La nueva Constitución de Chile, punto por punto: Sistema Político y electoral, Derechos, Salud, Educación e Igualdad de género 

La Convención Constitucional presentó el borrador que será sometido a plebiscito el próximo 4 de setiembre. Entierra definitivamente la Constitución de Pinochet con novedades en todas las áreas.

La Convención Constitucional presentó el borrador que será sometido a plebiscito el próximo 4 de setiembre. Entierra definitivamente la Constitución de Pinochet con novedades en todas las áreas. Elimina el Senado e incluye el derecho al aborto entre otros muchos cambios.
Por Valentina Priore y Natalia Rodríguez

Chile votará el domingo 4 de setiembre si aprueba o rechaza la nueva Constitución que comenzó a redactarse el año pasado. Este lunes, el pleno de la Convención Constitucional entregó el borrador del texto aprobado que contiene 499 artículos divididos en ocho capítulos con casi 48 mil palabras.

El documento pasó a la Comisión de Armonización que, si bien no podrá cambiar sustancialmente su contenido, revisará la redacción y eliminará las redundancias. De aprobarse con la extensión actual, Chile podría tener la Constitución más grande del mundo, superando la impulsada por Evo Morales en Bolivia, que tiene 411 artículos.

Tras 10 meses de debate, los constituyentes lograron varios acuerdos y dejaron atrás algunas de las propuestas más polémicas enviadas por los ciudadanos, como la “cárcel para el expresidente Sebastián Piñera”, la pérdida de autonomía del Banco Central y la protección de la vida desde su concepción.

La nueva Constitución elimina el Senado e incluye el derecho al aborto y la muerte digna, así como el reconocimiento a la pluralidad y del patrimonio de los pueblos indígenas que componen el territorio chileno.

A cuatro meses de plebiscito, las encuestas no le sonríen. El 46 % votaría el rechazo, según las últimas publicaciones de Cadem y Activa Research. En los sondeos, la aprobación tiene un apoyo de entre 38 % y el 27,1% mientras que los indecisos se sitúan entre el 16 % y el 27%.

El plebiscito es obligatorio. Si se aprueba, el presidente Gabriel Boric debe convocar al Congreso para que en un acto público y solemne, se promulgue y se prometa acatar la nueva Constitución. Si gana la opción de rechazo al nuevo texto, se mantiene la actual carta magna.

Cómo se gestó la nueva Constitución
En octubre de 2020, con el plebiscito nacional de Chile, la ciudadanía aprobó iniciar un proceso constituyente de cara a la elaboración de una nueva constitución. El texto que rige actualmente es de 1980, creado por el régimen de Augusto Pinochet (1973-1990).

Se llegó a esa instancia luego de las protestas sociales de 2019, cuando durante 28 días hubo masivas movilizaciones reclamando más igualdad y terminar con un “sistema de abusos».

En mayo de 2021 se realizaron las elecciones de los 155 convencionales encargados de realizar la redacción de la nueva Constitución, y tuvieron su primera sesión el 4 de julio en la ex sede del Congreso Nacional.

Desde fines del 2021 y hasta febrero de 2022, la Convención Constitucional tuvo abierto el plazo para recibir iniciativas de la ciudadanía que debían alcanzar las 15 mil firmas para ser debatidas por los constituyentes. De unas 2500 recibidas, fueron 78 las propuestas que superaron el objetivo para ser analizadas con las comisiones temáticas de la Convención.

Derechos fundamentales 
Los Derechos Fundamentales son aquellos inherentes a la persona humana, y se consideran esenciales “para la vida digna de las personas y los pueblos, la democracia, la paz y el equilibrio de la Naturaleza”.

Este capítulo reúne artículos sobre libertad de expresión, seguridad individual, libertad personal ambulatoria, derechos sexuales y reproductivos, derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, libertad de asociación, vivienda, salud, cuidados y derecho de los trabajadores.

Los artículos vinculados a los derechos sexuales y reproductivos establecen, entre otros puntos, que el Estado debe garantizar a las mujeres y personas con capacidad de gestar “las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos”.

Hay un artículo destinado a la educación sexual integral, que incluye el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones de género y la erradicación de estereotipos.

Sistema Nacional de Salud
La normativa vinculada a la salud implica la creación de un Sistema Nacional de Salud, que integre “a la red de prestadores públicos, a los hospitales y centros médicos vigentes de las Fuerzas Armadas y de Orden», mediante proyecto de ley presentado por el presidente en un plazo de dos años luego de que la nueva Constitución entre en vigencia.

