Cinco municipios formaron el consorcio Gran Concordia

La reforma de la Constitución de 2008 plasmó la autonomía municipal y, en ese marco, la posibilidad de los consorcios entre distintos gobiernos locales.

La reforma de la Constitución de 2008 plasmó la autonomía municipal y, en ese marco, la posibilidad de los consorcios entre distintos gobiernos locales. Concordia se constituye, con cinco municipios, en la primera organización intermunicipal, ocho años después de la Convención Constituyente.

El Régimen Municipal que plasmó la reforma de la Constitución en 2008 supuso un cambio sustancial para los gobiernos locales. Tanto como que recién entonces quedó consagrada la autonomía municipal en la letra de la Carta Magna que no tenía cambios desde 1933.

De allí se derivaron atribuciones claves para el poder en las ciudades como el dictado de sus propias cartas orgánicas o estatutos, lo que hasta el momento no ha pasado nunca de alguna intención de corto vuelo. 

Otra de las facultades nuevas para un municipio es la de gestionar y promover políticas públicas en articulación con otros, a través de la modalidad de consorcios, así como también ir más allá y encontrar formas institucionales y de gobierno a escala de los departamentos. 

Un primer paso, en términos de organización supramunicipal, es el que dieron los intendentes del departamento Concordia que presentaron un consorcio intermunicipal para el desarrollo de políticas para la región. Se trata de la primera experiencia de este tipo, luego de 8 años de entrada en vigencia de la nueva Carta Magna provincial.

INTERMUNICIPAL. El consorcio integra a todos los municipios del departamento Concordia y fue presentado el sábado, en Puerto Yeruá con la rúbrica del acta constitutiva y la designación de sus autoridades. Los intendentes de Concordia, Enrique Cresto, y Fabián Cevey de Yerúa, serán quienes ejercerán la Presidencia y Vicepresidencia del consorcio, respectivamente. Estuvieron también los representantes de las juntas de gobierno del departamento y el senador provincial Ángel Giano. 

Cresto reconoció al impulsor de la norma prevista por la Constitución: “Quiero enviar un especial saludo al ex diputado provincial y ex convencional constituyente Rubén Villaverde (UCR), quien luchó mucho para que se incluya el artículo en la reforma de la Constitución, que permita a los municipios crear organizaciones jurídicas públicas como estas que hoy ponemos en marcha desde el Departamento Concordia”, expresó. 

“Dimos este paso fundacional que traerá muchos beneficios a la región y nos permitirá fortalecer el trabajo en conjunto que llevamos adelante con el gobernador Gustavo Bordet”, dijo Cresto que puso algunos ejemplos: “Cuando nos reunamos con un ministerio provincial o nacional, en vez de ir como una ciudad a plantear nuestras necesidades, vamos como Consorcio y planificando políticas en lo productivo, en lo industrial, en lo turístico y en lo ambiental, como región, vamos a tener mucho más éxito en nuestras gestiones”. 

HISTÓRICO. “Esto es un hecho histórico”, calificó el senador Giano. “Nace la Gran Concordia, una nueva institución jurídica, moderna”, señaló el legislador provincial. “Éste es el primer consorcio que se constituye en la provincia y va a marcar el camino para los nuevos consorcios que se vayan conformando en todo Entre Ríos”, vaticinó. Para Giano, esta organización “va a permitir darle a la política pública una impronta nueva, moderna”, y agregó que “las expectativas que genera son muy importantes”. 

El intendente de Puerto Yeruá resaltó que “se abre la puerta que tanto venimos anhelando para gestionar más cosas para nuestras ciudades y pueblos”. “Es excelente esta determinación” impulsada por Cresto dijo y concluyó: “Hace mucho veníamos soñando que Concordia sea una sola y por supuesto que este consorcio está abierto a toda la región. Las puertas están abiertas”. 

En la firma del acta constitutiva estuvieron presentes, los intendentes Luis Nicolás Pasarello (La Criolla), Julio Edgardo Almada (Colonia Ayuí), Daniel Lladós (Estancia Grande), Ariel Panozzo Zenere (Los Charrúas), el coordinador de las Juntas de Gobierno del departamento Jorge Eduardo Irigoyen (de Nueva Escocia), los presidentes de juntas de gobierno, los viceintendentes y los secretarios de gobierno de los municipios, quienes integran la comisión directiva del Consorcio. 

