Cambio climático: la Corte Interamericana crea un precedente legal
La opinión sobre la responsabilidad legal de los gobiernos para hacer frente al cambio climático del tribunal de derechos humanos reafirma el derecho a un clima saludable y alimenta la esperanza de los activistas
21/07/2025 EL MUNDOLa opinión sobre la responsabilidad legal de los gobiernos para hacer frente al cambio climático del tribunal de derechos humanos reafirma el derecho a un clima saludable y alimenta la esperanza de los activistas
Tanto países como expertos jurídicos han recibido con satisfacción las «históricas» orientaciones del máximo tribunal de América que describen las responsabilidades jurídicas de los gobiernos y las empresas para hacer frente al cambio climático.
La muy esperada «opinión consultiva sobre la emergencia climática y los derechos humanos», publicada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 3 de julio, es un documento detallado de 234 páginas que abarca un amplio corpus de derecho internacional y regional.
Proporciona una «hoja de ruta muy rica» para responder a la emergencia climática en toda la sociedad, incluyendo el establecimiento de una serie de normas para las estrategias climáticas nacionales que podrían ser muy importantes para la próxima cumbre climática COP30 en Brasil, dice Viviana Krsticevic, directora ejecutiva del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), una ONG de derechos humanos que apoyó la solicitud de Colombia y Chile para la opinión consultiva.
La jueza Nancy Hernández López, presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lee el resumen de la opinión consultiva, que se centra en las obligaciones de los Estados de proteger los derechos humanos ante la crisis climática (Imagen: Corte IDH / Flickr, CC BY-SA)
El derecho a un clima sano
El objetivo fundacional de la CIDH es interpretar y aplicar la Convención Americana sobre Derechos Humanos, un tratado ratificado por la mayoría de los 35 miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA). Pero su dictamen recién publicado tiene en cuenta una amplia gama de leyes y principios nacionales, regionales e internacionales, y afirma que las conclusiones se aplican a todos los miembros de la OEA, incluidos Estados Unidos y Canadá, que no reconocen la jurisdicción del tribunal.
El tribunal confirmó el derecho a un medioambiente sano, que ya había establecido en sentencias anteriores, pero dijo por primera vez que éste incluye el derecho a un clima sano. Lo define como «aquel que se deriva de un sistema climático libre de interferencias antropogénicas peligrosas para los seres humanos y para la Naturaleza como un todo».
El documento esboza las responsabilidades legales específicas de los Estados para defender los derechos humanos en riesgo por el cambio climático, que incluyen el derecho a la vida, la salud, el agua potable, la educación y el trabajo. Estos derechos se aplican a las generaciones futuras, concluye, así como a las personas vivas en la actualidad.
Los propios Estados deben tomar medidas «urgentes y efectivas» para prevenir los daños medioambientales y climáticos y adaptarse cuando sea necesario, y deben garantizar reparaciones integrales cuando se vulneren los derechos. No pueden adoptar políticas regresivas, afirma claramente el dictamen.
Responsabilidades de las industrias de los combustibles fósiles
Para emitir esta opinión consultiva, la CIDH, con sede en Costa Rica, recibió 260 escritos y celebró una serie de audiencias el año pasado, en Barbados y en las ciudades brasileñas de Brasilia y Manaos. Participaron en ellas una amplia variedad de Estados y organismos regionales, académicos, grupos de la sociedad civil y particulares. El tribunal celebró deliberadamente audiencias en el Caribe y América Latina para poder escuchar a los más afectados y en riesgo por el cambio climático. El resultado ha sido muy esperado, ya que forma parte de una serie de litigios climáticos de gran repercusión que los activistas esperan que impulsen medidas más duras para hacer frente al cambio climático.
Los gobiernos de Chile y Colombia recibieron con satisfacción el dictamen de la semana pasada. En un comunicado, afirmaron que «constituye un hito en la consolidación regional del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en lo relativo a la protección del medioambiente». Y afirmaron que reafirma su compromiso conjunto para combatir la emergencia climática «mediante el desarrollo de estándares jurídicos claros que orienten respuestas más eficaces frente a este desafío global».
Entre otras cosas, el dictamen destaca la importancia del Acuerdo de Escazú, el tratado ambiental histórico de América Latina y el Caribe que entró en vigor en 2021. Ese acuerdo busca mejorar el acceso a la información, abordar la impunidad generalizada de los delitos contra los defensores del medioambiente y garantizar derechos más sólidos para que las comunidades sean consultadas sobre los impactos de los grandes proyectos de desarrollo.
La opinión consultiva establece responsabilidades jurídicas para que las empresas minimicen su impacto sobre el clima y para que los Estados regulen eficazmente las empresas bajo su control. Señala la exploración, extracción, transporte y procesamiento de combustibles fósiles, la fabricación de cemento y la agroindustria como los mayores emisores de gases de efecto invernadero. Además, afirma que los Estados deben aprobar leyes para que las empresas transnacionales y los conglomerados respondan plenamente de las emisiones de sus filiales.
Los Estados también tienen el deber de garantizar una transición justa hacia una sociedad más limpia en la que los derechos humanos deben seguir estando salvaguardados, afirma el tribunal. Se trata de un problema especialmente urgente en América Latina y el Caribe, donde la extracción de minerales críticos necesarios para las tecnologías de transición, como los vehículos eléctricos, está provocando graves problemas sociales y medioambientales.
El dictamen de la CIDH también reconoce explícitamente por primera vez los derechos de la naturaleza y afirma que los Estados tienen el deber de restaurar los daños causados a los ecosistemas por el cambio climático.