Reincorporan a los empleados cesanteados en la Municipalidad de Fray Luis Beltrán
ES CONSECUENCIA DE LA CONCILIACIÓN OBLIGATORIA DICTADA POR EL MINISTERIO DE TRABAJO, ACATADA POR FESTRAM Y EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ESA CIUDAD
13/08/2018 SINDICATOSES CONSECUENCIA DE LA CONCILIACIÓN OBLIGATORIA DICTADA POR EL MINISTERIO DE TRABAJO, ACATADA POR FESTRAM Y EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ESA CIUDAD
El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe, a través de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dictó la Resolución 036 de fecha 7 de Agosto del corriente año, para someter el conflicto iniciado por el despido de trabajadores y trabajadoras Municipales de planta permanente y ante el reclamo de su reincorporación por parte de la Federación de Trabajadores Municipales (FESTRAM), al trámite de Conciliación Obligatoria, el que fuera acatado tanto por la Organización Sindical como por las autoridades de esa Municipalidad.
La resolución de dicha cartera se extiende hasta el 28 de agosto del corriente año y obligó a las partes a retrotraer la situación laboral al inicio del conflicto, por lo que desde FESTRAM suspendieron la medida de fuerza provincial del pasado miércoles y las previstas para los días 15 y 16 del mismo mes. Por su parte, la Municipalidad reintegró a sus tareas habituales al personal que había sido cesanteado y el Sindicato local procedió a levantar la carpa de protesta instalada frente al Palacio Municipal. La primera audiencia está convocada para el Martes venidero en la dependencia ministerial.
CLÁUSULA GATILLO
El Ministerio de Trabajo, colocó en el mismo trámite conciliatorio a los Sindicatos de Trabajadores Municipales que nucleados en la Federación, tenían previsto realizar -con diversas modalidades- la retención de tareas en algunas Municipalidades, como consecuencia de la falta de pago de los retroactivos surgidos por la aplicación de la cláusula gatillo acordada en la Paritaria del Sector.
Esto comenzó luego de que 15 Municipalidades y un importante número de Comunas -entre ellas miembros de la Comisión Paritaria que firmaron el acuerdo- reconocieran y abonaran las diferencias salariales, mientras el resto de los Municipios desconocieron los alcances del Acta Paritaria. Esta decisión parcial se observó a partir de la abrupta caída (54%) de la coparticipación del mes de Julio, fecha tope para el pago de las diferencias salariales generadas por los altos niveles inflacionarios que superaron las pautas anunciadas por el Gobierno Nacional y Provincial.
Frente al reclamo de asistencia financiera de los Gobiernos Locales al Estado Provincial, la Secretaria de Regiones, Municipios y Comunas -en lugar de convocar a los representantes paritarios para destrabar el tema- modificó su posición inicial y emitió un dictamen no vinculante desaconsejando el pago de las diferencias, lo que provocó el conflicto en varias localidades santafesinas.
Ante este escenario, el Consejo Directivo de FESTRAM instó a los Sindicatos alcanzados por esta situación a acatar la Conciliación Obligatoria, reclamando al Ministerio de Trabajo que a su vez exija retrotraer los efectos a los Municipios que se abstuvieron de aceptar las diferencias salariales, para que las mismas sean abonadas o reconocidas con anterioridad a la audiencia conciliatoria, tal como lo indica el Artículo 1 de la resolución ministerial.