo de un amplio sector de la sociedad, empezando por los organismos de derechos humanos que convocaron a una movilizaci\u00f3n de repudio. Los especialistas consideraron que la decisi\u00f3n de la Corte Suprema contrariaba el derecho internacional, que establece que debe existir una proporcionalidad entre la pena recibida y la gravedad de los delitos cometidos. Y establece que no puede haber conmutaciones de penas para cr\u00edmenes de lesa humanidad. Adem\u00e1s, atacaba la esforzada construcci\u00f3n del camino de Memoria, Verdad y Justicia como una pol\u00edtica de Estado ante los cr\u00edmenes perpetrados por la dictadura militar.<\/p>\n<p>La concentraci\u00f3n del 10 de mayo desbord\u00f3 la Plaza de Mayo y se replic\u00f3 en otras partes del pa\u00eds. El mismo d\u00eda, con ese clima en las calles, el Congreso sancion\u00f3 por unanimidad la ley 27.362 que dej\u00f3 mal parados a los jueces de la Corte al especificar que el 2&#215;1 \u201cno es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categor\u00edas de delitos de lesa humanidad, genocidio o cr\u00edmenes de guerra\u201d.<\/p>\n<p>Luego de la ley, una por una, las distintas instancias judiciales rechazaron los recursos presentados por los abogados de los represores detenidos que deseaban recibir el beneficio. Fue un caso in\u00e9dito de desobediencia por parte de los tribunales inferiores de una jurisprudencia de la Corte Suprema. Incluso, el 1 de julio, el represor Mui\u00f1a debi\u00f3 volver a prisi\u00f3n. Con todo, los supremos se tomaron su tiempo para reconocer la situaci\u00f3n y dictar una nueva sentencia.<\/p>\n<p>Lo hicieron ayer, un a\u00f1o y medio despu\u00e9s del fallo Mui\u00f1a, en el caso de Rufino Batalla, un represor que actu\u00f3 en el centro clandestino La Cacha y que, entre muchos cr\u00edmenes, fue condenado por el homicidio de Laura Carlotto, la hija de la presidenta de Abuelas. Batalla fue uno de los detenidos que en su momento pidi\u00f3 el 2&#215;1. Curiosamente, el mes pasado, el TOF 1 de La Plata lo dej\u00f3 en libertad luego de que considerara cumplidos los dos tercios de su condena.<\/p>\n<p>Los argumentos<br \/>\n\u201cNo resulta irrazonable coincidir con el legislador-int\u00e9rprete en que las conductas criminales tipificadas como delitos de lesa humanidad, genocidio o cr\u00edmenes de guerra, seg\u00fan el derecho interno o internacional constituyen fundamento suficiente para sustentar la imposibilidad de aplicar a sus autores el beneficio del \u20182&#215;1\u2019 en el c\u00f3mputo solicitado\u201d, se\u00f1alaron los supremos en su fallo, con la \u00fanica excepci\u00f3n de Rosenkrantz.<\/p>\n<p>Los jueces determinaron que la ley 27.362 \u201cno violenta el compromiso moral de juzgar a los intervinientes en esos cr\u00edmenes bajo las reglas del Estado de Derecho, ni desconoce el compromiso internacional asumido en la materia\u201d. \u201cLa ley en an\u00e1lisis no priva a los encausados de un proceso imparcial (hecho que no se discute) ni ha modificado las condiciones \u2013modo y forma\u2013 del juzgamiento (derecho de defensa, control de la prueba, sistema recursivo, etc.). Lo que la norma ha aclarado (al declarar inaplicable el beneficio del \u20182&#215;1\u2019) es la manera de computar el tiempo de privaci\u00f3n de la libertad bajo la forma de prisi\u00f3n preventiva\u201d, se\u00f1ala el fallo.<\/p>\n<p>La Corte neg\u00f3 que esa ley aclaratoria pueda ser considerada \u201chostil o violatoria del principio de igualdad\u201d, en tanto los legisladores est\u00e1n facultados para \u201ccontemplar en forma distinta situaciones que considere diferentes\u201d. \u201cDicho de otro modo: la ley 27.362 no resulta discriminatoria ni estigmatizante con un sector de la poblaci\u00f3n: el vasto colectivo \u2018militares\u2019 o \u2018fuerzas de seguridad\u2019, pues est\u00e1 dirigida al circunscripto n\u00facleo de quienes cometieron los delitos m\u00e1s aberrantes que registre el comportamiento humano, no afectando a quienes \u2013para retomar el caso de los \u2018militares\u2019\u2013 cumplieron con su noble funci\u00f3n honrando la tradici\u00f3n sanmartiniana\u201d, resalt\u00f3 la sentencia.<\/p>\n<p>Al reiterar la potestad del Congreso en el \u00e1mbito jurisdiccional, aclararon: \u201cY as\u00ed como el juez no puede reemplazar al legislador creando una ley que no existe, tampoco puede ignorar la consideraci\u00f3n de una ley que el Congreso ha dictado y cuyo contenido juzga compatible con la Constituci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Rosenkrantz, el disidente<br \/>\nEl hoy presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, fue el a\u00f1o pasado el ide\u00f3logo del fallo Mui\u00f1a. Ayer eso qued\u00f3 transparentado al firmar el \u00fanico fallo en disidencia. Rosenkrantz insisti\u00f3 en que el 2&#215;1 resulta aplicable \u201ca casos como el presente por tratarse de una ley penal intermedia m\u00e1s benigna\u201d. En esa direcci\u00f3n, consider\u00f3 inconstitucional la ley que aprob\u00f3 el Congreso que limit\u00f3 su aplicaci\u00f3n. \u201cEl hecho de que la ley 27.362 haya sido la consecuencia de un gran consenso, y de que dicho consenso haya sido expresivo de una reacci\u00f3n ciudadana motivada por el ideal descripto, no implica, sin embargo, que sea constitucionalmente v\u00e1lida\u201d, insisti\u00f3.<\/p>\n<p>En su postura solitaria, el presidente de la Corte, cada vez m\u00e1s aislado de sus colegas, consider\u00f3: \u201cLa validez constitucional de una ley no viene dada por el grado de su aceptaci\u00f3n social ni por el intento de plasmar ciertos ideales \u2013por loables que sean\u2013, sino por su consistencia con el consenso inter-temporal m\u00e1s profundo documentado en nuestra Constituci\u00f3n nacional\u201d.<\/p>\n<h6>Fuente: Pagina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con la \u00fanica oposici\u00f3n de Carlos Rosenkrantz, al que el Gobierno impuls\u00f3 a la presidencia del Tribunal, la Corte Suprema dio vuelta su propio fallo del 2X1 a favor de los represores. <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":84672,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[21],"class_list":["post-84671","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-nacional","tag-argentina"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/84671","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=84671"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/84671\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/84672"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=84671"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=84671"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=84671"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}