Se llevan millones de dólares, pero no quieren pagar servidumbre

mapuches2

Por año extraen tres millones de barriles de petróleo en diez pozos de Salina Grande I. Equivalen a 250 millones de dólares. En los contratos con los pobladores, no reconocen servidumbre sino un pago irrisorio llamado «expolio».

La Unión Transitoria de Empresas (UTE) de Numo y Noel Werthein, Petrosiel y Energial extrae tres millones de barriles en diez pozos en el área Salina Grande I por 250 millones de dólares al año, dejando el 18,5% de regalías para La Pampa, pero a la hora de pagar por ocupar suelos ajenos muestran otra cara.

Una muestra de ese abuso de poder es el ofrecimiento de la permisionaria a cada criancero de la Comunidad Mapuche del Oeste Pampeano para que sus ductos los atraviesen. Les ofrecen la irrisoria suma de 2.655 pesos al mes y en el Acta Acuerdo, por el llamado expolio, no se les reconoce siquiera la titularidad del lote, únicamente el pago por «molestias que genera la actividad petrolera» no un «canon por servidumbre» como dice la Ley, por «ocupar» tierras fiscales.

Palabras más palabras menos, abonaran a seis familias originarias de lotes claves de la Sección XXV, de 3.981 km2 de extensión, 16 mil pesos al mes en parcelas que pertenecen por derecho propio a los mapuches desde 1834, desde la «época de la araucanización».

Compensación.

Para renovar el convenio, las contratistas denominan en el Acuerdo con los puesteros una «compensación para el desarrollo de sus actividades petroleras u otras necesarias, complementarias o afines». La UTE explota la estratégica área de Salina Grande I. De allí extrajeron 8.662 m3 de petróleo (cada barril tiene 160 litros) según datos de la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería en 2013, pero a la hora de compensar a los dueños de la tierra (puesteros) demuestran insensibilidad.

Aquellas empresas le llaman a este mecanismo inaudito pago por el «expolio», que según la lengua española es «la apropiación de una cosa que pertenece a otra persona de forma violenta, injusta o ilegal» o simplemente el denominado «botín del vencedor». Por ello les hacen firmar a los aborígenes originarios, muchos de ellos en conflicto por la propiedad de sus tierras, que trabajan allí a destajo en el desapacible desierto pampeano.

El expolio.

Si bien el acta que se firmará esta semana, y que es una simple renovación de la firmada el año anterior, llama la atención que se utilicen formas jurídicas inauditas para no pagar lo que la ley denomina como servidumbres y, en cambio, recurrir al silogismo «compensación por las molestias producidas con motivo del desarrollo de actividades asociadas a la explotación de hidrocarburos realizadas por la UTE Salina Grande I» o directamente «expolio».

Son seis las familias crianceras de animales que recibirán tal irrisoria suma de dinero teniendo en cuenta los miles de barriles de petróleo que extraen desde su tierra originaria. Las familias mapuches pampeanas que habitan en el departamento Puelén (25 de Mayo) son las de Dionisio Córdoba (Lote 25, Fracción B, Sección XXV); Eño Dalinger (Lote 23, Fracción B, Sección XXV); Marcos Pardo (Lote 4, Fracción C, Sección XXV); Domingo Maya (Lote 16, Fracción B, Sección XXV); Carlos Amaya (Lote 9, Fracción B, Sección XXV) y Leoncio Ainó propietario del Lote 24, Fracción B de la misma Sección.

Ningún derecho.

Otro punto del acuerdo armado por la UTE dice que aquella «no reconoce a las personas mencionadas ningún derecho de titularidad sobre los predios» ya que lo que allí se resuelve es a fin de compensar las «molestias» producidas por el desarrollo de la actividad petrolera. Además se los obliga a cada uno individualmente, como así también a la comunidad mapuche que integran en general a «no obstaculizar de ninguna forma el normal desarrollo de las actividades petroleras u otras necesarias, complementarias o afines en dichos predios», siendo aquella acción suficiente para anular el convenio y hasta penalizarlos económicamente.

La UTE que explota Salina Grande I tiene una concesión por 25 años desde 2007 con opción a diez años más. El convenio deja sentado que la recepción y firma incondicionada del recibo de la primera cuota estipulada (la de enero se pagara en marzo) implica «la aceptación de todo lo estipulado en dicho Acuerdo», es decir que por unos míseros pesos y todavía los aprietan con cláusulas discriminatorias y sin que ningún organismo público vele por sus derechos como comprovincianos.

Salina Grande I.

Según consta en el Expediente 2957/07, caratulado «Ministerio de la Producción-Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería s/contrato de exploración y eventual explotación área Salina Grande I», el Grupo Werthein ganó la licitación para buscar petróleo en la zona (lotes 1, 2 y 3 con más de 2.000 kilómetros de extensión), la más extensa en superficie de todas las jurisdicciones petroleras pampeanas.

Al cabo de dos años de investigaciones, encontraron un yacimiento rentable en el extremo sur del área, hoy en etapa de producción. Nos referimos al lote 1, que está recostado sobre el río Colorado con epicentro en Casa de Piedra. Las perforaciones se encuentran unos pocos kilómetros al norte de la Villa Turística, circundando El Medanito, en manos de Petroquímica Comodoro Rivadavia.

El petróleo extraído es el liviano de buena calidad y rendía entre 10 a 12 mil metros cúbicos por pozo, cuando el gobernador Oscar Mario Jorge firmó el decreto definitivo por el cual le dio luz verde al Grupo Werthein para ampliar la explotación petrolífera en La Pampa.

En la actualidad se extraen 6,2 millones de barriles de petróleo liviano de buena calidad, por 359 millones de dólares en nueve pozos. El pico de producción en el Lote 1 fue en septiembre de 2011 con 1.992 m3 de petróleo y un pico de 937 m3 en abril de 2013.

Los primeros pobladores.

Según geólogos, paleontólogos e historiadores de nuestra provincia han dicho que los últimos hallazgos arqueológicos en el área Salinas I, lindante con la de Casa de Piedra testimonian la presencia del hombre en La Pampa desde hace 9.000 años. Los primeros pobladores fueron grupos tehuelches que se extendieron por gran parte de La Pampa. Los tehuelches, que dieron el sello a la primera etapa del período indígena, anterior al 1800, no tuvieron un dominio fuerte en el territorio.

Sin embargo, el segundo período indígena tiene su apogeo entre 1834 a 1873, cuando grupos mapuches o araucanos provenientes de Chile, realizaron la araucanización de los grupos autóctonos. Los asentamientos aborígenes se hicieron en lugares con abundante agua dulce, pasto, leña y sal como Salinas Grandes (dominio de Calfucurá).

Las campañas militares durante la Conquista al Desierto marcaron el ocaso del período indígena (1879), exterminados y condenados a la marginación, confinamiento en el desierto y solo con una actividad como crianceros de animales y arreos.

Son quienes les sobreviven hoy y quienes deberían ser protegidos por una normativa vigente (Ley Scovenna o norma 2.529), aprobada por los diputados y reglamentada por el gobernador en 2009. El pago por servidumbre a los propietarios privados existe, ya que la cuestión de fondo es un problema de tierras, puesto que alguien alguna vez autorizó las ventas de campos fiscales desconociendo el uso ancestral de parcelas por parte de los mapuches de la región.

Fuente: La Arena