Puerto San Carlos, Bariloche: proyectan que una Sociedad del Estado lo administre por 70 años
El gobierno municipal envió al Concejo Deliberante el proyecto que busca la autorización de “Puerto San Carlos Sociedad del Estado”, para la administración y planificación de toda el área del puerto, alrededores, la isla Huemul.......
24/05/2022 MUNICIPIOSEl gobierno municipal envió al Concejo Deliberante el proyecto que busca la autorización de “Puerto San Carlos Sociedad del Estado”, para la administración y planificación de toda el área del puerto, alrededores, la isla Huemul, la isla Gaviotas y la isla de las Gallinas.
Dicha sociedad tiene por objeto desarrollar, poner en valor y potenciar un polo de desarrollo turístico, cultural, social, deportivo y de servicios mediante la implementación de un plan integral que garantice el adecuado desarrollo de los espacios públicos del Puerto San Carlos y de la costa del Lago Nahuel Huapi, la isla Huemul y tierras que se incorporen al mismo.
Así como la explotación por sí o por medio de terceros, de los diversos espacios cuyo usufructo sea otorgada a la sociedad por la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.
La iniciativa argumenta que habiéndose recuperado los espacios de dominio municipal que forman parte del proyecto y existiendo un Master Plan, se ha desarrollado la propuesta de la administración de dichos bienes a través del emprendimiento público denominado “Puerto San Carlos” el que incluiría la refuncionalización del San Carlos como puerto lacustre comercial y la puesta en marcha de las actividades turísticas en la isla Huemul.
Asimismo, prevé la promoción de actividades comerciales y la administración de los espacios con acceso público como lugares de encuentro, integración e intercambio que fomenten la diversidad cultural y generacional, generando valor simbólico, identidad y pertenencia de la ciudad con su costa hacia el llago Nahuel Huapi, promoviendo la accesibilidad a la costa y su uso recreativo de acceso público.
“Para ello, la figura adecuada para la administración de los mismos es la creación de la una sociedad del estado, de acuerdo a lo normado en la Ley 20705 denominada como “Puerto San Carlos Sociedad del Estado”, expuso el gobierno municipal en los fundamentos del proyecto.
En caso de aprobarse la propuesta, a los fines de realizar el desarrollo del área, el Municipio cedería a favor de Puerto San Carlos S.E. el usufructo y derecho de superficie de los lotes, manteniendo así la propiedad de los inmuebles, con posibilidad de un mejor administración de dichos bienes.
La administración de los bienes del Puerto a través de este tipo societario permitirá, que las tierras queden en manos del propio estado municipal cediendo únicamente en su usufructo y el derecho de superficie a la empresa, para llevar adelante su objeto social.
“El desarrollo del Puerto San Carlos es una deuda histórica para con los vecinos de nuestra ciudad. Ha tenido fallidos intentos, tanto con iniciativas públicas como privadas. Creemos que es a través de este modelo ya exitoso para otros emprendimientos similares, como es la constitución de una empresa estatal, abocada exclusivamente a la refuncionalización del puerto con más el desarrollo urbanístico del mismo como paseo costero de acceso público, que es la mejor opción a los fines de otorgarle al estado municipal las herramientas necesarias para llevar adelante semejante proyecto a largo plazo”, se expresó en la defensa del proyecto.
Dentro del articulado se prevé que si los concejales lo aprueban, se autorizará al Departamento Ejecutivo a realizar un aporte de 15 millones de pesos para el capital social de la sociedad del estado.
Por otra parte, se define que el Municipio establecería a favor del Puerto San Carlos S.E. el usufructo y el derecho de superficie por el plazo de 70 años, con único fin de llevar adelante el objeto social de la empresa. Además, se autorizaría “al Intendente Municipal a firmar la totalidad de la documentación necesaria para efectivizar la cesión de las tierras antes mencionadas, en los términos y con los alcances que cada usufructo y derecho de superficie determine”.