Madryn adhirió al código ético mundial para el turismo
12/03/2014 El País , MUNICIPIOSEl Código Ético Mundial para el Turismo (CEMT) es un conjunto de principios dictados por la Organización Mundial del Turismo (OMT), cuyo propósito es orientar a los agentes interesados en el desarrollo del turismo, entre ellos los gobiernos centrales y locales, las comunidades autóctonas, el sector turístico y sus profesionales y los visitantes, tanto internacionales como nacionales.
El mismo crea un marco de referencia para el desarrollo responsable y sostenible del turismo mundial.
A partir de la sanción de la Ordenanza Nº 8684, el Concejo Deliberante de Puerto Madryn adhirió al “Código Ético Mundial para el Turismo” en la última sesión realizada en la ciudad.
Visión local
Entre los considerando de la ordenanza municipal, los ediles marcaron que es imperioso hablar de la necesaria transición de la “Industria turística” a un “Modelo sostenible de turismo”. Según los ediles, el turismo es una industria más pero que actualmente produce muchos impactos negativos en el medio ambiente y en las comunidades locales; “que por eso es necesario pensar una nueva forma de convocar al turista, con una nueva forma de viajar; Que un turismo así pensado ayudará a acabar con los viejos paradigmas del turista irresponsable; con turistas que respetan el medio ambiente, que acercan a los pueblos y les hace comprenderse mejor entre sí y a ellos mismos y Que algunas empresas de nuestra ciudad, analizando críticamente estos nuevos cambios, están intentando cambiar las viejas prácticas por otras más responsables, alentando el cambio real y positivo en acciones reales a favor del medio ambiente (Greenwashing)”.
Los artículos sancionados en la ordenanza implican, además de la adhesión, que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Puerto Madryn, será la autoridad de aplicación, e implementará las medidas destinadas a difundir, publicitar y promover el “Código Ético Mundial para el Turismo” (CEMT), De la misma forma, dicha Secretaría deberá invitar a las personas físicas o jurídicas que desarrollen sus actividades en la industria turística local, para que se adhieran a los principios del “Código Ético Mundial para el Turismo” (CEMT) y a la vez, desde la misma se informará a través de los distintos medios de comunicación y publicidad, las políticas éticas concordantes con las normas del “Código Ético Mundial para el Turismo” (CEMT).
Los 10 Principios del Código Ético
Artículo 1: Contribución del turismo al entendimiento y al respeto mutuo entre hombres y sociedades.
Artículo 2: El turismo, instrumento de desarrollo personal y colectivo.
Artículo 3: El turismo, factor de desarrollo sostenible.
Artículo 4: El turismo, factor de aprovechamiento y enriquecimiento del patrimonio cultural de la humanidad.
Artículo 5: El turismo, actividad beneficiosa para los países y las comunidades de destino.
Artículo 6: Obligaciones de los agentes del desarrollo turístico.
Artículo 7: Derecho al turismo.
Artículo 8: Libertad de desplazamientos turísticos.
Artículo 9: Derechos de los trabajadores y de los empresarios del sector turístico.
Artículo 10: Aplicación de los principios del Código Ético Mundial para el Turismo.