Rechazan demanda judicial por la autonomía municipal en Rosario

 

Por Claudio González / La Capital (cgonzalez@lacapital.com.ar)

La Justicia rechazó ayer el planteo de inconstitucionalidad de la ley orgánica de municipalidades presentado el viernes pasado por el rector de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), Darío Maiorana, quien vio frustrada la posibilidad de reavivar el debate en torno a la autonomía. «Si un ciudadano está en desacuerdo con la actuación de los representantes políticos, periódicamente tiene la oportunidad de cambiarlos a través de su voto. Son las reglas de la democracia, que si bien es un sistema que dista de ser perfecto, por ahora es el mejor que hay», argumentó el magistrado en su resolución.

A su turno, Maiorana se sorprendió de que el fallo haya llegado primero a la prensa y no a él, que es el recurrente. «Me siento afortunado de que un juez de la provincia haya resuelto la demanda en 24 horas. Está claro que tiene un doble estándar y en la resolución hay una evidente intencionalidad política», agregó.

Maiorana había llevado a Tribunales un recurso denominado de clase mere declarativa para exigir que se haga lugar a su derecho como ciudadano común a vivir en una ciudad descentralizada del gobierno provincial. Y pidió que se declare la inconstitucionalidad de la ley Nº 2.756.

El juez Civil y Comercia Marcelo Bergia se tomó apenas dos días hábiles para estudiar la presentación y ayer, sobre el cierre del horario judicial, descartó de plano el reclamo con argumentos que rebatieron la pretensión de Maiorana.

Según Bergia, la mora en el tratamiento de una ley que otorgue independencia a los municipios es una discusión que no corresponde hacer frente a la Justicia.

«La omisión de quienes ejercieron y ejercen el poder político a nivel provincial de modificar o dictar una nueva ley organizada de municipalidades, y la omisión de quienes ejercen el poder político en la Municipalidad de Rosario de reclamarlo con la suficiente energía, se encuentra en el marco de una decisión política y, como tal, es en principio insusceptible de ser revisada judicialmente», refirió.

El juez agregó que «la única excepción admisible a esa afirmación es el supuesto de que la decisión política vulnere derechos constitucionalmente protegidos, y éste no es el caso».

Maiorana, en su presentación, había argumentado su llegada a la Justicia: «La inacción u omisión de los gobiernos de Santa Fe durante 20 años me ha negado sistemáticamente el derecho de pertenecer a una ciudad autónoma descentralizada, colocándome a mí y a la población en un estado de discriminación».

Pero el juez sostuvo que la demanda es «improponible» y que, a pesar de la intención del rector de la UNR, la Municipalidad «tiene capacidad de actuar en forma autónoma».

Bergia citó a la Corte Suprema de la Nación, que «lo reconoció cuando convalidó lo actuado en el caso Rivademar 1 (empleada municipal nombrada en la dictadura y cesanteada por el gobierno democrático), fundado en que la actuación de la Intendencia en esa oportunidad era legítima por ser una consecuencia de su autonomía».

Sugirió, además, que Maiorana «tal vez no esté de acuerdo con el alcance de la ley, pero no expresó por qué y qué perjuicio le causa». Y concluyó que, por eso, «no se pude ingresar en el análisis de constitucionalidad genérico».

Fuente: La Capital de Rosario