{"id":94096,"date":"2019-09-13T06:10:38","date_gmt":"2019-09-13T09:10:38","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=94096"},"modified":"2019-09-12T21:12:35","modified_gmt":"2019-09-13T00:12:35","slug":"condena-para-miguel-del-sel-no-puede-ejercer-cargos-publicos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/condena-para-miguel-del-sel-no-puede-ejercer-cargos-publicos\/","title":{"rendered":"Condena para Miguel del Sel: no puede ejercer cargos p\u00fablicos"},"content":{"rendered":"<p>El c\u00f3mico fue condenado porque no pudo justificar los gastos de su campa\u00f1a como candidato a gobernar Santa Fe. El fallo alcanza tambi\u00e9n al intendente macrista de Funes, Diego Barreto, quien deber\u00eda dejar el cargo.<\/p>\n<p>La C\u00e1mara Nacional Electoral confirm\u00f3 la inhabilitaci\u00f3n del ex candidato al gobernador del PRO y ex embajador en Panam\u00e1 Miguel Del Sel para ejercer cargos p\u00fablicos por seis meses a ra\u00edz de que no pudo justificar sus gastos electorales en la campa\u00f1a para gobernar Santa Fe. Tambi\u00e9n inhabilit\u00f3 a quien en ese momento era tesorero del PRO y hoy es intendente de Funes, Diego Le\u00f3n Barreto. El fallo implica que Barreto tendr\u00e1 que dejar su cargo actual, salvo que apele a la Corte Suprema.<\/p>\n<p>El fallo de la CNE fue firmado por los camaristas Alberto Dalla Via y Graciela Medina, con el voto en disidencia de Santiago Corcuera, quien tom\u00f3 en cuenta un planteo de la defensa de Del Sel en torno a la prescripci\u00f3n. El fallo en primera instancia fue dictado por el juez de Santa Fe Reinaldo Rodr\u00edguez, quien evalu\u00f3 que Del Sel no pudo justificar ni el origen ni el uso de los fondos de la campa\u00f1a electoral en 2011, cuya rendici\u00f3n hizo en 2012. Fue un hecho muy previo a los casos de aportantes truchos en la provincia de Buenos Aires en 2017, que el PRO tampoco pudo nunca justificar, pero consigui\u00f3 empantanar en el Poder Judicial.<\/p>\n<p>Ese juez advirti\u00f3 en su fallo que no se pudieron analizar las cuentas del PRO en el Banco Naci\u00f3n porque el partido nunca present\u00f3 los extractos bancarios. Se\u00f1al\u00f3 que \u201cno contaba con la acreditaci\u00f3n del origen y\/o destino de los fondos recibidos por parte del presidente y tesorero del partido y los responsables pol\u00edticos y econ\u00f3mico-financieros de la campa\u00f1a\u201d. Por eso, fue condenado Del Sel como presidente del PRO Santa Fe en aquel momento, y quien fuera su tesorero, Barreto.<\/p>\n<p>El ex candidato a gobernador y ex embajador, no obstante, anunci\u00f3 que no ten\u00eda intenci\u00f3n de volver a competir por un cargo p\u00fablico. \u00abDoy un paso al costado y vuelvo a actuar porque perd\u00ed plata\u00bb, sostuvo el capoc\u00f3mico, quien regres\u00f3 al tr\u00edo Midachi. El juez Rodr\u00edguez, de todas formas, le aplic\u00f3 la pena m\u00ednima: 6 meses de inhabilitaci\u00f3n, por un delito electoral que puede tener una pena de hasta 10 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Tanto Del Sel como su ex tesorero apelaron al decisi\u00f3n y la C\u00e1mara Nacional Electoral confirm\u00f3 la condena por dos votos contra uno. Los camaristas recordaron que el juez en primera instancia no aprob\u00f3 las presentaciones contables porque faltaban explicaciones sobre el origen de los fondos y sobre c\u00f3mo se gastaron. Esas explicaciones no aparecieron y los responsables, indicaron dos jueces de la CNE, eran Del Sel como presidente del partido y Barreto como tesorero. El camarista Corcuera firm\u00f3 en disidencia, pero no disput\u00f3 la cuesti\u00f3n de fondo, sino que hizo otra interpretaci\u00f3n sobre los plazos de prescripci\u00f3n de la causa.<\/p>\n<p>Para los camaristas que compusieron el voto mayoritario, en cambio, qued\u00f3 \u00abdemostrado que se ve acreditada la situaci\u00f3n que sanciona el art\u00edculo 63, inciso b de la ley 26.215. Asimismo, es menester destacar que el magistrado de grado aplic\u00f3 a los recurrentes el m\u00ednimo de la sanci\u00f3n prevista por la norma, por lo que corresponde confirmar las sanciones resueltas\u00bb. Para Del Sel, que ya dej\u00f3 su carrera pol\u00edtica, la noticia no tendr\u00e1 demasiados efectos, m\u00e1s all\u00e1 de lo que implica para el PRO que nuevamente el Poder Judicial comprueba un manejo poco claro de los fondos de campa\u00f1a, que se suman a otros casos, como la pauta porte\u00f1a que deb\u00eda ir a las radios comunitarias y cuyo destino final tampoco se conoci\u00f3, porque el Poder Judicial cerr\u00f3 la causa sin investigar.<\/p>\n<p>En cambio, para Barreto el fallo implica que deber\u00e1 dejar su cargo como intendente de Funes, ya que est\u00e1 inhabilitado por el Poder Judicial para ejercerlo. Es posible que el funcionario PRO interponga un recurso ante la Corte Suprema para estirar los tiempos en que el fallo quedar\u00e1 firme.<\/p>\n<p>Cuando se dict\u00f3 el fallo en primera instancia, el intendente eligi\u00f3 defenderse con un comunicado, en el que dijo: \u00abMe veo obligado a explicarles la enorme injusticia a la que estoy siendo sometido en estos d\u00edas: el 14 de diciembre del a\u00f1o 2012 asum\u00ed el cargo de tesorero, el cual desempe\u00f1\u00e9 por 17 d\u00edas. Yo no era autoridad, no particip\u00e9 en las decisiones de la campa\u00f1a y tampoco tuve participaci\u00f3n ni en la recaudaci\u00f3n, ni en los gastos en el per\u00edodo denunciado\u00bb, sostuvo y dijo que apelar\u00eda. Ahora la C\u00e1mara confirm\u00f3 la condena.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El c\u00f3mico fue condenado porque no pudo justificar los gastos de su campa\u00f1a como candidato a gobernar Santa Fe. 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