En materia de cuidados, la propuesta de la nueva constitución incluye la creación de un Sistema Nacional de Cuidados, con “carácter estatal, paritario, solidario, universal, con pertinencia cultural y perspectiva de género e interseccionalidad”, que “prestará especial atención a lactantes, niños, niñas y adolescentes, personas mayores, personas en situación de discapacidad, personas en situación de dependencia y personas con enfermedades graves o terminales”.

Educación Pública
El nuevo texto de la Carta Magna propone que la educación sea de acceso universal en todos sus niveles y obligatoria desde el nivel básico hasta la educación media. El Sistema de Educación Pública será de carácter laico, gratuito y financiado por el Estado de forma permanente y directa, para que cumpla plena y equitativamente con los fines y principios de la educación.

El Estado debe “respetar la libertad de prensa”, “promover el pluralismo de los medios” e impedir “la concentración de la propiedad” de los medios de comunicación e información, según se detalla en el apartado Sistemas de Conocimiento.

Este capítulo regula, además, los derechos referidos al patrimonio indígena y el Pueblo Tribal Afrodescendiente, entre ellos, “obtener la repatriación de objetos de cultura y de restos humanos” así como la necesidad de “preservar la memoria” de los pueblos originarios.

Por último, este capítulo contiene el “derecho a la muerte digna” que, aunque no habla directamente de eutanasia ni de muerte asistida, asegura “el derecho a las personas a tomar decisiones libres e informadas sobre sus cuidados y tratamientos al final de su vida”.

Sistema Político sin Senado
La conformación política de Chile protagonizó debates importantes a nivel nacional y dividió a la Sala, obligando a los constituyentes a tener que negociar hasta llegar a un modelo que logró la aprobación de los dos tercios necesarios en el pleno.

Tras meses de discusión, el borrador de la nueva Constitución establece un régimen presidencial, con un legislativo bicameral asimétrico.

Por un lado, el Congreso de Diputadas y Diputados se mantendría con 155 miembros electos, “atendiendo el criterio de proporcionalidad”. Sin embargo, el Senado actual sería eliminado y remplazado por un órgano con menos atribuciones, al que denominaron Cámara de las Regiones.

Los integrantes de esta Cámara serán electos por región, al igual que los diputados, pero el número de integrantes “deberá ser el mismo para cada una y en ningún caso inferior a tres, asegurando que la integración final del órgano respete el principio de paridad”.

En cuanto al jefe del Ejecutivo, el texto establece que “para ser elegida Presidenta o Presidente de la República se requiere tener nacionalidad chilena, ser ciudadana o ciudadano con derecho a sufragio y haber cumplido treinta años de edad”, disminuyendo cinco años los requisitos actuales.

Asimismo, permite la reelección presidencial inmediata, aunque no podrá ser aplicable al mandatario actual.

Corte Constitucional de 11 miembros
En cuando al poder Judicial, el principal cambio es el remplazo del Tribunal Constitucional (TC) por una Corte Constitucional. El nuevo organismo cuenta con funciones similares, pero se compone de 11 magistrados, sumando un miembro más que el TC actual para evitar empates.

Otro cambio importante es la obligatoriedad en las elecciones para los mayores de 18 años, mientras que “el sufragio será facultativo para las personas de dieciséis y diecisiete años de edad”.

Para las instancias electorales, se “creará un sistema electoral conforme a los principios de igualdad sustantiva”que “promoverá la paridad en las candidaturas”. Además, las listas electorales deberán ser encabezadas siempre por una mujer.

Paridad de género
De aprobarse la nueva Carta Magna, Chile tendrá por primera vez una democracia paritaria establecida desde la Constitución, bajo la premisa de que la paridad “sea un piso y no un techo”, como plantearon varios convencionales.

De esta forma, el Poder Ejecutivo, Legislativo y de Justicia, la Administración del Estado, las empresas públicas y los órganos autónomos deberán contar con al menos un 50% de sus miembros mujeres y deberán incorporar el enfoque de género en sus funciones.

En materia de seguridad, dos articulados tratan puntos que marcaron los primeros días del presidente Gabriel Boric, que enfrenta una serie de ataques por parte de grupos mapuches, además de sucesivas protestas de transportistas que reclaman por la falta de seguridad en las rutas del país.

Políticas de seguridad
Las iniciativas del gobierno sobre el estado de emergencia generaron roces en la interna oficialista que reclama avanzar en la refundación de Carabineros, la ley de inteligencia, el control de armas y la ley de lavado de activos.

