El Municipio de Río Gallegos declaró la emergencia administrativa y económica
Río Gallegos congela la planta de personal y revisará su estructura orgánica. A través del Decreto N° 6861, el intendente Pablo Grasso dispuso la emergencia municipal hasta diciembre de 2026, con medidas de reestructuración interna y control del gasto.
17/11/2025 POLÍTICARío Gallegos congela la planta de personal y revisará su estructura orgánica. A través del Decreto N° 6861, el intendente Pablo Grasso dispuso la emergencia municipal hasta diciembre de 2026, con medidas de reestructuración interna y control del gasto.
La Municipalidad de Río Gallegos declaró el estado de emergencia administrativa y económica mediante el Decreto N° 6861, firmado por el intendente Pablo Grasso, Gonzalo Dario Chute y Diego Leonardo Robles. La medida tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 y busca enfrentar la caída de la recaudación y garantizar el equilibrio financiero del Municipio.
En los considerandos del decreto, se detalló que los ingresos nacionales y provinciales muestran una caída del 10,4% en términos reales respecto a 2023, mientras que las regalías de gas y petróleo continúan disminuyendo debido a la baja sostenida de los niveles de producción. A esto se suma un crecimiento inflacionario cercano al 25% y acuerdos salariales del 29,4%, factores que impactaron directamente en las finanzas comunales.
El documento establece que la medida se adopta para evitar un desequilibrio financiero derivado de la caída de la actividad económica y del estancamiento en la coparticipación, además de los incrementos salariales proyectados en paritarias. El texto remarca la necesidad de tomar acciones para garantizar el funcionamiento normal del Municipio y optimizar el gasto público.
Entre las medidas principales, el Artículo 2° dispone el congelamiento de la planta de personal municipal durante el período de emergencia, y el Artículo 3° suspende los ingresos de nuevo personal, salvo autorización expresa del Intendente por motivos excepcionales.
Asimismo, el Artículo 4° ordena la revisión integral de las estructuras orgánicas de la Municipalidad, con posibilidad de reorganizar, modificar, transformar o suprimir cargos de conducción, en busca de una gestión más eficiente. El Artículo 5° invita al Honorable Concejo Deliberante a adherirse a las disposiciones del decreto, mientras que el Artículo 6° dispone la refrenda legal de las secretarías intervinientes.