Ocho comunas buscan convertirse en ciudades en la provincia de Santa Fe

Cuatro localidades pueden lograr este año media sanción de la Cámara de Senadores para que una ley las convierta de comunas en municipalidades. Se trata de Pueblo Andino, en el departamento Iriondo; San José de la Esquina y Arequito, en Caseros; y Helvecia en Garay.

La mitad de las iniciativas ya logró media sanción del Senado y pasó a Diputados; otra cantidad igual de expedientes está en vías de lograr la aprobación de la Cámara alta. Pero en la baja, por ahora, no hay consenso.

Cuatro localidades del sur y de la zona de la Costa santafesina pueden lograr, este año, media sanción de la Cámara de Senadores para que una ley las convierta de comunas en municipalidades. Se trata de Pueblo Andino, en el departamento Iriondo; San José de la Esquina y Arequito, en Caseros; y Helvecia en Garay.

Los proyectos se encuentran en las comisiones de la Cámara alta y de avanzar y recibir la aprobación de la mayoría de los representantes de los 19 departamentos pasarán para su consideración en Diputados. Esa es la aspiración inmediata de los senadores que han presentado esos proyectos pero también la principal dificultad a superar: tanto el radical Hugo Rasetto (Unión Santafesina-Iriondo), como los justicialistas de Lealtad Eduardo Rosconi (PJ-Caseros) y Ricardo Kaufmann (PJ-Garay) saben que en el otro cuerpo deliberativo de la Legislatura no han avanzado otros cuatro proyectos de ley que buscaban lo mismo con las comunas de Villa Minetti (9 de Julio), Gobernador Crespo (San Justo), y con Teodelina y Elortondo (General López). En el caso de las dos últimas tienen su suerte atada a la otra, porque curiosamente forman parte de un mismo expediente.

El veredicto del Indec
En el Senado ha existido un criterio político más que estadístico para hacer de pueblos ciudades, y convertir a comunas en municipalidades, de acuerdo con interpretaciones sobre la realidad de cada población y su desarrollo, sin prestar atención a lo que manda la Constitución de la Provincia de Santa Fe que -hace medio siglo- fijó una condición demográfica para que una urbanización sea o no municipalidad. Su artículo 106 dice: «Todo núcleo de población que constituya una comunidad con vida propia gobierna por sí mismo sus intereses locales con arreglo a las disposiciones de esta Constitución y de las leyes que se sancionen. Las poblaciones que tengan más de diez mil habitantes se organizan como municipios por ley que la Legislatura dicte en cada caso, y las que no reúnan tal condición como comunas. La ley fija la jurisdicción territorial de municipios y comunas y resuelve los casos de fusión o segregación que se susciten».

En los largos años entre uno y otro censo en el país, hubo en el Senado el espacio necesario para suponer que otras fuentes informativas podrían ser válidas y así se ha procedido incluso con un criterio cualitativo en lugar del cuantitativo que manda el texto constitucional. Pero este año hubo un Censo y las matemáticas marcan un límite para el debate.

Está claro que no es necesario que -en todos los casos- se espere a que se divulguen los resultados oficiales para la población que reside en cada localidad del país por parte del Instituto Nacional de Estadística y Censos y que se podrá avanzar con medias sanciones del Senado, para aquellos casos en los que se considere que se superarán con comodidad los 10.000 censados, pero seguramente en Diputados esa no será la interpretación mayoritaria.

Hasta aquí la Cámara baja ha sido renuente a tratar más proyectos de ley y en ese paquete han quedado las aspiraciones del senador Joaquín Gramajo (PJ-Nes-9 de Julio) para que Villa Minetti sea un municipio, de su par radical Rodrigo Borla (UCR-San Justo) para que lo mismo suceda con Gobernador Crespo, así como con el jefe del bloque radical Lisandro Enrico (UCR-General López) para con Teodelina y Elortondo que, para evitar avivar una suerte de competencia entre ambas localidades, logró la excepción de que ambos proyectos avancen en el mismo expediente, es decir, para que eventualmente se sancione para el par una ley.

Las cuatro medias sanciones se acordaron por unanimidad a fines de noviembre de 2021 en las últimas sesiones ordinarias, antes de que la Legislatura solo pueda tratar en extraordinarias, de cada diciembre al primero de mayo del año siguiente, los asuntos habilitados por el Poder Ejecutivo.

Ayuda memoria
Los cuatro expedientes que esperan ser tratados en el Senado son los de Pueblo Andino (número 45925 USL); San José de la Esquina (44609 JLL); Helvecia (46135 JLL); y Arequito (44802 JLL).
En Diputados, en cambio con media sanción del Senado, se encuentran los siguientes: Villa Minetti (44844 JL); Gobernador Crespo (44207 UCRL); y Teodelina y Elortondo (43571).

Fuente: El Litoral