Se aprobó el nuevo código de convivencia para Mendoza
22/10/2014 POLÍTICARegula el uso del espacio público, bajo sanción de multa. Prohíbe actividades en los semáforos, la venta ambulante, los servicios sexuales callejeros y limita las protestas sociales. Lo sancionó el Concejo Deliberante de la ciudad. Hubo marchas y protestas contra la norma.
Por amplia mayoría de votos, los ediles capitalinos dieron conformidad para la aprobación en general de la ordenanza.
El intendente Rodolfo Suarez, impulsor de la medida, expresó: “El hecho más destacable es reunir en un solo cuerpo legislativo todas las normas que tienen que ver con el uso del espacio público en la ciudad y también, destacar que este código se aplica a las 500.000 personas que visitan por día la Ciudad. Los aspectos destacables son los que tienen que ver con el cuidado de las plazas, con el cuidado de la limpieza, con la convivencia urbana. El objetivo es lograr que Mendoza sea una ciudad más armónica, más amigable para vivir. Este proyecto lo presenté hace 3 años en el Concejo Deliberante, durante todo este tiempo hemos estado trabajando, recopilando ordenanzas, entonces vamos a tener un cuerpo normativo, con una primera etapa educativa, no sancionatoria, para que la gente pueda conocer de qué se trata”, reconoció Suarez.
Se trata de un proyecto que preparó el intendente Rodolfo Suarez y contó con el asesoramiento de los especialistas Carlos Egües y Gabriela Ábalos. El primer código de convivencia que se aprueba desde la vuelta de la democracia.
Es importante destacar que el artículo 13 de la ordenanza de convivencia deroga el artículo 49 de la ordenanza 10592/79 época del proceso militar, por el cual no se les confiscan los instrumentos musicales a los músicos callejeros. Se los regula en lugares y horarios pero no se les sacan los instrumentos. La nueva ordenanza cuenta con alrededor de 80 artículos.
El nuevo Código prevé la regulación de, entre otros, los siguientes puntos:
· La realización de actos, manifestaciones y movilizaciones.
· Las actividades pirotécnicas a gran escala en la vía pública o lugares arbolados.
· La venta o suministro a los menores de 18 años de pegamentos, colas, cigarrillos y tabaco, como así también otras sustancias inhalables de venta autorizada que pueden producir efectos nocivos para la salud.
· El consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, con excepción de los lugares y/o establecimientos autorizados a tal fin.
· La tenencia de animales: la Ciudad de Mendoza se fija como objetivo la eutanasia cero y queda prohibido el sacrificio de animales salvo en casos bajo criterio veterinario.
· La emisión de sonidos con fines publicitarios.
· La realización de grafitis o pintadas sobre elementos del espacio público.
· Las acrobacias con patines, bicicletas, skates y cualquier otro elemento similar en escaleras para peatones, elementos para la accesibilidad de personas discapacitadas u otros elementos del mobiliario urbano. Para tal fin el municipio construirá un skate park en un predio ya adquirido.
· El ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirectamente de servicios sexuales en el espacio público de la Ciudad.
El no cumplimiento de las normas que establece este nuevo Código tendrá la consideración de infracción administrativa. Se establecerá una escala de sanciones que se clasificarán en leves, graves y muy graves