Bariloche deberá pagar daños provocados por un pozo a un remis

pozotapaEl juez en lo Civil, Comercial y de Minería, Santiago Morán hizo lugar a la demanda presentada por una vecina de esta localidad contra la Municipalidad por los daños y perjuicios experimentados al no poder evitar un pozo cuando circulaba por Avenida 12 de Octubre. Esta situación ocasionó roturas en el auto que conducía como remís, además de la pérdida de días laborables. La sentencia ordena al Municipio a abonar a la demandante la suma correspondiente en concepto de capital, más la suma correspondiente a intereses en concepto de lucro cesante y daño emergente.

La demanda se inició cuando la titular del remís reclamó el monto correspondiente al daño experimentado en su automotor al encontrarse impedida de evitar un pozo. La presentante detalló que el 27 mayo de 2010, siendo aproximadamente las 8:30, circulaba por la Avenida 12 de Octubre en sentido oeste-este al mando de su vehículo marca Peugeot 405, -remís- cuando, recorriendo el último tramo de dicha arteria y luego de esquivar un sinnúmero de pozos existentes, impactó con su rueda delantera izquierda contra un pozo, a metros de la intersección con la calle Rivadavia. Destaca que ninguno de los pozos estaba señalizado para advertir su existencia.

El juez Morán sostuvo que “En el caso bajo examen pretende la actora que se le indemnicen los perjuicios que afirma haber experimentado como consecuencia de la inacción del municipio local. Según relatara en su escrito de demanda, mientras circulaba por la Avda. 12 de Octubre, su automotor introdujo la rueda delantera izquierda en un pozo que, dada su magnitud y falta de señalización, no pudo esquivar”.

Y añadió que correspondía al municipio acreditar la responsabilidad alegada por parte de la conductora, en tanto que “la actora acreditó, mediante la prueba testimonial pertinente, que el 27 de mayo de 2010, en horas de la mañana, conducía su automotor -afectado al servicio de remís- por la Avda. 12 de octubre y a baja velocidad. En la oportunidad la rueda delantera izquierda se metió en un pozo que le provocó ciertos daños”.

“En efecto, las dos testigos que prestaron declaración -que iban en viaje en el remís – coinciden en señalar que era una mañana oscura, que la actora manejaba su vehículo a baja velocidad por la arteria antes referida y que, próxima a detener su marcha, sintieron un ruido muy fuerte y vieron que el capot se levantaba del lado izquierdo”, apuntó el magistrado.

Luego de ello señaló que “Como antes afirmara, la existencia de dicho pozo convierte a la avenida en una cosa «viciosa», pues le resta aptitud para su tránsito en condiciones de seguridad. Teniendo en cuenta, entonces, que la demandada no produjo prueba alguna que permita tener por acreditado que el accidente encuentra su causa en la culpa exclusiva de la víctima, no cabe otra alternativa que no sea endilgarle a aquélla la responsabilidad por el hecho que motiva estos autos”.

Fuente: El Cordillerano