Denuncian al “Perro” Santillán como “instigador a cometer delito”
28/02/2014 SINDICATOSEn el marco de la judicialización de la actividad sindical del SEOM en San Pedro de Jujuy, el secretario General de este gremio, Carlos “Perro” Santillán, fue denunciado como “instigador” a cometer delito, por el intendente de San Pedro, Julio Moisés.
También fue denunciado el secretario de Organización del SEOM, el compañero Alberto Arias, quien en los días que se produjeron los hechos denunciados, no se encontraba en aquella ciudad.
El lunes pasado, Moisés presentó una ampliación de denuncia contra los compañeros Santillán y Arias, a quienes sindicó como supuestos “instigadores” de delitos. El Perro reflexionó que las mesas convocadas por el gobierno provincial y coordinadas por el secretario de Trabajo, Miguel Morales, estarían mostrando que “no van a servir, ya que lo acordado no es respetado por los intendentes”, como el caso de Moisés.
“El gobernador, el ministro de Gobierno y los funcionarios tienen que actuar de cara a los municipios, tratando de que podamos llegar a entendimientos, porque de otra manera estas mesas serán una pérdida de tiempo y no llevarán soluciones a los compañeros”, dijo Santillán.
La asesora del SEOM, Mariana Bassutti, dijo que el polémico intendente sampedreño hizo la ampliación de denuncia, solicitando que en la causa sea imputado como instigador Carlos Santillán y su secretario de Organización, Alberto Arias, “que no estaba en la ciudad de San Pedro el día 12 de febrero cuando se produjeron estos hechos”.
“Vamos a ver si la fiscal hace lugar o no, si imputa y si pide orden de detención. Hacerlo, sería algo absolutamente descabellado. Aunque podemos esperar cualquier cosa de la fiscal y, lamentablemente también del juez de Control”, manifestó. En tal sentido, consideró que esta estrategia política apunta a restringir a toda la comisión directiva y a los delegados a participar de marchas y asambleas “y así aniquilar la actividad sindical que tienen dentro del municipio”.
Vale recordar que esa causa, en la cual imputaron y detuvieron a un total de 14 trabajadores municipales, se inició bajo los cargos de “amenazas agravadas, daño agravado y perturbación del ejercicio de la función pública”. Las únicas pruebas que presentó el denunciante Moisés son testimoniales de personas de su riñón y de sus hijas, Graciela y Carolina. “Esas testimoniales son bastante absurdas: dicen que vieron entrar a nuestros compañeros y que luego, cuando salieron, estaba todo roto. Aportan fotos que no sabemos si son de ese lugar ni de ese día. El juez Samman, sin embargo, consideró que había elementos para hacer lugar al pedido de detención”.
La restricción
Aunque se logró la libertad de los municipales, Bassutti consideró que “lo más grave es que, además de la caución juratoria, se les impuso la restricción de no participar de reuniones multitudinarias y/o manifestaciones violentas en la ciudad de San Pedro, bajo apercibimiento de revocarles la libertad”, medida contra la que ya se presentó una apelación, ya que “es violatoria del principio de inocencia, del principio de libertad ambulatoria y de libertad sindical”.
La letrada hizo notar que esta prohibición del juez es para el secretario Adjunto, para delegados gremiales y para trabajadores que participan activamente en las luchas del SEOM. “Los trabajadores no participan en manifestaciones violentas, ya que la violencia es generada por el doctor Moisés, infiltrando gente en las marchas por ejemplo”, dijo Bassutti, por lo cual la decisión del juez contemplaría que los municipales liberados “no pueden participar de asambleas, de marchas; lisa y llanamente lo que se hizo es prohibirles el ejercicio de la libertad sindical”.
Consultada si hay antecedentes de este tipo de restricción, la abogada recordó que el único caso que se recuerde en Jujuy “es el de Carlos Santillán, en los 90, ya que se lo hicieron a él en aquella época”, cuestionando al mismo tiempo que a los luchadores sociales “se les dé un tratamiento de delincuentes, cuando solamente estamos hablando de trabajadores y miembros del sindicato que están luchando por la reivindicación de los afiliados a su gremio. Ojalá que los jueces hagan lugar al pedido de nulidad de estas restricciones, ya que el Código Procesal Penal, solamente habilita a imponerle a un imputado la prohibición de concurrir a determinados sitios, a un lugar específico, no con tanta amplitud. De lo contrario, se demostraría que hay una intención clara de impedir la acción del SEOM dentro de la ciudad de San Pedro”.