{"id":89735,"date":"2019-05-03T06:33:13","date_gmt":"2019-05-03T09:33:13","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=89735"},"modified":"2019-05-03T06:33:13","modified_gmt":"2019-05-03T09:33:13","slug":"prohibido-meterse-en-las-urnas-por-decreto","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/prohibido-meterse-en-las-urnas-por-decreto\/","title":{"rendered":"Prohibido meterse en las urnas por decreto"},"content":{"rendered":"<p>El DNU con el que se autorizaba a votar por correo a los argentinos en el exterior fue declarado inconstitucional. Resta definir el que proh\u00edbe las colectoras.<\/p>\n<p>La jueza electoral Mar\u00eda Romilda Servini de Cubr\u00eda declar\u00f3 inconstitucional un Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por el presidente Mauricio Macri por el cual se habilitaba a los argentinos residentes en el exterior a votar por correo. La decisi\u00f3n llega luego de que el Gobierno debiera postergar un paquete de cambios en las elecciones \u2013inclu\u00eda tambi\u00e9n medidas para las Fuerzas Armadas y los presos\u2013 tras una acordada de la C\u00e1mara Nacional Electoral.<\/p>\n<p>Cuando el Gobierno anunci\u00f3 la postergaci\u00f3n de la reforma electoral que hizo por DNU, el PJ anunci\u00f3 que seguir\u00eda querellando en el juzgado de Servini de Cubr\u00eda. Ayer la jueza les dio la raz\u00f3n. Indic\u00f3 que en el DNU 45\/19, uno de los que firm\u00f3 en enero para cambiar las condiciones de la elecci\u00f3n de octubre, \u201cha pretendido reformar normas electorales (al establecer un nuevo sistema de votaci\u00f3n, una fecha distinta para la celebraci\u00f3n del acto electoral y un procedimiento diferente para la realizaci\u00f3n del escrutinio), cuestiones que debe ser analizada por el Congreso\u201d. Por la Constituci\u00f3n, el Ejecutivo tiene prohibido legislar en cuestiones electorales. La jueza Servini de Cubr\u00eda indic\u00f3 que \u201cni la Ley 24.007 ni el C\u00f3digo Electoral Nacional prev\u00e9n la posibilidad de emitir sufragio mediante correo postal\u201d. En consecuencia, entiende la jueza, que si la ley no estableci\u00f3 pautas precisas en relaci\u00f3n a esta cuesti\u00f3n, y tampoco modific\u00f3 el C\u00f3digo Electoral Nacional, la Casa Rosada \u201cno puede hacerlo ya que ello implicar\u00eda modificar una cuesti\u00f3n sustancial de la normativa electoral\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, remarc\u00f3 que si se admitiese el uso del DNU para modificar una norma electoral se convalidar\u00eda una situaci\u00f3n que la Constituci\u00f3n expresa de manera clara que el PEN \u201cno podr\u00e1 en ning\u00fan caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de car\u00e1cter legislativo\u201d.<\/p>\n<p>El decreto 45\/19 permit\u00eda a los argentinos residentes en el exterior votar previo a las elecciones y por correo (se enviaba el voto sin identificaci\u00f3n del votante). El PJ hab\u00eda advertido la imposibilidad de fiscalizar ese sistema electoral, adem\u00e1s de pedir su inconstitucionalidad. Ese decreto form\u00f3 parte de un paquete m\u00e1s amplio, que incluy\u00f3 permitir que los presos y los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que tienen la custodia de las elecciones voten previamente. Tambi\u00e9n preve\u00eda incluir un nuevo sistema para hacer la carga de datos para las escuelas. Para esto \u00faltimo, ya hizo una licitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>No obstante, el mes pasado el Gobierno dio marcha atr\u00e1s con todas estas reformas tras una acordada de la C\u00e1mara Nacional Electoral que, sin perder las formas, les advirti\u00f3 que estaban extralimit\u00e1ndose. El Gobierno advirti\u00f3 en ese caso que los cambios se aplicar\u00edan en 2021. Tras el fallo de Servini de Cubr\u00eda, en la pr\u00e1ctica todo seguir\u00e1 como era antes: los argentinos residentes en el exterior podr\u00e1n seguir votando acerc\u00e1ndose a una embajada en la fecha de la elecci\u00f3n. La C\u00e1mara Electoral ya hab\u00eda recogido los distintos reclamos del PJ y el Frente Renovador. Incluso hab\u00eda sacado una acordada en donde comenzaban felicitando al Gobierno por buscar \u201cincorporar tecnolog\u00eda\u201d pero, a rengl\u00f3n seguido, les indicaba que el escrutinio definitivo es exclusiva competencia de la Justicia electoral. El fallo de Servini de Cubr\u00eda vino a ratificar ese criterio. Tras el fallo, el PJ bonaerense celebr\u00f3: \u201cNos parece una medida acertada ya que una resoluci\u00f3n de este tipo no puede tomarse v\u00eda decreto de manera inconsulta e injustificada, y much\u00edsimo menos tan cerca de las pr\u00f3ximas elecciones\u201d. Queda pendiente una discusi\u00f3n judicial sobre otro decreto, mucho m\u00e1s reciente, en el cual Macri prohibi\u00f3 las listas colectoras. Lo hizo ante el temor de la gobernadora bonaerense Mar\u00eda Eugenia Vidal de que el peronismo se pusiera de acuerdo en un \u00fanico candidato a gobernador, con distintas listas a presidente. Es el m\u00e9todo que utiliz\u00f3 el candidato de Cambiemos Gerardo Morales para llegar a la gobernaci\u00f3n de Jujuy.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El DNU con el que se autorizaba a votar por correo a los argentinos en el exterior fue declarado inconstitucional. 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