{"id":97082,"date":"2019-11-28T07:50:58","date_gmt":"2019-11-28T10:50:58","guid":{"rendered":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/?p=97082"},"modified":"2019-11-28T07:50:58","modified_gmt":"2019-11-28T10:50:58","slug":"buenos-aires-la-justicia-declaro-inconstitucional-un-decreto-que-avasalla-las-juntas-comunales","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/buenos-aires-la-justicia-declaro-inconstitucional-un-decreto-que-avasalla-las-juntas-comunales\/","title":{"rendered":"Buenos Aires: La justicia declar\u00f3 inconstitucional un decreto que avasalla las Juntas Comunales"},"content":{"rendered":"<p>El Ejecutivo porte\u00f1o ide\u00f3 esta norma para disminuir las competencias de las Comunas creando gerencias operativas, al frente de la cuales nombr\u00f3 funcionarios afines.<\/p>\n<p>La justicia de la Ciudad declar\u00f3 inconstitucional el decreto 251\/2014 mediante el cual el Ejecutivo porte\u00f1o busc\u00f3 disminuir las competencias de las Comunas al crear gerencias operativas\u00a0dentro de la estructura comunal y meter por la ventana a gerentes y subgerentes que respondieran al gobierno. El fallo dictado por el juez Francisco Ferres, a partir de una acci\u00f3n de amparo presentada por comuneros, ex comuneros y habitantes de la ciudad patrocinados por el abogado Jonatan Baldiviezo,\u00a0consider\u00f3 que se estaba frente a la lesi\u00f3n de un derecho colectivo\u00a0y otorg\u00f3 legitimaci\u00f3n a los actores para acudir a la justicia enfatizando el derecho de la ciudadan\u00eda para defender la Democracia Participativa y la Democracia Comunal.<\/p>\n<p>El Decreto 251, sancionado el 25 de junio de 2014 y publicado en el Bolet\u00edn Oficial dos d\u00edas despu\u00e9s, dispuso la creaci\u00f3n de las figuras de Gerente Operativo de Gesti\u00f3n Administrativa y de Gerente Operativo de Gesti\u00f3n Comunal. Adem\u00e1s, cre\u00f3 los cargos de Subgerente Operativo de Participaci\u00f3n Vecinal y Atenci\u00f3n Vecinal y Subgerente Operativo de Control Comunal y de Obras. Es decir, el Ejecutivo invent\u00f3 toda una estructura de gerencias, sin tener la facultad para hacerlo, para poder designar a su gente e intervenir en competencias exclusivas de las Comunas, y yendo contra el esp\u00edritu de la Ley de Comunas (N\u00ba 1777\/05). Si bien el decreto fue emitido por Mauricio Macri cuando era jefe de Gobierno, la puesta en marcha estuvo a cargo del actual mandatario porte\u00f1o Horacio Rodr\u00edguez Larreta.<\/p>\n<p>En el fallo, el titular del juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N\u00b0 23 sostuvo que \u00abla pretensi\u00f3n del Poder Ejecutivo de avanzar, a trav\u00e9s del decreto 251 sobre la estructura organizativa establecida para las comunas por el Poder Legislativo&#8230; y comprometiendo el ejercicio de atribuciones de las Comunas (en cuanto a trav\u00e9s de sus propias Juntas Comunales eran las \u00fanicas habilitadas a establecer \u00e1reas de gesti\u00f3n adicionales), resulta manifiestamente ileg\u00edtima y merece ser tachada de inconstitucional\u00bb.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se\u00f1al\u00f3 que\u00a0las Comunas fueron creadas para rescatar las identidades barriales y promover la descentralizaci\u00f3n funcional de la Ciudad, para lo cual es indispensable que ellas puedan organizar su estructura de manera que refleje el orden de prioridades de acuerdo a sus necesidades.<\/p>\n<p>En el escrito tambi\u00e9n se advierte que si bien\u00a0las gerencias\u00a0fueron colocadas jer\u00e1rquicamente debajo de la Junta Comunal y la Presidencia, no deja de\u00a0alterar el orden de competencia fijado por la ley. Otro punto significativo, donde quedan las huellas de la gesti\u00f3n actual, apunta contra la resoluci\u00f3n 1863\/GCABA\/MHGC\/SECDES\/17 que aprueba el procedimiento de selecci\u00f3n para la cobertura de los cargos. Al respecto, el magistrado se\u00f1al\u00f3 que la \u00abselecci\u00f3n, signific\u00f3 una afectaci\u00f3n de derechos de los miembros de las Juntas Comunales\u00a0entre quienes deb\u00eda distribuirse la integraci\u00f3n de las \u00e1reas de gesti\u00f3n de cada Comuna, y quienes, conformando dichas Juntas Comunales, ten\u00edan la atribuci\u00f3n de nombrar y remover su personal\u00bb.