Aumentó al 53% la retracción del salario del Gobernador de Tierra del Fuego
El mandatario dispuso incrementar del 47 al 53 el porcentaje de detracción que se aplica sobre su remuneración de ley. Indica que la medida responde a seguir sosteniendo un esquema de salarios razonables para las jerarquías más altas del Poder Ejecutivo
24/07/2023 PROVINCIASEl mandatario dispuso incrementar del 47 al 53 el porcentaje de detracción que se aplica sobre su remuneración de ley. Indica que la medida responde a seguir sosteniendo un esquema de salarios razonables para las jerarquías más altas del Poder Ejecutivo, en equilibrio con el conjunto de haberes percibidos por el resto de los agentes del sector público provincial.
Por segunda vez en lo que va del año, el Gobernador resolvió incrementar el porcentaje de suspensión de los aumentos a aplicar sobre su retribución, el que a partir del 30 de junio quedó fijado en el 53% de la remuneración que le corresponde percibir mensualmente en función de lo que establece el artículo 36 del presupuesto 2021.
Con esta nueva quita Melella busca neutralizar el impacto que sobre su haber tiene el incremento salarial del 15% que dispuso a partir del 1 de mayo el Tribunal de Cuentas, y que actúa como base de cálculo para la determinación de la remuneración de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo Provincial y de los Legisladores.
De acuerdo a lo establecido en el decreto 1583/23, el porcentaje de suspensión a aplicar sobre la remuneración del Gobernador pasa del 47% al 53%, en tanto mantiene en el 21% la suspensión sobre el haber de la Vicegobernadora.
Con la aplicación del aumento del 15% en los salarios de escala del personal del Tribunal de Cuentas, la remuneración de ley del mandatario ascendió a partir del 1 de mayo a un bruto de 1.457.376 pesos. Claro que por aplicación de la suspensión del 53%, el monto a percibir, previo a descuentos de ley, se ubica en torno a los 685 mil pesos.
En el decreto 1583/23 se recuerda que el artículo 36 del presupuesto 2021 estableció la base de cálculo del haber del Gobernador, ya que en la ley 1333 los Legisladores fijaron que la remuneración del titular del Ejecutivo provincial sea equivalente a 6 veces la remuneración básica que perciban los agentes Categoría E del Escalafón Profesional Universitario (EPU), y que la de estos sea equivalente al básico de escala de la Categoría A3 del cuerpo de auditores del órgano del Tribunal de Cuentas. En función de este esquema de enganches, cada vez que el Tribunal de Cuentas le aumenta los salarios a su personal, esa mejora se traslada automáticamente a los agentes del escalafón EPU y por ende también a la del Gobernador, Vicegobernadora, Legisladores, Autoridades de Cámara y miembros del gabinete provincial. Ello porque las remuneraciones y dietas de esos funcionarios electos y designados están referenciados con el del titular del Ejecutivo provincial. La normativa vigente establece que la Vicegobernadora percibe una remuneración equivalente al 95% de la remuneración de ley del Gobernador; los Legisladores del 90%, Ministros y Secretarios de Estado del 66%, demás funcionarios del gabinete de entre el 31 al 61%, y el personal de gabinete de entre el 5 al 31%.
En el considerando de la norma se asevera que “el incremento del porcentaje de suspensión de los haberes que se dispone con el dictado del presente, se fundamenta como una medida excepcional, pero basada en preceptos de justicia y equidad social, entendidos sobre la base de un sistema de gobierno cuyos principales representantes se disponen continuar transitando el camino de acciones tendientes a materializar la política salarial que proponga un sistema más equilibrado, coordinado, armónico, razonable y equitativo dentro del sector Público Provincial”.