{"id":88098,"date":"2019-03-19T06:19:48","date_gmt":"2019-03-19T09:19:48","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=88098"},"modified":"2019-03-19T07:47:00","modified_gmt":"2019-03-19T10:47:00","slug":"el-intendente-de-neuquen-genero-revuelo-con-una-condena-antipiquete","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/el-intendente-de-neuquen-genero-revuelo-con-una-condena-antipiquete\/","title":{"rendered":"El intendente de Neuqu\u00e9n gener\u00f3 revuelo con una condena antipiquete"},"content":{"rendered":"<p>Un juez aval\u00f3 que el corte de calle de Sitramune fue un delito.<\/p>\n<p>Luego de mucha insistencia, el intendente Horacio Quiroga logr\u00f3 una condena penal por un corte de calle para el titular del sindicato municipal (Sitramune), Santiago Baudino, y se arm\u00f3 revuelo en todo el pa\u00eds. En un fallo pol\u00e9mico, el juez Mauricio Zabala le dio la raz\u00f3n al jefe comunal y resolvi\u00f3 que las protestas del gremio en la v\u00eda p\u00fablica del 8 y 11 de septiembre de 2017 fueron un delito, porque se entorpeci\u00f3 el servicio de transporte urbano.<\/p>\n<p>La sentencia r\u00e1pidamente se convirti\u00f3 en noticia nacional. En los principales medios se puso \u00e9nfasis en las implicancias de este fallo, que podr\u00eda marcar un antes y un despu\u00e9s en el tratamiento penal de las protestas callejeras.<\/p>\n<p>El abogado del Municipio en la causa, Javier Pino, record\u00f3 que los fiscales Pablo Vignaroli y Valeria Panozzo desestimaron la acusaci\u00f3n contra Baudino y la querella lleg\u00f3 sola al juicio. A\u00f1adi\u00f3 que Quiroga est\u00e1 analizando alguna presentaci\u00f3n contra ambos \u201cporque su conducta dej\u00f3 mucho que desear\u201d.<\/p>\n<p>Sobre la resoluci\u00f3n, destac\u00f3: \u201cPuede ser un disparador para debatir la tensi\u00f3n entre el derecho a reclamar y a libre tr\u00e1nsito, para que los sindicatos busquen otras alternativas sin tener reh\u00e9n a la gente\u201d.<\/p>\n<p>Baudino, en tanto, vincul\u00f3 la sentencia con una \u201cpersecuci\u00f3n judicial\u201d y anunci\u00f3 que se revertir\u00e1 \u201cen las calles\u201d. En los pr\u00f3ximos d\u00edas, el juez Zabala debe detallar los fundamentos del fallo y despu\u00e9s especificar la pena. Luego, el sindicalista podr\u00e1 apelar la decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cPor fin un juez interpreta cabalmente lo que marca el C\u00f3digo Penal, anteponiendo el bien com\u00fan al inter\u00e9s de un sector que tiene como costumbre utilizar la violencia\u201d, dijo Horacio Quiroga, Intendente de Neuqu\u00e9n<\/p>\n<p>El diputado del Frente de Izquierda, Ra\u00fal Godoy, present\u00f3 ayer un proyecto para que la Legislatura exprese su rechazo a la condena. Advirti\u00f3 que se busca una medida ejemplificadora para \u201cperseguir judicialmente y criminalizar a quienes, haciendo uso de su leg\u00edtimo derecho a la protesta, enfrenten los despidos y el ajuste de Macri y los gobiernos provinciales y municipales\u201d.<\/p>\n<p>A nivel provincial, el \u00fanico funcionario que se pronunci\u00f3 sobre el fallo fue el director de Diversidad, Adri\u00e1n Urrutia, que tambi\u00e9n es referente del Movimiento por la Igualdad y Ciudadan\u00eda. Indic\u00f3 que se trata de una \u201cpersecuci\u00f3n pol\u00edtica por parte del gobierno de Quiroga y de una\u00a0Justicia\u00a0que condena el derecho a reclamar de las y los trabajadores\u201d.<\/p>\n<p>La causa se inici\u00f3 hace un a\u00f1o, con el Municipio como querellante. Quiroga pidi\u00f3 la prisi\u00f3n para tres dirigentes del sindicato: el secretario general, Santiago Baudino, junto a V\u00edctor Beroiza y Juan Castro. En la sentencia, Zabala solo conden\u00f3 al titular del gremio y absolvi\u00f3 a los otros dos.<\/p>\n<p>La condena es por dos cortes de calle que organiz\u00f3 el sindicato frente al Municipio, el 8 y 11 de septiembre de 2017, para reclamar por la fuente laboral de 33 trabajadoras. Seg\u00fan el fallo, Baudino incurri\u00f3 en un entorpecimiento del transporte terrestre, tal como prev\u00e9 el art\u00edculo 194 del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p>8 Y 11 de septiembre de 2017 fueron las fechas de las protestas de Sitramune en la v\u00eda p\u00fablica.