ARBA y los municipios ya trabajan en el revalúo: Cómo se mide el impacto del Inmobiliario

Las comisiones mixtas entre funcionarios de ARBA, de los municipios y los concejos comenzaron los relevamientos que determinarán el revalúo de las propiedades, con vistas a aplicarlo a partir del 31 de diciembre de este año.

Las comisiones mixtas entre funcionarios de ARBA, de los municipios y los concejos comenzaron los relevamientos que determinarán el revalúo de las propiedades, con vistas a aplicarlo a partir del 31 de diciembre de este año.

Tal como publicó este portal el último viernes, la Provincia busca el “recálculo de valores de la tierra urbana y suburbana libre de mejoras y sus edificios, las mejoras rurales y las plantaciones”. La iniciativa incluye a los denominados Clubes de Campo, Barrios Cerrados, Clubes de Chacra o emprendimientos similares.

Esta semana, ARBA empezó a mandar a los 135 municipios a los representantes designados para coordinar, junto a delegados del Ejecutivo y de los Concejos Deliberantes, los relevamientos que determinarán el revalúo de las propiedades, con vistas a aplicarlo a partir del 31 de diciembre de este año.

Según reconstruyó INFOCIELO, la labor de las comisiones consiste en corroborar las mejoras de las zonas -pavimento, acceso a servicios, desarrollo inmobiliario-, tomando como una de las referencias los parámetros de las inmobiliarias.

A la par, la agencia confeccionó unas tablas con valores de mercado de determinadas prestaciones: losa radiante, calderas, cámaras frigoríficas, piletas de natación, ascensores, alambrados, tanques australianos, con precios determinados por la cámara de la construcción, lo cual le confiere precios de mercado. Ese valor se promedia con el valor de la propiedad y se genera una nueva Valuación Fiscal.

La resolución complementaria emitida por ARBA a manera de “instructivo” para los comisionados -la 24/16- da cuenta de los procedimientos mediante los cuales se debe construir el “consenso” para arribar a decisiones. Así, prevé que “cuando el aumento o disminución de un valor propuesto por la Agencia de Recaudación no supere al mismo en un diez por ciento (10%), la cuestión se aprobará por simple mayoría”. Traspuesto ese límite, debe ser ratificado “por unanimidad”.

El apartado indica, además, que “de no expedirse la Comisión o no lograr la simple mayoría o unanimidad, según corresponda de acuerdo a lo indicado precedentemente, se tendrán por aprobados los valores propuestos por esta Agencia de Recaudación”, una vez vencido el plazo establecido, es decir el 31 de agosto.

Ante la consulta de INFOCIELO, desde ARBA relativizaron el impacto de los incrementos en las valuaciones, aunque reconocieron un desfasaje importante entre los valores de mercado y los valores fiscales. Entre el revalúo y la factura del Impuesto Inmobiliario, explicaron, está la ley impositiva y, dentro de ésta, la determinación de la base imponible del impuesto y de las alícuotas. De esta manera, sentenciaron, las nuevas valuaciones no se trasladarán proporcionalmente a las boletas del Impuesto, aunque es obvio que habrá aumentos.

Fuente: InfoCielo