OBJETIVOS. “Por supuesto que el aspecto legal es importante, ya lo dimos, hoy ya existe el Consorcio del Departamento Concordia, ahora es el momento del trabajo diario, de las gestiones y de poner en marcha este espacio institucional”, señaló Cresto. 

Anunció cuáles serán algunas de las prioridades del organismo en lo inmediato. “Concordia tiene el Campo del Abasto, un predio muy importante. Tenemos que trabajar en él pero en una política ambiental para toda la región. O la ampliación del Parque Industrial, que tras la carta de compromiso que firmamos con la Sociedad Rural, esto nos permitirá planificar el desarrollo industrial de todo el departamento. En el aspecto turístico hay que articular políticas de promoción, de actividades y de desarrollo en infraestructura turística en todo el departamento”, mencionó como ejemplos. 

Adelantó que el departamento desde el consorcio se suma a la Micro Región Turística que fue conformada junto a Federación y a la ciudad de Salto. 

Reconoció que “hay necesidades puntuales de cada intendencia y de cada junta de gobierno que vamos a trabajar para encontrar las soluciones que nos beneficien a todos”, y remarcó que “tiene que haber una comunicación fluida entre todas las intendencias y todas las juntas de gobierno, e ir avanzando en pequeños pasos, pequeños beneficios”. Cresto definió al organismo como “un espacio institucional que gestiona y promueve el desarrollo de la región y de cada una de las ciudades y pueblos que lo conformamos”.

Avance
El ex convencional constituyente del radicalismo, Rubén Villaverde, fue promotor de los consorcios y particularmente de los gobiernos departamentales, si bien la Constitución no alcanzó a darle esta jerarquía a la organización supramunicipal. En diálogo con EL DIARIO, y con relación a la experiencia iniciada en el departamento Concordia, lo consideró “un avance significativo para el sistema institucional de la provincia”. 

“Es fundamental para una realidad como la de Entre Ríos donde nos encontramos con una organización institucional que contempla el gobierno federal, el gobierno provincial y los municipios pero, sin embargo, tenemos una realidad geográfica muy amplia que cae en una zona gris donde no gestiona nadie”, describió. 

“El consorcio y otras formas de administración supramunicipal permiten que, sin que ningún municipio pierda su identidad, se dé una organización que pueda tratar temas comunes a un ámbito geográfico”, dijo y mencionó como claros ejemplos a “la problemática ambiental que en Paraná, María Grande, Hasenkamp, se hace visible porque los arroyos desembocan todos en el río Paraná; o el tremendo problema de los caminos donde no está clara la autoridad cuando se superan los límites municipales; por supuesto ni hablar de los temas de salud”, mencionó. Apostó a que esta iniciativa de Concordia pueda crecer y, en ese sentido, sugirió que no sean los intendentes los designados como autoridades de la nueva organización, “para poder darle autonomía e iniciativa propia, distinta de la que atañe a los municipios”.

Mandato constitucional

Entre las competencias de los municipios, dispuestas en el artículo 240, figura la de “concertar con la Nación, las provincias y otros municipios y comunas convenios interjurisdiccionales pudiendo crear entes o consorcios con conocimiento de la Legislatura. 

Por otro lado, el artículo 225, contempla “el acuerdo intermunicipal, intercomunal o interjurisdiccional” que deberá ser celebrado “con el concurso de las dos terceras partes de los municipios y comunas existentes en el departamento”. “El instrumento constitutivo establecerá las funciones de su órgano común garantizando la participación igualitaria de sus integrantes y sus recursos económicos, y deberá orientarse a los siguientes fines: a) Promover en el ámbito departamental el acceso de toda la población a los servicios públicos de carácter municipal o comunal; b) Impulsar la cooperación recíproca entre sus integrantes para atender los intereses comunes, a través de la afectación de recursos locales, la coordinación de servicios y la ejecución de políticas concertadas; c) Proveer a la asistencia entre sus integrantes en condiciones de reciprocidad en materia jurídica, técnica, económica y de toda aquella que se considere conducente; d) Colaborar con el ejercicio de competencias provinciales y nacionales, debiendo en el convenio respectivo determinar su alcance.

Fuente: El Diario Entre Ríos