{"id":8745,"date":"2014-06-02T09:26:16","date_gmt":"2014-06-02T12:26:16","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=8745"},"modified":"2014-06-02T09:26:16","modified_gmt":"2014-06-02T12:26:16","slug":"letra-muerta-las-ordenanzas-que-se-aprueban-y-no-se-cumplen-en-rio-cuarto","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/letra-muerta-las-ordenanzas-que-se-aprueban-y-no-se-cumplen-en-rio-cuarto\/","title":{"rendered":"Letra muerta: las ordenanzas que se aprueban y no se cumplen en R\u00edo Cuarto"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/06\/im_reglamento_2-DWORAK.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignright size-full wp-image-8746\" src=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/06\/im_reglamento_2-DWORAK.jpg\" alt=\"im_reglamento_2 (DWORAK)\" width=\"450\" height=\"350\" srcset=\"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/06\/im_reglamento_2-DWORAK.jpg 450w, http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-content\/uploads\/2014\/06\/im_reglamento_2-DWORAK-300x233.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 450px) 100vw, 450px\" \/><\/a>Entre ellas est\u00e1n la norma que proh\u00edbe la venta ambulante, el remate de los veh\u00edculos que quedan en los dep\u00f3sitos del Edecom y la posibilidad de cambiar ropa o servicios en cualquier d\u00eda y horario de la semana<\/p>\n<p>El Municipio incumple varias ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante. Algunas de esas normas fueron promulgadas por el Ejecutivo, pero hay otras que ni si quiera llegaron a esa instancia.<\/p>\n<p>Sin demasiados argumentos, esta situaci\u00f3n se ha vuelto m\u00e1s normal de lo que parece. Por eso, desde la oposici\u00f3n aseguran que existe una falta de comunicaci\u00f3n entre el intendente y el bloque oficialista y reclamaron que se cambie esta metodolog\u00eda.<\/p>\n<p>Una de las leyes que no se cumple, al menos no en su totalidad, es la ordenanza 1.104\/2011. La normativa ordena al Municipio a elaborar y a ejecutar, a trav\u00e9s de la Subsecretar\u00eda de Empleo y Microemprendimientos, un programa de relocalizaci\u00f3n de las actividades comerciales que se desarrollan en la v\u00eda p\u00fablica en puestos fijos, semifijos o con instalaciones desmontables, estableciendo plazos, etapas y sectores a los fines de la reubicaci\u00f3n de las mismas.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, fija la obligatoriedad para que, a medida que se acuerde con cada uno de los vendedores \u201cambulantes\u201d su aceptaci\u00f3n de traslado a la feria \u201cEl Progreso\u201d o la relocalizaci\u00f3n de sus puestos de venta a otros lugares de la ciudad, se informe en forma fehaciente al Concejo. As\u00ed, se deja prohibida la comercializaci\u00f3n en los espacios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Sin embargo, el procedimiento de relocalizaci\u00f3n no fue del todo efectivo ya que muchos vendedores siguen en las calles.<\/p>\n<p>Otra de las ordenanzas que tampoco se cumple es la 610\/2010, que proh\u00edbe, en el \u00e1mbito de la ciudad de R\u00edo Cuarto, el expendio de combustible para la propulsi\u00f3n de motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y bicimotores, cuyos conductores acudan a las estaciones de servicios sin el casco protector colocado como corresponde en la cabeza.<\/p>\n<h3>Remate de veh\u00edculos<\/h3>\n<p>Tambi\u00e9n est\u00e1 dentro de este grupo la ordenanza 182\/2012, que establece el procedimiento a seguir ante automotores y motoveh\u00edculos cuyo depositario resulte la Municipalidad. Plantea que cuando la tenencia en dep\u00f3sito municipal se exceda de los sesenta (60) d\u00edas se considerar\u00e1 que el automotor y\/o motoveh\u00edculo o su chatarra ha sido abandonado a favor de la Municipalidad y se proceder\u00e1 a la venta del mismo mediante remate p\u00fablico.