Mar del Plata: Presentan proyecto para autorizar trailers para la venta de choripanes

La protesta de los "choripaneros" frente a la comuna. Se presentó un proyecto de ordenanza que permitiría la instalación de trailers para esta actividad.

La protesta de los «choripaneros» frente a la comuna. Se presentó un proyecto de ordenanza que permitiría la instalación de trailers para esta actividad.

Ingresó al Concejo Deliberante un proyecto de un concejal arroyista para permitir la instalación de trailers para la venta de choripanes en distintos puntos de la ciudad.

 

Tras la protesta de los choripaneros frente a la comuna, durante la campaña electoral, y la promesa del ahora intendente Carlos Arroyo de brindarles una solución al reclamo -pedían autorización para instalar 150 puestos de venta de choripanes en distintos puntos de la ciudad-, ingresó al Concejo Deliberante un proyecto para reglamentar la actividad. El concejal arroyista Javier Alconada observó que «un sector de la población del Partido de General Pueyrredon reclama una normativa que regule su actividad, a los fines de poder ejercer dicho comercio dentro de un marco legal» y reconoce que «los legisladores debemos legislar conforme las necesidades y las nuevas realidades sociales de los ciudadanos que nos han honrado con su voto, velando además por los intereses y derechos de toda la comunidad».

El concejal señala que «de esta manera se generarían nuevas fuentes de trabajo legítimas, enalteciendo a quienes las ejercen», y en el artículo primero de su iniciativa señala textualmente: «Regúlese por medio de la presente ordenanza la comercialización de productos en base a carne vacuna y/o porcina en puestos de venta en la vía pública, previa autorización por parte de la Dirección de Inspección General y Bromatología, cumpliendo además los recaudos exigidos en la presente y en la medida que no afecte derechos de los vecinos del sector».

También advierte que «los productos a comercializarse podrán ser vendidos con o sin pan, con o sin verduras y con o sin aderezos, debiendo su cocción realizarse mediante una parrilla eléctrica o una cocina anafe o sistema de hornalla/s con suministro de gas en garrafa; todos con su correspondiente chimenea y extractor de humo. Queda totalmente prohibida la cocción de los alimentos en una parrilla de combustión a carbón y/o leña».

Algunas características

En cuanto a los «puestos», deben tener, según el edil, las siguientes características:

a)Un tráiler de un (1) eje como mínimo;

b)La unidad debe estar construida en su totalidad por material inalterable, resistente a la corrosión, inoxidable (acero inoxidable, aluminio, galvanizado, teflón), manteniéndose en condiciones de higiene y apto para el contacto con alimentos;

c)Un tanque de almacenamiento de agua potable con salida caliente y fría;

d)Un tanque de almacenamiento de líquido de desagüe para piletas en la parte inferior;

e)Dos piletas con desagües, una afectada al uso comercial y otra para la higiene personal del o los puestero/s;

f)Todos los utensilios y enseres deberán ser descartables o de material apto para la manipulación de alimentos;

g)Un receptáculo con refrigeración apta para almacenamiento de alimentos perecederos (freezer);

h)Un generador de energía eléctrica que posea la potencia suficiente para solventar la demanda de los artefactos conectados (heladera, freezer, luminarias, etc.) o conexión eléctrica a la red conforme las condiciones que establezca EDEA;

i)Dos receptáculos para almacenamientos de residuos con tapa y bolsa desechable, uno para residuos orgánicos y otro para los inorgánicos;

j)Un receptáculo para el almacenamiento de pan;

k)Una parrilla según las características mencionadas en el artículo precedente, con su correspondiente chimenea y extractor de humo que impida el acumulamiento de monóxido de carbono, humo u olores;

l)Un extinguidor de incendios que cumpla con la normativa correspondiente;

m)Un baño químico para uso exclusivo del personal afectado al puesto.

En cuanto a los requisitos de los solicitantes, deben tener domicilio en el partido de General Pueyrredon con una antigüedad mínima de un (1) año; ser mayor de 18 años de edad; estar inscripto en AFIP y ARBA, abonar la tasa de seguridad e higiene y cumplir con las exigencias reglamentarias que disponga el Ejecutivo Municipal y tener aprobado el curso de «Manipulador de Alimentos».

Fuente: La Capital, Mar del Plata