El artículo 19 del capítulo “Sistema Político” de la nueva Carta Magna indica que las policías “son instituciones policiales, no militares”, lo que llevaría a una reforma del cuerpo de Carabineros.

En la misma línea, dentro del las categorías de los Estados de Excepción constitucional se elimina el Estado de Emergencia, relacionado con la perturbación al orden interno y que fue utilizado durante el estallido social en 2019 y en la macrozona sur.

De esta forma, se mantienen el Estado de Asamblea para conflicto armado externo, de Sitio para conflicto armado interno, y el Estado de Catástrofe. “Una vez declarado el estado de excepción, se constituirá una Comisión de Fiscalización dependiente del Congreso de Diputadas y Diputados, de composición paritaria y plurinacional” que deberá “fiscalizar las medidas adoptadas bajo el estado de excepción”, y, en particular, “la observancia de los derechos humanos”.

Estado plurinacional
Por último, la Convención Constitucional aprobó un artículo que define al país como un «Estado Plurinacional e Intercultural» y, de esta forma, pasa a reconocer «la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado».

En total, el borrador reconoce como pueblos y naciones indígenas preexistentes a “los Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan y Selk’nam” dejando margen para otros que puedan “ser reconocidos en la forma que establezca la ley”.

Además, establece que “el Estado debe garantizarla efectiva participación de los pueblos indígenas en el ejercicio y distribución del poder, incorporando su representación en la estructura del Estado”.

Medio Ambiente
En su primer artículo, el capítulo sobre Medio Ambiente reconoce la “crisis climática y ecológica” mundial y responsabiliza al Estado de adoptar “acciones de prevención, adaptación, y mitigación de los riesgos”, en relación con el cambio climático.

Con más de 6.435 km de Costa, la nueva constitución establece que “Chile es un país oceánico”, declara como bienes “inapropiables” el agua, el mar territorial, las playas y el aire. Responsabiliza al Estado de su protección y de administrar el agua de forma democrática, garantizando el acceso, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas. Para esto, establece la creación de la estatal Agencia Nacional de Aguas.

Los movimientos animalistas, que promocionaron campañas para contemplar los derechos de los animales en la constitución, lograron incluir un articulado que califica a estos como “sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato”.

Por último, en relación con la actividad minera, “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales (…) sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situadas”.

“La exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación”, aunque el texto no prohíbe las concesiones a empresas privadas, dejando afuera las iniciativas que pedían la nacionalización de la minería. Además, quedarán excluidos de toda actividad minera los glaciares y las áreas protegidas.

Autonomías regionales
Los artículos sobre Forma de Estado están vinculados al la territorialización de estado y la autonomía regional.

La nueva Carta Magna propone que Chile sea un Estado Regional, Plurinacional e Intercultural «conformado por entidades territoriales autónomas”, política, administrativa y financieramente. Este artículo tiene como objetivo dejar atrás la actual forma jurídica chilena de un “Estado Unitario”.

De esta manera, el Estado estará organizado territorialmente en regiones autónomas que dispondrán de personalidad jurídica y patrimonio propio. Además, contarán con las competencias para gobernarse “en atención al interés general de la República, de acuerdo a la Constitución y la ley, teniendo como límites los derechos humanos y de la Naturaleza”.

Estas entidades tendrán “autonomía para el desarrollo de los intereses regionales, la gestión de sus recursos económicos y el ejercicio de las atribuciones legislativa, reglamentaria, ejecutiva y fiscalizadora”.

La elección de representantes a los cargos de las entidades territoriales será por votación popular, asegurando, entre otros requisitos, la paridad de género, y la representatividad territorial.

Los artículos más discutidos
Uno de los artículos que estuvieron más debatidos es el del “Maritorio” (darle al mar el mismo estatus que al terrritorio), que finalmente establece las garantías para la preservación, conservación y restauración ecológica de los espacios y ecosistemas marinos y marino costeros.

La normativa acerca de forma del estado también hace referencia a los tributos y la descentralización fiscal. “La Ley de Presupuestos de la Nación deberá propender a que, progresivamente, una parte significativa del gasto público sea ejecutado a través de los gobiernos subnacionales, en función de las responsabilidades propias que debe asumir cada nivel de gobierno”, dice el texto.

El documento con la propuesta constitucional incluye “mecanismos de modernización” de los procesos y organización del Estado. En su articulado establece que se tomarán las medidas necesarias para prevenir la violencia y superar las desigualdades que afrontan mujeres y niñas rurales. Además, reconoce la ruralidad como una expresión territorial.

*De la Agencia Regional de Noticias, especial para Página/12.

Fuente: Página 12