<\/p>\n<p>Cabe recordar que la Constituci\u00f3n porte\u00f1a cre\u00f3 las comunas y defini\u00f3 competencias b\u00e1sicas, mientras que la Legislatura es la encargada de regular esas competencias y la organizaci\u00f3n, que, integrada por una Junta Comunal de siete miembros, un presidente y seis comuneros, que a su vez deben escuchar a un Consejo Consultivo, gestionan las comunas.<\/p>\n<p>Baldiviezo explic\u00f3 que \u00aben este esquema el Ejecutivo no puede aumentar o quitar competencias ni tener injerencia en la organizaci\u00f3n, como lo hace con un ministerio. El decreto vino a avasallar esos elementos en un contexto donde\u00a0el gobierno quer\u00eda disminuir las competencias de las comunas. Y al determinar la designaci\u00f3n de los gerentes con acuerdo de un ministerio hizo que\u00a0no s\u00f3lo el Ejecutivo ingresara en la estructura de la comuna sino que tambi\u00e9n hizo que esos gerentes no respondieran a la Junta Comunal\u00bb.<\/p>\n<p>Para el letrado, \u00abel fallo es importante porque hace mucho tiempo que no sal\u00edan sentencias para proteger la democracia participativa y comunal, porque hab\u00eda un criterio adoptado por el TSJ (Tribunal Superior de Justicia) que descendi\u00f3 a otras instancias, donde estipulaba que el presidente de la comuna era quien pod\u00eda recurrir a la justicia en caso de que el Ejecutivo estuviera avasallando sus competencias, fue una forma de cerrar el acceso a la justicia. Este fallo viene a enfrentar ese criterio al afirmar que est\u00e1n en juego derechos de la democracia participativa y que cualquier ciudadano puede acudir a la justicia\u00bb.<\/p>\n<p>En el mismo sentido opin\u00f3 Laureano Bielsa, comunero de los barrios de Recoleta y Sald\u00edas (Comuna 2). \u00abEs un fallo m\u00e1s que favorable porque hace muchos a\u00f1os que la justicia ven\u00eda fallando con la mirada que tiene el macrismo de las comunas.\u00a0Aleja la interpretaci\u00f3n macrista de comuna verticalista que no tienen que ver con la l\u00f3gica de descentralizaci\u00f3n, de ir tendiendo a que las comunas puedan asumir de forma completa sus facultades\u00bb.<\/p>\n<p>Por su parte, la legisladora de Unidad Ciudadana Andrea Conde sostuvo que \u00abla justicia logr\u00f3 frenar otro intento del macrismo para debilitar la democracia en la Ciudad. Es una gran noticia porque\u00a0es un freno de la justicia a su intento de vaciar las Juntas Comunales y menoscabar el rol de los comuneros\u00a0que, a diferencia de un gerente, fueron elegidos por el voto popular. Con la excusa de la eficiencia, lo que el macrismo buscaba era concentrar m\u00e1s poder en sus manos\u00bb.<\/p>\n<h6>Fuente: P\u00e1gina 12<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ejecutivo porte\u00f1o ide\u00f3 esta norma para disminuir las competencias de las Comunas creando gerencias operativas, al frente de la cuales nombr\u00f3 funcionarios afines.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":97083,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[12],"class_list":["post-97082","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informe-municipal","tag-buenos-aires"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/97082","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=97082"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/97082\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media\/97083"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=97082"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=97082"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/argentinamunicipal.com.ar\/argentina\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=97082"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}