<\/p>\n<p><strong>Para los abogados laboralistas, es un fallo \u201cpol\u00edtico\u201d<\/strong><\/p>\n<p>La condena penal por un corte de calles gener\u00f3 sorpresa entre los abogados laboralistas neuquinos especializados en conflictos sindicales. Hubo coincidencia en que se trata de una resoluci\u00f3n \u201cpol\u00edtica\u201d, que dif\u00edcilmente quede firme en una instancia judicial superior.<\/p>\n<p>\u201cComo fallo es un disparate, porque hay jurisprudencia muy fuerte que indica que una protesta no puede ser considerada delito, por eso creo que esto no pasa en el Tribunal de Impugnaci\u00f3n\u201d, afirm\u00f3 Mariano Mansilla, diputado por Frente Neuquino-UNE y especialista en derecho gremial.<\/p>\n<p>Record\u00f3 que, como abogado, le toc\u00f3 representar a luchadores sociales acusados por cortes de tr\u00e1nsito \u201cen cerca de dos mil causas y hubo mucho an\u00e1lisis sobre la aplicaci\u00f3n o no del art\u00edculo 194, con el consenso de que no se trata de acciones que busquen interrumpir las comunicaciones, sino el ejercicio del derecho a reclamar\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEs evidente que detr\u00e1s hay una intenci\u00f3n pol\u00edtica del macrismo y de Quiroga de poner en discusi\u00f3n la doctrina de nuestro pa\u00eds. Con ese criterio de considerar delincuente a todo el que entorpezca el tr\u00e1nsito cerca del monumento a San Mart\u00edn, tendr\u00edan que llevar presa a media provincia\u201d, opin\u00f3.<\/p>\n<p>Para Natalia Hormaz\u00e1bal, abogada del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (Ceprodh), el fallo \u201ces un avance pol\u00edtico que resulta insostenible tanto en la cuesti\u00f3n de fondo como en lo procesal, porque no hubo acusaci\u00f3n de la fiscal\u00eda y el juez fue m\u00e1s all\u00e1 para sostener una acusaci\u00f3n privada\u201d. \u201cNo existen antecedentes jur\u00eddicos que avalen esta resoluci\u00f3n, adem\u00e1s de que desconoce que el derecho a reclamar es superior a cualquier complicaci\u00f3n de tr\u00e1nsito\u201d, concluy\u00f3 la abogada.<\/p>\n<p><strong>Sentencia similar en Mendoza<\/strong><\/p>\n<p>Ayer, en Mendoza, hubo una condena por un corte de calles contra dos sindicalistas casi id\u00e9ntica a la de Neuqu\u00e9n. El Tribunal Penal Colegiado 2 de esa provincia sentenci\u00f3 a Raquel Blas y Roberto Macho con tres meses de c\u00e1rcel en suspenso por una protesta de trabajadores estatales de enero de 2016 frente a la Gobernaci\u00f3n cuyana. Al igual que en Neuqu\u00e9n, se conden\u00f3 a los dirigentes gremiales por entender que impidieron el normal funcionamiento del servicio de transporte terrestre, tal como establece el art\u00edculo 194 del C\u00f3digo Penal. Los mismos sindicalistas ten\u00edan ya otra condena de prisi\u00f3n en suspenso por un corte de diciembre de 2014 sobre la Ruta Nacional 40, en el ingreso al aeropuerto mendocino El Plumerillo. En ese caso, fue una resoluci\u00f3n de la Justicia Federal de agosto del a\u00f1o pasado.<\/p>\n<h6>Fuente: La Ma\u00f1ana Neuqu\u00e9n<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un juez aval\u00f3 que el corte de calle de Sitramune fue un delito.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":88099,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[23],"class_list":["post-88098","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-sindical","tag-neuquen"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/88098","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=88098"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/88098\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/88099"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=88098"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=88098"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=88098"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}