Tres Arroyos: millonario fallo contra la comuna
01/08/2014 ECONOMÍAA raíz de un accidente de tránsito ocurrido en 2004, la Justicia obligó al municipio a pagar 2,4 millones de pesos, más intereses, a un alambrador.
El fallo no cayó nada bien en el despacho mayor del municipio, que ocupa Carlos Sánchez.
La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca condenó a la Municipalidad de Tres Arroyos a pagar 2,4 millones de pesos -más intereses- a un alambrador que sufrió un grave accidente de tránsito en el año 2004, provocado por un vehículo comunal.
El fallo -emitido por los jueces de la Sala Nº 1, doctores Miguel Angel Diez y Guillermo Emilio Ribichini- revocó la sentencia de primera instancia, que había sido favorable a la comuna, y dio la razón al vecino Marcos Alberto González.
El hecho que dio origen a la demanda se produjo hace exactamente 10 años, sobre la avenida Güemes.
Según determinó el tribunal, el 21 de julio de 2004 González circulaba en una pick up Ford F100 y, en sentido contrario, lo hacía un camión municipal que transportaba un carretón y, sobre éste, una topadora.
Metros antes de que ambos vehículos se cruzaran, el carretón perdió la rueda dual delantera derecha, lo que provocó que el camión que lo arrastraba se balanceara peligrosamente hacia el carril contrario. Asustado por la maniobra, González perdió el control de su propio vehículo, rozó el lado izquierdo del camión y terminó incrustado contra la hoja de la topadora, que tenía un ancho de 4,34 metros, sobresalía del carretón e invadía el carril de circulación contrario (la avenida tiene 6,30 metros de ancho total).
El impacto final no sólo destruyó la cabina de la camioneta, sino que le provocó a González lesiones que le dejaron graves secuelas en su sistema respiratorio, además de dificultar su motricidad y la movilidad de miembros superiores. A raíz de ello, el alambrador debió abandonar su oficio para siempre, tras lo cual entabló la demanda contra la comuna.
Alcoholizado
El municipio había basado su defensa en el hecho de que, al momento de la colisión, González se encontraba en “estado de ebriedad”, situación que -se adujo- lo llevó a cambiar de carril y embestir el vehículo municipal.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones hizo hincapié en otra circunstancia, a su juicio determinante de la culpabilidad del municipio: la hoja de la topadora que, colocada sobre el carretón, invadía el carril por el cual circulaba el vehículo de Marcos Alberto González.
Los jueces dejaron en claro que la Municipalidad “casi lo guillotina (a González) transportando por el medio de la ciudad semejante mamotreto, en flagrante y criminal infracción a medio código de tránsito”.
También señalaron que fue por esa grave falta, y no por otra cicunstancia, que el alambrador sufrió las lesiones que lo perjudiaron severamente.