Con el Estatuto del Empleado Municipal, San Juan reglamentará los ascensos de sus trabajadores
Actualmente los ascensos por mérito o antigüedad, no están reglamentados de forma igualitaria.
24/11/2020 SINDICATOSActualmente los ascensos por mérito o antigüedad, no están reglamentados de forma igualitaria.
La Municipalidad de Capital trabajó para elaborar el Estatuto del Empleado Municipal. Con esto se busca brindar igualdad de oportunidades y equidad entre los agentes municipales con el objetivo de lograr el ascenso en los trabajadores. Actualmente estos ascensos por mérito o antigüedad, no están reglamentados de forma igualitaria.
Este proyecto ya fue comunicado a los gremios del sector y será tratado por el Concejo Deliberante en los próximos días. Los principales aspectos de la normativa versan sobre el ingreso, los ascensos, remuneración, equiparación, género y jubilación.
Sobre los ascensos y la remuneración
En el estatuto los empleados de planta permanente estarán distribuidos en diez niveles y cuatro agrupamientos (Profesional, Administrativo, Servicios y Maestranza). “Cada agrupamiento ingresa a la carrera administrativa en un nivel y tiene posibilidad recorrer hasta ocho, de las diez categorías. Ningún trabajador terminará su carrera administrativa con menos de cuatro asensos. Los primeros cuatro serán automáticamente, cada seis años de prestación de servicios”, explicaron desde la comuna.
Los últimos tres ascensos se generarán por concursos de antecedentes y oposición. El jurado, de conformado por representantes del departamento ejecutivo o deliberativo (según sea el caso de la vacante a llenar), algún representante de la planta permanente del área y uno de la entidad sindical de mayor jerarquía.
Sobre la remuneración, desde la Municipalidad sostuvieron que “cualquier trabajador sin importar la función o cargo podrá aspirar a obtener la ‘responsabilidad jerárquica’ si cumplen con capacitación, idoneidad, experiencia para esos roles. El sistema garantizará que, una vez puesto en funcionamiento el estatuto ningún agente, independientemente de la regulación cobrará menos que en la actualidad ni se verá perjudicado en su situación de revista”.
El ingreso y la jubilación
Los ingresos de trabajadores a planta permanente se harán respetando lo que establece la carta orgánica: por concurso de antecedentes y oposición. De esta manera, no habrá privilegios personales.
“Tendrán prioridad para el ingreso el personal vinculado al municipio. Como es el caso de contratados y becarios”, explicaron desde Capital
En cuanto a la jubilación, trascendió que los trabajadores que estén en los últimos cinco años de trabajo previo a jubilarse, serán promovidos de manera diferencial (Promoción Diferencial) cumpliendo con algunos requisitos. Así se evita que terminen su vida laboral con categorías muy bajas, tras 30 años de servicio y dedicación municipal.
La equiparación
Por otro lado, el estatuto contempla una cláusula de equiparación por única vez, tras analizar caso por caso. Esto se irá haciendo progresivamente con cada trabajador, priorizando a los que más años de servicio llevan. Se comenzará con los que tienen 24 años de servicios, 18, 12 y por último los que tienen seis. Considerando esos casos se los ascenderá al que le corresponda, una categoría por año, durante tres años. “Por ejemplo: Un administrativo con 18 años de antigüedad y está actualmente en el nivel G, será promovido al nivel F, de manera automática”, explicaron desde la Municipalidad.