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, dice que los fondos recaudados por la aplicaci\u00f3n de la ordenanza ser\u00e1n destinados, una vez deducidos los gastos, a la inversi\u00f3n en infraestructura de seguridad vial, tales como sem\u00e1foros, retardadores, guarda rail, etc\u00e9tera.<\/p>\n<p>Las ordenanzas 110\/2004 y 318\/2009 son otras dos que no se cumplen. La primera normativa dispone la construcci\u00f3n de rampas en los cruces peatonales de la ciudad, de acuerdo a las normas y convenciones internacionales para la eliminaci\u00f3n de barreras arquitect\u00f3nicas a las personas con discapacidad en cuatro etapas.<\/p>\n<p>La segunda norma dispone el inmediato relevamiento del estado de las rampas existentes en la ciudad para proceder, cuando lo amerite, a la reparaci\u00f3n y el acondicionamiento de las estructuras.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, ordena la construcci\u00f3n de rampas para discapacitados en veredas donde se den las condiciones t\u00e9cnicas para ejecutarlas, dando prioridad a las zonas de alto transito peatonal.<\/p>\n<p>Por otra parte, aparece la ordenanza 466\/2013. Esta normativa establece para los comercios la obligatoriedad de atender toda devoluci\u00f3n o cambios de productos o rescisi\u00f3n de servicios en los mismos d\u00edas y horarios habituales de venta al p\u00fablico sin restricciones, conforme a la ley de Defensa del Consumidor.<\/p>\n<p>En ese sentido, el Ejecutivo tiene el deber de promover la realizaci\u00f3n de campa\u00f1as informativas a los fines de difundir lo establecido y tambi\u00e9n prev\u00e9 sanciones econ\u00f3micas por incumplimiento.<\/p>\n<p>Asimismo, tambi\u00e9n est\u00e1 la ordenanza 785\/2010. Esta norma desafect\u00f3 del Dominio P\u00fablico Municipal, pasando a formar parte del Dominio Privado Municipal, las franjas de terreno ubicadas en el costado este del R\u00edo Cuarto Golf Club, sobre el bulevar Estado de Palestina, entre las calles N\u00b0 6 y la ruta provincial N\u00b0 30.<\/p>\n<p>Se autoriz\u00f3 la venta de los mismos y, en el art\u00edculo 7, se estableci\u00f3 que el monto producido por la comercializaci\u00f3n de los terrenos ser\u00eda destinado a la ejecuci\u00f3n de obras de infraestructura b\u00e1sica en barrios de la ciudad, incluyendo prioritariamente a San Pablo y Quintitas Golf.<\/p>\n<p>No obstante, el esp\u00edritu de la ordenanza qued\u00f3 trunco debido a que los terrenos fueron vendidos, pero el monto obtenido no se afect\u00f3 a las obras referidas.<\/p>\n<h3>Reglas claras<\/h3>\n<p>El concejal de Uni\u00f3n por C\u00f3rdoba, Mauricio Dova, se refiri\u00f3 a esta situaci\u00f3n y asegur\u00f3 que desde hace tiempo el Poder Ejecutivo incumple con muchas de las ordenanzas aprobadas por el Concejo Deliberante.<\/p>\n<p>\u201cEn algunos casos hay falta de comunicaci\u00f3n entre los poderes del Estado, entre el Ejecutivo y el oficialismo. Lo correcto ser\u00eda que el intendente (Juan Jure) vete aquellas ordenanzas que no est\u00e1 dispuesto a hacer cumplir, como pas\u00f3 con la que prohib\u00eda la venta de pirot\u00e9cnica. En R\u00edo Cuarto hace algunos a\u00f1os que no hay reglas claras. Si el Estado no cumple con la normativa vigente, c\u00f3mo pretende que lo hagan los particulares\u201d, se pregunt\u00f3 Dova al analizar el tema.<\/p>\n<h6>Fuente: Puntal<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre ellas est\u00e1n la norma que proh\u00edbe la venta ambulante, el remate de los veh\u00edculos que quedan en los dep\u00f3sitos del Edecom y la posibilidad de cambiar ropa o servicios en cualquier d\u00eda y horario de la semana El Municipio incumple varias ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante. 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