La Municipalidad de Bariloche ya recaudó casi 7 millones a través de la Megamoratoria

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La Megamoratoria establecida por la intendenta María Eugenia Martini sigue vigente hasta el 31 de julio, con un sistema de vencimientos escalonados y diversos beneficios, como descuentos de hasta el 65% en los intereses y planes de pago.

La Megamoratoria establecida por la intendenta María Eugenia Martini sigue vigente hasta el 31 de julio, con un sistema de vencimientos escalonados y diversos beneficios, como descuentos de hasta el 65% en los intereses y planes de pago. La Secretaría de Hacienda ya ha podido recaudar 6,7 millones de pesos a través de esta alternativa de pago de deudas municipales vencidas antes del 31 de diciembre de 2014.

Recientemente, la jefa comunal extendió el plazo para adherirse a la Megamoratoria, que permite obtener planes de pago y descuentos en los intereses, a través de un cronograma de reducción de deuda con vencimientos escalonados, que permite obtener un mayor descuento cuanto antes se realice la adhesión a la moratoria. En el primer plazo, que concluyó el 29 de mayo, se otorgaron descuentos de entre el 25 y el 70%. El próximo vencimiento es el 30 de junio, y los descuentos oscilan entre el 20 y el 65%. El último plazo de vencimiento será el 31 de julio, que permitirá descuentos en los intereses de entre el 15 y el 60%.

La Megamoratoria incluye gran parte de los tributos municipales que hayan vencido antes del 31 de diciembre de 2014. Desde el comienzo de su implementación, el Gobierno Municipal recaudó en total 6.741.295 pesos, de los cuales 4.918.115 pesos corresponden a deudas ya abonadas y 1.823.179 pesos a planes de pago comprometidos.

El régimen de moratoria establecido en la resolución 987/2015 comprende las deudas tributarias municipales derivadas de todas las tasas (Tasa por Servicios Municipales, Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene y otras), habilitaciones, derechos y contribuciones especiales. Las únicas excluidas son las deudas originadas por Licencias de Construcción, Derechos de Catastro y demás tributos inherentes a Construcciones, Ampliaciones y/o Mejoras no declaradas.

En todos los casos, la moratoria se refiere a tributos cuyo vencimiento haya operado hasta el día 31 de diciembre de 2014 inclusive, y el requisito para adherirse al régimen es que el contribuyente, respecto de la tasa o concepto que pretenda regularizar, esté al día en los pagos que hubieran vencido con posterioridad al 31 de diciembre de 2014.

Fuente: Bariloche 2000