FESTRAM solicita se arbitren medidas urgentes en Municipios y Comunas

ANTE LA SITUACIÓN SANITARIA QUE ES DE PÚBLICO CONOCIMIENTO SOBRE LA EPIDEMIA DE DENGUE Y LA PANDEMIA DE COVID-19 QUE AFECTA NUESTRO PAÍS, FESTRAM SOLICITA CON CARÁCTER DE URGENCIA:

ANTE LA SITUACIÓN SANITARIA QUE ES DE PÚBLICO CONOCIMIENTO SOBRE LA EPIDEMIA DE DENGUE Y LA PANDEMIA DE COVID-19 QUE AFECTA NUESTRO PAÍS, FESTRAM SOLICITA CON CARÁCTER DE URGENCIA:

A LOS GOBIERNOS MUNICIPALES Y COMUNALES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
CON EL FIN DE PROTEGER LA INTEGRIDAD DE LOS TRABAJARES Y LAS TRABAJADORAS, ADOPTAR LAS SIGUIENTES MEDIDAS:

MEDIDAS DE CARÁCTER GENERAL
Poner en funcionamiento inmediato las Comisiones Mixtas de Salud Laboral prevista en la Ley 12.913 que rige desde el año 2008.

Formación a los trabajadores en la temática, y proveer material de difusión en el cuidado y la prevención con el fin de concientizar sobre ambas problemáticas, para minimizar el riesgo y tampoco generar reacciones desmedidas.

Mantener desinfectadas las zonas de trabajo.

Que se garantice la provisión de los elementos de higiene necesarios y suficientes para los trabajadores.

Revisión periódica a los y las trabajadoras que tengan que cumplir atención al público.

POR CORONAVIRUS
En los casos en que sea posible implementar el teletrabajo de acuerdo a las solicitudes del gobierno nacional, con la tendencia a minimizar la circulación de personas y con ello el riesgo de contagio.

Evitar aglomeraciones de gente, y brindar horarios especiales de atención a las personas de más de 60 años.

Prohibir el compartir entre compañeros infusiones como el mate o tereré.

Mantener dentro de lo posible una distancia prudencial con el resto de la gente, mínimo de 1 metro.

A los trabajadores de la salud que puedan estar en contacto con casos sospechosos o áreas potencialmente contaminadas de coronavirus proveer guantes, barbijo quirúrgico y protección para los ojos o máscara facial.

Disponer el licenciamiento laboral a todos los trabajadores y trabajadoras de más de 60 años, como también aquellos que sean diabéticos, insulino-dependientes, con EPOC, insuficiencia cardíaca, inmunodeprimidos, bajo tratamiento oncológico y embarazadas, que son denominados como grupo de riesgo. Solo el personal de Salud mayor de 60 años que no pertenezca al grupo de riesgo, podrá cumplir con sus obligaciones laborales, siguiendo el criterio del Decreto Provincial 264/20.

Licencias a empleados de Municipios y Comunas que posean hijos en edad escolar, uno por hogar, tal como se dispuso para los empleados públicos provinciales.

Cerrar los lugares de esparcimiento dependientes de la municipalidad, como los campings municipales, acorde a la recomendación del Decreto Nacional 260-2020.

POR DENGUE

Desinfección, limpieza, desmalezamiento y fumigación de todos los establecimientos municipales y comunales.

Descacharrado: Eliminar todos los elementos que puedan acumular agua.

Proveer repelentes de mosquitos para evitar las picaduras.

A LAS Y LOS TRABAJADORES MUNICIPALES Y COMUNALES:
Informamos que, tal como establece el Decreto Nacional 260-2020, es obligatorio el aislamiento por 14 días para las personas:

que revistan la condición de “casos sospechosos”: presencia de fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además tenga historial de viaje a las zonas afectadas o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19;
con confirmación médica de haber contraído COVID- 19;
contactos estrechos de los dos casos anteriores;
que arriben al país habiendo transitando por zonas afectadas en los últimos 14 días a la fecha.
Además, por el mismo Decreto, es obligación de la población reportar de forma inmediata síntomas compatibles a los del COVID-19 llamado al 0800-555-6549. El incumplimiento de las disposiciones previstas en el Decreto 260-2020 tiene consecuencias penales.

AL GOBIERNO PROVINCIAL
A los efectos de garantizar estas condiciones desde FESTRAM solicitamos una reunión con carácter de urgente, al Secretario de Integración y Fortalecimiento Institucional de la Provincia, a los fines de evaluar la situación para que estén garantizadas dichas medidas en todos los establecimientos municipales y comunales de nuestra provincia.

Fuente: FESTRAM